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¿Sos empleado de comercio?: los nuevos sueldos que se cobrarán hasta mayo, en cada categoría

iProfesional presenta los salarios básicos brutos que se pagarán en abril y mayo, cuando se terminen de incorporar las sumas remunerativas
05/03/2021 - 14:32hs
¿Sos empleado de comercio?: los nuevos sueldos que se cobrarán hasta mayo, en cada categoría

Los empleados de comercio pueden llegar a cobrar menos en el mes de mayo que en el mes de abril, a raíz de que se terminan de incorporar a las escalas varias cifras no remunerativas que se acordaron en los últimos meses. De todos meses, ese mismo mes debería empezar a discutirse la nueva paritaria.

Los expertos advierten que sobre qué pasará con la diferencia que se restará del salario de bolsillo por la incorporación de las sumas fijas a las escalas se debe esperar hasta abril, mes en que puede haber aclaraciones del sindicato Faecys.

Muchos asesores legales aconsejan a las empresas más grandes que realizan lo que se denomina acrecentamiento de aportes o grossing up, parea que el salario de bolsillo del trabajador no se vea afectado.

Mientras tanto, hasta el mes de marzo coexisten dos sumas no remunerativas establecidas por los acuerdos suscriptos en los meses de octubre 2020 y enero 2021 en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo 130/75, como se denomina a la paritaria de comercio, indicó Silvana Iudkovsky, laboralista del estudio MR Consultores.

Los nuevos sueldos de empleados de comercio

Según las tablas emitidas por el sindicato de comercio, las escalas con las que cobrará su salario en abril cada trabajador quedan como siguen de acuerdo al básico bruto, sobre lo que cobrarán $2.500 no remunerativos:

  • Maestranza A: $54.116
  • Administrativo A: $54.731
  • Administrativo F: $57.479
  • Cajeros A: $54.936
  • Cajeros C: $55.592
  • Personal Auxiliar A: $54.936
  • Personal Auxiliar C: $56.700
  • Auxiliar especializado A: $55.428
  • Auxiliar especializado B: $56.166
  • Vendedor A: $54.936
  • Vendedor D: $57.479

En mayo, cuando se terminan de incorporar las sumas remunerativas, los salarios básicos brutos de las escalas de los empleados de comercio serán los siguientes:

  • Maestranza A: $56.616
  • Administrativo A: $57.231
  • Administrativo F: $59.979
  • Cajeros A: $57.436
  • Cajeros C: $58.092
  • Personal Auxiliar A: $57.436
  • Personal Auxiliar C: $59.200
  • Auxiliar especializado A: $57.928
  • Auxiliar especializado B: $58.666
  • Vendedor A: $57.436
  • Vendedor D: $59.979

Sin embargo, esto no es señal de que aumenten los salarios de bolsillos en todos los casos, salvo que los empresarios apliquen grossing up de las aportes y contribuciones que suben.

En el siguiente PDF se pueden consultar los sueldos de empleados de comercio de todas las categorías (fuente Errepar): 

Acuerdo de octubre

El acuerdo octubre 2020 dispuso la obligación de pago de una gratificación extraordinaria por única vez y no remunerativa de $30.000, que se abonará en 6 cuotas mensuales y consecutivas de $5000, explicó Iudkovsky.

Esa suma no remunerativa se liquidará con las remuneraciones de los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2020, y enero, febrero y marzo de 2021.

Se devengan sobre dicha suma los adicionales por antigüedad y presentismo.

En el recibo de sueldo debe identificarse como asignación extraordinaria no remunerativa octubre 2020, con indicación del número de cuota, puntualizó Iudkovsky.

Además, el valor mensual de $5000 se incorporará por su valor nominal a los salarios básicos de todas las categorías en dos cuotas: $2500 a partir del 1 de abril de 2021 y $2500 a partir del 1 de mayo de 2021, precisó Iudskovksky.

En mayor se terminan de incorporar las sumas fijas a los básicos de comercio
En mayor se terminan de incorporar las sumas fijas a los básicos de comercio

Acuerdo de enero

En tanto, en el acuerdo enero 2021, se dispone el pago de una asignación no remunerativa para los meses de enero, febrero y marzo de 2021 equivalente al 21%, dijo Iudkovsky.

La cláusula segunda del acuerdo salarial de enero de 2021 aclara que la base de cálculo del incremento del 21% la constituye no solo la escala salarial de básicos convencionales correspondiente a la categoría de revista para el mes de diciembre de 2020, aclaró la experta.

También debe tomarse en cuenta la cuota mensual de $5000 de la gratificación extraordinaria del acuerdo salarial de octubre de 2020, agregó.

Esa cláusula dispone que el incremento del 21% se abonara en forma no remunerativa y no acumulativa de acuerdo a los siguientes tramos, enumeró Iudkovsky:

-Un 7% del 21% acordado a partir del mes de enero de 2021.

-Un 14% del 21% acordado a partir del mes de febrero de 2021.

-El total del 21% acordado para el mes de marzo de 2021.

En el recibo de sueldo deberá identificarse con el concepto "Asignación extraordinaria no remunerativa - Revisión acuerdo 2020".

Dicha asignación no remunerativa se incorporará a los salarios básicos de cada categoría a partir del mes de abril de 2021 por su valor nominal total (21%), advirtió Iudkovsky.

Lo que comparten los dos acuerdos

Los acuerdos de octubre 2020 y enero 2021 no establecen, como ocurrió en acuerdos anteriores, que las sumas no remunerativas deban tomarse en cuenta para la base de cálculo de horas extras, feriados trabajados y no trabajados, sueldo anual complementario, entre otros, dijo Iudkovsky.

Además, aclaró Iudkovksy, se trata de sumas no remunerativas que están sujetas a los siguientes aportes y contribuciones:

1. Aportes y contribuciones de la Obra Social de los Empleados de Comercio y Actividades Civiles (Osecac).

2. Aporte del trabajador al sindicato.

3. Contribución patronal con destino al Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnológica para el Comercio (Inacap).

4. Se mantiene el aporte extraordinario y excepcional de los trabajadores por los meses de octubre de 2020 a marzo de 2021 (ambos meses inclusive) con destino a Osecac de $100 por empleado.

Cuando se incorporan las sumas fijas a las escalas, se puede cobrar menos sueldo de bolsillo
Cuando se incorporan las sumas fijas a las escalas, se puede cobrar menos sueldo de bolsillo

3. Contribución patronal con destino al Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnológica para el Comercio (Inacap).

4. Se mantiene el aporte extraordinario y excepcional de los trabajadores por los meses de octubre de 2020 a marzo de 2021 (ambos meses inclusive) con destino a Osecac de $100 por empleado.

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