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Súper Moratoria: cómo es la medida de salvataje para empresas en situación crítica incluida en el plan

Una medida insólita del proyecto de nueva moratoria del Gobierno es que se le dará una última oportunidad a las firmas declaradas en quiebra
IMPUESTOS - 08 de Julio, 2020

En medio de la crisis por la pandemia, el Gobierno decidió que la AFIP les dará a los declarados en quiebra una última oportunidad de mantener la continuidad de la empresa, con el acuerdo para meter las deudas impositivas en la moratoria a 10 años y con quita de intereses y sanciones.

En todas las moratorias y blanqueos se excluyó siempre a los declarados en quiebra, pero en este proyecto se hace una salvedad en caso de que se pueda salvar la continuidad de la empresa mediante el avenimiento de los acreedores, al que tiene que sumarse la AFIP, explicó Ezequiel Passarelli, de SCI Consultoría Integral Tributaria.

El Avenimiento es uno de los modos de conclusión de la quiebra y el único modo posible de salvataje de la empresa. Consiste en un acuerdo celebrado entre el deudor y todos sus acreedores.

El acuerdo se celebra con todos los acreedores verificados y declarados admisibles, con el objetivo de saldar las deudas y superar el estado de quiebra.

Lo que se está haciendo es permitir que los quebrados lleguen a este acuerdo, en el cual también tiene que participar la AFIP, enfatizó Passarelli.

"El proyecto exige razonablemente que el fallido llegue a este acuerdo con sus acreedores dentro de los 90 días corridos de haber entrado en la moratoria, plazo que la AFIP podría prorrogar", puntualizó Passarelli.

Caso contrario, es decir, si no llega a este arreglo, se caería la moratoria y sus beneficios, consideró Passarelli.

 
Se va a permitir que los quebrados lleguen a este acuerdo, en el cual también tiene que participar la AFIP

Súper Moratoria 2020: qué opinan expertos

Para Marcelo D. Rodríguez, de MR Consultores, "es una medida que viene en sintonía con la situación general de la economía. Apunta a darle una chance a las empresas que están a punto de desaparecer para regularizar sus deudas fiscales generadas antes y durante la pandemia", indicó.

"Naturalmente esta decisión debe ir acompañada de la aplicación de medidas que reactiven la economía y permitan a las empresas generar recursos genuinos para volver a operar normalmente", opinó Rodríguez.

Silvia Villarino, de PwC Argentina, consideró que "el actual contexto económico es crítico, agravado por la emergencia de Covid19, por lo que se justifica una moratoria mas inclusiva, desde los contibuyentes que pueden acceder hasta las deudas que pueden regularizarse".

"Respecto del caso particular de la inclusión de los fallidos, normalmente las autoridades fiscales además de ser acreedores privilegiados no pueden concederle quitas, entonces para ellos la posibilidad de adherirse a la moratoria representa un alivio financiero significativo que en algún caso podría incluso hacer revertir su situación favorablemente", manifestó Villarino.

César Litvin, del estudio Lisicki, Litvin & Asoc, dijo que "el que entra en una quiebra irreversible se vuelve incobrable. De esta manera se da una oportunidad a la empresa de continuar y a la AFIP de recuperar su crédito".

La AFIP ya había previsto un plan para fallidos que obligaba a adherir al régimen por la totalidad de las deudas que mantengan con el organismo, no permitiendo solicitar regularizar deuda en forma parcial, precisó Gustavo Policella, del estudio del mismo nombre.

"No sería justo que esos sujetos queden excluidos de regularizar sus deudas en mayores plazos, siempre y cuando tengan la intención de continuar con la explotación, máxime en estos momentos donde existe un mayor número de sujetos que pueden estar en situaciones de ese tipo debido a la pandemia", consideró Policella.

También Raúl Sanguinetti, del estudio Baker Tilly Argentina, aseveró que "todo lo que ayude a los contribuyentes a mejorar o aliviar la situación financiera de corto plazo es una buena medida".

"Sin entrar en cuestiones jurídicas que tienen que ver con la cuestión concursal, lo que veo que a priori los fallidos están excluidos, pero bajo ciertas condiciones pueden acogerse", precisó Gabriel Gambacorta, del estudio del mismo nombre.

"Si eso ayuda a la posibilidad de pago, tanto al fisco como al resto de la masa de acreedores, y por otro lado no se beneficiara a sujetos que han cometido fraude, lo veo positivo", afirmó Gambacorta, y agregó: "no creo que sea la primera vez que eso ocurre, y es una forma de que paguen".

Expertos señalan que el actual contexto económico es crítico, por lo que se justifica una moratoria mas inclusiva

Gambacorta consideró, además, que siempre hay en las quiebras un juez y una Sindicatura, que teóricamente velan por la legalidad de todo lo que se hace.

"Además hay que ponerlo en el contexto de excepcionalidad en el que estamos por la pandemia y la cuarentena, donde seguramente se multiplicaron los casos de gente que concursó o fue a la quiebra", concluyó Gambacorta.

También Javier Sabin, de Ernst & Young, opinó que "la pandemia está dejando a muchas empresas en el camino y uno de los principales acreedores es la AFIP. Por ese motivo, se incluyó a los fallidos que puedan salvarse en la moratoria, al contrario de lo que se hizo en medidas similares".

Andrés Edelstein, ex secretario de Ingresos Públicos, comentó que en su opinión la medida "es para darle a la moratoria la mayor amplitud posible, tanto en cuanto a la fecha de corte, que el Poder Ejecutivo podrá extender, como respecto al universo de contribuyentes que puede ingresar a la moratoria, todo ello a la luz del contexto".

Sin embargo, Gabriel Hermida, socio de Impuestos de Auren, consideró que la moratoria debería ser más amplia y "dejar que entre todo el mundo", en lugar de excluir a los fallidos que no sean aceptados por el juez y la AFIP, así como a los condenados por delitos tributarios y aduaneros, o por delitos dolosos en cuestiones aduaneros, o por ser personas jurídicas cuyos directores tienen ese tipo de condenas.

Hermida también denostó que el proyecto de moratoria no haya incluido taxativamente al IVA trimestral que pagan las pymes.

De todos modos, Hermida calificó de "positivo" que el Gobierno se reserva en el proyecto una "bala de plata", que consiste en la autorización legislativa para poder incluir deudas posteriores al 30 de junio por decreto simple. El especialista consideró que la crisis sanitaria "va a seguir, por lo que se va a requerir".

"El proyecto va a tener cambios en el Congreso, porque las presiones serán muy fuertes", adelantó el tributarista de Auren.

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