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Calculadora Ganancias 2021: esto pagarás tras cambios en la ley

Accedé a la calculadora del Impuesto a las Ganancias 2021 y enterate cuánto vas a pagar de Ganancias y cuál será tu sueldo mensual 2021
05/09/2021 - 19:23hs
Calculadora Ganancias 2021: esto pagarás tras cambios en la ley

Ya se encuentran en plena vigencia los cambios en el Impuesto a las Ganancias para personas físicas. En este artículo vas a poder acceder a la Calculadora Ganancias 2021.

La flamante norma busca que aquellos empleados con sueldos brutos de hasta $150.000 mensuales queden exentos del tributo. La nueva ley modificó completamente la forma en que se calcula el impuesto. Por ello es vital contar con una Calculadora Ganancias 2021.

Entre los principales cambios, además del nuevo piso a partir del cual se paga el impuesto, se incluye un alivio para quienes cobran entre $150.001 y $173.000 de salario mensual de manera de ablandar el salto para quienes quedan sujetos al pago.

También se puso en marcha un cálculo de ingresos brutos promedio mensuales para morigerar el efecto de los aumentos graduales de sueldo en la carga tributaria. Estos cambios quedan en evidencia al utilizar la Calculadora Ganancias 2021.

Calculadora Ganancias 2021: esto pagarás tras cambios en la ley

Teniendo en cuenta los últimos cambios y utilizando la Calculadora Ganancias 2021, se estiman las retenciones al Impuesto a las Ganancias. De hecho, los empleados pueden tener dificultades para saber cuál va a ser su salario de bolsillo cada mes. 

Calculadora Ganancias 2021: esto pagarás tras cambios en la ley
Calculadora Ganancias 2021: esto pagarás tras cambios en la ley

A través de la Calculadora Ganancias 2021 es posible hacer estimaciones bastante precisas respecto de cuánto va a cobrar cada trabajador de acuerdo a su salario bruto y cuánto va a pagar de Ganancias en el año.

Las claves, además de las deducciones habituales, están en el salario bruto y en el promedio de salarios brutos que se cobraron en el año. El impuesto toma el menor de los dos valores para establecer cuál es la base imponible a partir de la cual se calcula el impuesto y se empiezan a aplicar el resto de las deducciones.

La Calculadora Ganancias 2021 estima la retención mensual que sufrirá un sueldo por Impuesto a las Ganancias. El impuesto es anual y depende, en parte, del acumulado que se va reteniendo a lo largo del año.

Con lo cual, los números son orientativos. En particular, pueden aparecer diferencias relevantes en el caso de que un empleado experimente variaciones significativas de sus ingresos, con subas y bajas a lo largo del año.

Para utilizar la calculadora es necesario ingresar el salario bruto -antes de descuentos- e ingresar en segundo lugar cuál fue el salario bruto promedio percibido a lo largo de 2021. Para calcular ese promedio, se debe incluir también el salario sobre el que se está realizando el cálculo. Para el impuesto se utiliza la menor de esas dos cifras, de manera tal que un ingreso mayor que el habitual no empuje al empleado a pagar.

En el caso de aquellos que cobran entre $151.001 y $173.000 de salario mensual bruto, mientras tanto, se toma también la menor de las dos cifras -sueldo del mes y promedio del año- y según corresponda se lo exime del tributo o se le aplica una deducción especial. 

Para acceder a la Calculadora Ganancias 2021 haga clic aquí

Última suba del piso en Ganancias: puntos destacados para el cálculo

La última suba del piso del Impuesto a las Ganancias impulsada por el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, tuvo las siguientes características:

  • 1. Se subió el piso de Impuesto a las Ganancias de los trabajadores en relación de dependencia a $150.000, beneficiando especialmente a los solteros.
  • 2. El aguinaldo no se suma al monto para llegar a los $150.000.
  • 3. Ese valor de $150.000 será actualizado anualmente con la variación anual de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).
  • 4. El mecanismo para sacar a los trabajadores y jubilados de la órbita del Impuesto a las Ganancias no toca la base del gravamen sino uno de los componentes del Mínimo no Imponible, que se denomina "deducción especial".
  • 5. En concreto, la deducción especial debe incrementarse todo lo necesario para que nadie que cobre por debajo de $150.000 pague el Impuesto a las Ganancias.
  • 6. Se calcula que el costo fiscal es de $40.000 millones, la que será pagada por las empresas con una suba de Ganancias desde el 25% que deberían haber empezado a pagar este año, a una tasa efectiva de casi 40%.
  • 7. El texto incluye una facultad al Poder Ejecutivo para que aumente las deducciones sin pasar por el Congreso.
  • 8. También establece un piso para las jubilaciones, las que recién pagarán el impuesto cuando superen los ocho haberes mínimos garantizados, actualmente $152.280.
  • 9. Ratifica que será de 1,5 el múltiplo para la deducción especial de autónomos, cuando se trate de nuevos emprendedores o nuevo profesionales. Pero no les da ninguna mejora.
  • 10. En resumen, por el momento, pagan el Impuesto a las Ganancias solo 10% de los contribuyentes con mayores ingresos, las jubilaciones de privilegio y muchos profesionales autónomos.

