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La AFIP suspende ejecuciones fiscales y medidas cautelares hasta fines de agosto: a quiénes beneficia

La AFIP suspende hasta el 31 de agosto, inclusive, la iniciación de juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares.
31/05/2021 - 06:31hs
La AFIP suspende ejecuciones fiscales y medidas cautelares hasta fines de agosto: a quiénes beneficia

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) suspende hasta el 31 de agosto, inclusive, la iniciación de juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares. La extensión de los beneficios alcanza exclusivamente a las micro y pequeñas empresas, así como a aquellos contribuyentes que desarrollan actividades afectadas en forma crítica.

La Resolución General 5000 del organismo que encabeza Mercedes Marcó del Pont mantiene habilitada la posibilidad de realizar ejecuciones fiscales y solicitar medidas cautelares sobre las personas alcanzadas por el Aporte solidario y extraordinario que no cumplieron con sus obligaciones. La normativa también contempla la posibilidad de avanzar con reclamos referidos al Impuesto sobre los Bienes Personales.

La AFIP suspende ejecuciones fiscales hasta septiembre

La medida de la AFIP ofrece un instrumento adicional para que las micro y pequeñas empresas así como las firmas que desarrollan actividades críticas puedan amortiguar los efectos económicos de la pandemia sobre contribuyentes de todo el país.

La resolución del organismo suspende para el universo de empresas beneficiadas la traba de embargos sobre fondos y/o valores de cualquier naturaleza, depositados en entidades financieras o sobre cuentas a cobrar. Los beneficios estarán vigentes hasta fines de agosto.

La AFIP podrá embargar a quienes no paguen el Aporte Solidario

La AFIP también habilitó la posibilidad de realizar ejecuciones fiscales y solicitar medidas cautelares sobre las personas alcanzadas por el Aporte solidario y extraordinario que no cumplieron con sus obligaciones.

El organismo dispuso asimismo que aquellos contribuyentes con patrimonios superiores a los $200 millones que adeuden el pago podrán regularizar su situación a través de planes de pagos. La posibilidad de ingresar a un plan para cancelar el capital y otro para las multas estará vigente hasta el 30 de septiembre de 2021.

El organismo que encabeza Mercedes Marcó del Pont inició más de 2500 fiscalizaciones a contribuyentes que no cumplieron con sus obligaciones respecto del Aporte solidario y extraordinario. La mayoría de los casos son personas que no completaron sus declaraciones juradas y tampoco realizaron los pagos correspondientes aunque también existen casos donde se completó la declaración jurada pero no se canceló la obligación.

La AFIP podrá embargar a quienes no paguen el Aporte Solidario
La AFIP podrá embargar a quienes no paguen el Aporte Solidario

Como resultado de las tareas de control y fiscalización realizadas por la AFIP en todo el país, distintos contribuyentes presentaron sus declaraciones y realizaron el pago. De esta forma, el monto total generado por el Aporte solidario y extraordinario supera los $230.000 millones, unos $7mil millones más que el monto informado al momento del vencimiento.

La AFIP sostiene su política de no iniciar ejecuciones ni medidas cautelares sobre las empresas que realizan actividades críticas y MiPymes. Sin embargo, para avanzar con el proceso iniciado de fiscalización y control, la Resolución General N°4996 habilitó que cuando se trate de personas alcanzadas por el Aporte solidario y extraordinario que no hubieran cumplido con su obligación el organismo podrá realizar ejecuciones fiscales y solicitar medidas cautelares como embargos bancarios o inhibición de bienes.

Mercedes Marcó del Pont, titular de la AFIP
Mercedes Marcó del Pont, titular de la AFIP

Asimismo, a través de la Resolución General N°4997, la AFIP dispuso que aquellos contribuyentes que adeuden el Aporte solidario y extraordinario podrán regularizar su situación a través de dos planes de pagos: uno para saldo resultante de la declaración jurada conjuntamente con sus intereses y el otro para las multas que surjan del proceso de fiscalización. La posibilidad de cancelar las deudas estará vigente hasta el 30 de septiembre de 2021.

Los contribuyentes que opten por esa vía podrán cancelar los montos adeudados en planes de hasta 3 cuotas (un adelanto del 30% y dos pagos mensuales de 35%).