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César Litvin: "Los contribuyentes necesitan un respirador para enfrentar los gastos que no pueden dejar de pagar"

César Litvin, CEO de Lisicki, Litvin & Asociados se refirió a la decisión del Gobierno de postergar la presentación de declaraciones juradas
13/05/2020 - 11:12hs
César Litvin: "Los contribuyentes necesitan un respirador para enfrentar los gastos que no pueden dejar de pagar"

César Litvin, CEO de Lisicki, Litvin & Asociados se refirió a la decisión del Gobierno de postergar por dos semanas la presentación de declaraciones juradas anuales del Impuesto a las Ganancias de las empresas.

"Esta semana empezaban a vencer las declaraciones juradas de impuesto a las ganancias de las empresas que tienen cierre de ejercicio en diciembre", reveló Litvin y explicó: "Ante esta situación de coyuntura y los problemas financieros de las empresas se estaban pidiendo prórrogas por dos motivos, en primer lugar por el tema económico, hacer frente al saldo de una declaración jurada anual que es importante. Y en segundo lugar porque tanto en las administraciones de las empresas como de los estudios contables el trabajo remoto dificultaba llegar a terminar con precisión la determinación del impuesto y el balance".

Ante esta situación, el tributarista argumentó que "lo que ha salido el día de hoy a través de una resolución de la AFIP es que postergan por 15 días el vencimiento de las declaraciones juradas de todas las empresas que cierran ejercicio el 22 de diciembre de cada año y permiten pagar en un sistema de un pago a cuenta de 25% y tres pagos".

Litvin consideró que "quizás esta resolución es buena porque posterga dos semanas más pero no sé si cumple todas las expectativas de las empresas".

Sobre el porqué no logró cumplir con el deseo empresarial, el experto relató las diferencias con lo ocurrido en otros países durante la pandemia: "A diferencia de lo que pasó en muchos países donde hubo una postergación de vencimientos de 90 días para sacarle presión a los contribuyentes para que puedan asumir esta situación de cuarentena y negocios cerrados, algunas empresas no pueden hacer frente a toda la rutina de vencimientos impositivos que se van dando todos los meses".

"Lo que están necesitando los contribuyentes es un respirador que les permita hacer frente a los gastos fijos que no se pueden dejar de pagar y del lado de los impuestos mayores facilidades para poder hacer frente a toda la rutina normal que tienen los contribuyentes con una carga fiscal de 165 impuestos vigentes", concluyó con una clara metáfora el tributarista.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió los plazos para que las empresas presenten y paguen las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias y el Impuesto al Valor Agregado.

Con el objetivo de amortiguar el impacto económico del aislamiento social preventivo y obligatorio, el organismo mejoró las condiciones de sus planes de facilidades de pago permanentes. Las medidas implementadas a través de la Resolución General 4714 ofrecen alivio financiero para las micro, pequeñas, medianas y grandes empresas afectadas por la pandemia del coronavirus.

Vencimientos

Para facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, la AFIP extendió dos semanas el plazo para la presentación de las declaraciones juradas e ingreso del saldo resultante del Impuesto a las Ganancias para las personas jurídicas que cerraron sus ejercicios en diciembre. El vencimiento que estaba previsto para los días 13, 14 y 15 de mayo se traslada a los días 26 y 27 de mayo.

Por su parte, la presentación de ladeclaración jurada y el pago del IVA correspondiente al período fiscal abril 2020 se concentró en los días 20, 21 y 22 de mayo.

Asimismo, el organismo prorrogó un mes la presentación de los estados contables de aquellas empresas que cerraron sus ejercicios en noviembre de 2019. Así, el vencimiento previsto para el 29 de mayo se trasladó hasta el 30 de junio.

Prórroga en Ganancias: claves de la medida
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Mejoras en los planes de facilidades de pago

La normativa publicada hoy en el Boletín Oficial duplicó la cantidad de planes de facilidades de pago permanentes disponibles para aliviar la situación de ahogo financiero de las empresas medianas y grandes.

La decisión eleva de 3 a 6 la cantidad de planes que pueden presentar estos contribuyentes. El plan de facilidades de pago permanente contempla la posibilidad de financiar obligaciones de la seguridad social, IVA e impuestos internos.

Asimismo, la AFIP habilitó para todas las empresas la posibilidad de regularizar en tres cuotas las obligaciones del Impuesto a las Ganancias. Hasta fin de junio, el organismo no considerará la categoría el Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) de cada empresa al momento de solicitar un plan.

Con esa decisión excepcional, la AFIP garantiza que todas las firmas que lo soliciten puedan regularizar sus obligaciones por el Impuesto a las Ganancias en hasta tres pagos sin verse condicionadas por su perfil de riesgo.

Beneficios para las Pymes

Para aliviar la situación de tensión que enfrenta el entramado de las pequeñas y medianas empresas, la AFIP estableció que podrán incluir el IVA diferido en sus planes de facilidades de pago permanentes. La normativa vigente permite a las pymes diferir 60 días el pago del IVA.

Y, hasta ahora, el incumplimiento del pago en ese plazo implicaba la caída automática de cualquier plan de facilidades de pago permanentes que tuviera vigente. Con la decisión de la AFIP, las empresas que no logren hacer frente al pago del IVA diferido podrán ingresar esa deuda en un nuevo plan. Las pymes cuentan con la posibilidad de ingresar hasta 10 planes permanentes de facilidades.

Beneficios para pymes: la AFIP da las claves
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La norma por dentro

La AFIP ya estableció las nuevas fechas de vencimiento de la declaración jurada anual del Impuesto a las Ganancias para personas jurídicas con cierre de ejercicio en diciembre de 2019. El nuevo vencimiento será el 26 y 27 de mayo, según la terminación del número de CUIT.

Puntualmente, el nuevo cronograma es el siguiente:

  • Terminación de CUIT 0-1-2-3-4: martes 26/5.
  • Terminación de CUIT 5-6-7-8-9: miércoles 27/5

La resolución general 4.714 que se publicó este miércoles en el Boletín Oficial, también prorroga la presentación y pago del IVA correspondiente a abril (comenzará a vencer el 20 de mayo). A continuación el texto completo de la norma que se oficializó este miércoles:

A su vez, la AFIP implementará una extensión de los planes permanentes de facilidades de pago para las medianas y grandes empresas. Pasarán a disponer de hasta seis.

A través de la flamante reglamentación, también se suprime el Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) para el plan del Impuesto a las Ganancias, con el objetivo de que todas las personas jurídicas puedan acceder a las tres cuotas que normalmente tienen las empresas con bajo riesgo fiscal. 

También se podrá incluir el IVA diferido en los planes permanentes.

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