Ganancias 2021: los últimos cambios

En resumen, la última modificación de la ley exime del Impuesto a las Ganancias a los trabajadores registrados con salarios de hasta $150.000 brutos mensuales.

Calculadora Ganancias 2021: los últimos cambios
Calculadora Ganancias 2021: los últimos cambios

1) Quiénes están exceptuados de Ganancias: solo pagan Ganancias quienes perciban un salario bruto mensual superior a los $150.000, unos $124.500 de bolsillo. Para ese cálculo se considerarán todos los importes percibidos en un mes, con excepción del aguinaldo.

2) Retroactivo al 1 de enero: el nuevo piso del impuesto tiene vigencia al 1 de enero pasado.

3) Jubilados y pensionados​: se elevó el mínimo no imponible para el pago de Ganancias de 6 a 8 haberes mínimos.

4) Aguinaldos​: el aguinaldo de los sueldos de hasta $150.000 brutos no paga impuesto a las Ganancias.​

5) Qué pasa con los sueldos entre $ 150.000 y $ 173.000: esos trabajadores pagan Ganancias, pero la AFIP estableció las deducciones a fin de evitar grandes diferencias entre quienes deben tributar y los que están exentos.

6) Qué pasa con las jubilaciones de los presidentes y vices: por una propuesta de la diputada radical Carla Carrizo se estableció que las rentas vitalicias de los expresidentes y vicepresidentes paguen el impuesto.

7) Bonos productivos: se considera exento del pago de Ganancias los bonos por productividad, fallo de Caja y conceptos de similar naturaleza por el equivalente al 40% de base no imponible del impuesto para los trabajadores que perciben menos de $300.000 de sueldo bruto

8) Horas extras del personal de la Salud: se prorrogó este beneficio hasta el 30 de setiembre de 2021, con efecto exclusivo para las remuneraciones devengadas en concepto de guardias obligatorias (activas o pasivas) y horas extras, y todo otro concepto que se liquide en forma específica y adicional en virtud de la emergencia sanitaria provocada por el coronavirus, para los profesionales, técnicos, auxiliares (incluidos los de gastronomía, maestranza y limpieza) y personal operativo de los sistemas de salud pública y privada. En este punto se agrega al personal de recolección de residuos patogénicos.

9) Guarderías: los gastos de guardería para niños y niñas de hasta tres años no pagarán Ganancias hasta un tope anual de $67.000.​

10) Hijo con discapacidad: también se eliminó el tope de edad para poder deducir al hijo por discapacidad. Se dispuso que las deducciones por hijo con discapacidad serán de manera permanente (hasta ahora el beneficio regía hasta los 18 años de la persona con discapacidad). Además, se duplica la exención por hija o hijo discapacitado.

11) Recolección de basura: los trabajadores de recolección no pagarán el impuesto por las horas extras.

12) Herramientas educativas: se puede deducir de Ganancias la compra de herramientas educativas por parte de los trabajadores asalariados. Se trata de "la provisión de herramientas educativas para los hijos e hijas del trabajador y trabajadora y el otorgamiento o pago debidamente documentado de cursos o seminarios de capacitación o especialización y hasta el límite del 40%" de la base no imponible del impuesto "en las condiciones que establezca la AFIP". "Herramienta educativa" incluye, por ejemplo, computadora o vestimenta escolar.

13) Concubinos: El contribuyente podía deducir $156.320,63 anuales de la base imponible del impuesto por cónyuge si no tiene ingresos. Con la última reforma, se amplió la deducción al concubino o concubina -cualquiera fuera el sexo. 

14) Ropa, equipamiento y capacitación para el trabajador: la provisión de ropa y equipamiento del trabajador para uso exclusivo de sus funciones o el otorgamiento de un pago por capacitación, no paga el impuesto a las Ganancias.​

15) Plus patagónico: se mantiene el incremento del 22% del plus patagónico en el gravamen para los trabajadores de la región. 

16) Ajuste por Ripte: se fijó que la actualización del piso para estar exento de Ganancias se ajustará por el RIPTE (promedio de variación salarial que elabora la de Secretaria de Seguridad Social), porque se dejó de lado el reclamo de la oposición de que se ajustara por el Índice de Precios al Consumidor (IPC, o inflación minorista) que elabora el Indec.

En esa línea, como un aumento salarial otorgado este año puede hacer que una persona que había quedada eximida del impuesto volviera a quedar sujeta a pagarlo, los legisladores delegaron en el Ejecutivo la capacidad de elevar el piso, en caso de que lo considere necesario.

17) Fuerzas Armadas: es por los "suplementos particulares" que cobra el personal de las Fuerzas Armadas indicados en el artículo 57 de la Ley Nº 19.101. Esos suplementos son: por actividad arriesgada, por título terciario, y por alta especialización o por zona o ambiente insalubre o penoso