Expertos detallan aspectos de alto riesgo fiscal en la tributación aduanera y cambiaria
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La necesidad de recuperación de la economía argentina dentro del contexto internacional conmovido por la pandemia que nos afecta hace que debamos priorizar nuestro comercio internacional perfeccionando nuestras exportaciones, incrementándolas y generando productos de mejor calidad y mayor valor agregado.
Esto implica un desafío a ser tenido en cuenta no solo por el sector exportador e importador, sino también por todos los profesionales que de alguna u otra forma participan en ello (Contadores, Abogados y Licenciados en Economía, Administración, Comercio Exterior, entre otros); la razón principal es que el comercio internacional de bienes y servicios es una actividad fuertemente regulada por el Estado, resultando ello nuevas oportunidades y habilidades para tales profesionales y el manejo de fallos rectores en la materia y la vasta normativa aplicable.

Aspectos de alto riesgo fiscal en la tributación aduanera y cambiaria
Cumplen un destacado rol en esta regulación:
1) Aduana (AFIP): mediante el control de legalidad y cobro que realiza de los impuestos sobre dichas operaciones y
2) Banco Central: a través del Control de cambios que ejerce sobre las operaciones en moneda extranjera, regulaciones que se encuentran respaldadas con legislaciones altamente punitivas a las transgresiones y apartamientos normativos.
Dentro de este esquema cumplen un rol fundamental los impuestos aduaneros que se aplican sobre las mercaderías y servicios que se exportan e importan, no sólo porque se diferencian entre sí según sea el origen, las características, destino a las que son enviadas, valor agregado, entre otros. sino por la incidencia que estas modalidades tienen sobre los costos y precios de las mercaderías, su financiamiento y cobro, formas de entrega y recepción y la planificación en mitigar las contingencias por incumplimientos formales y materiales e incluso por disparidad de criterios con el fisco, por citar algunos ejemplos.

Lo mismo sucede con las regulaciones cambiarias, que se encuentran íntimamente relacionadas con lo antedicho; vale decir que la forma en que una importación o exportación se materializa ante la aduana tiene su correlato ante el control de cambios que ejerce el Banco Central, entre otros, a través de la obligación del ingreso y liquidación de divisas y su seguimiento. Los diversos regímenes de información y su deficiente cumplimiento pueden devenir, incluso, en la suspensión de actividades como exportador / importador.
Entre la vasta normativa aplicable, destacamos aquellas controvertidas de poco conocimiento e importantes efectos monetarios y hasta de privación de la libertad, entre otros:
- Actualizaciones e intereses en u$s por tributos mal pagados (Res Gral 3271/2020)
- Devoluciones de impuestos con u$s pesificados (fallo Cencosud)
- Aplicaciones de multas por liquidaciones mal efectuadas (Art 954 Cod. Aduanero)
- Multas por incumplimiento cambiario -y prisión por reincidencia- (Ley 19.359 Art. 2 inc. a y b)
Podría seguir ampliando muchísimo más esta descripción, pero lo más importante es destacar que la comunidad profesional que acompañe o esté dispuesta a acompañar a ese desafío debe prepararse para sumarle éxito desde el lugar en que ha sido preparada o ha elegido para ello.
Mario Bibiloni y Mario Goldman Rota
Directores del curso de posgrado a distancia "Aspectos de la Tributación Aduanera y Cambiaria"