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Norte Grande: la AFIP extendió la vigencia de la reducción de las contribuciones patronales

La medida busca promover la creación de empleo en Catamarca, Chaco, Corrientes, Formosa, Jujuy, La Rioja, Misiones, Salta, Santiago del Estero y Tucumán
27/01/2022 - 06:39hs
Norte Grande: la AFIP extendió la vigencia de la reducción de las contribuciones patronales

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el 30 de junio de 2022 la vigencia del beneficio de reducción de las contribuciones patronales para empleadores y empleadoras del sector privado cuya actividad se realice en alguna de las diez provincias que forman parte del Norte Grande.

La medida forma parte de los instrumentos diseñados por el Gobierno para promover la creación de empleo en Catamarca, Chaco, Corrientes, Formosa, Jujuy, La Rioja, Misiones, Salta, Santiago del Estero y Tucumán.

Podrán acceder a este beneficio quienes incorporen personal hasta el 30 de junio de 2022. De esta forma se extendió dos meses el plazo establecido que vencía a fines de abril.

AFIP extendió la reducción de las contribuciones patronales

La normativa reglamenta la reducción, gradual y temporaria, en las contribuciones patronales pagadas por los empleadores y empleadoras de las provincias del Norte Grande.

Beneficios vigentes para contrataciones realizadas entre el 1 de abril de 2021 hasta el 30 de junio de 2022.

AFIP extendió la reducción de las contribuciones patronales
AFIP extendió la reducción de las contribuciones patronales

Por cada persona mujer, travesti, transexual o transgénero contratada, la reducción será:

  • 80% durante el primer año
  • 55% durante el segundo año
  • 30% durante el tercer año
  • Por cada persona varón contratada la reducción será:
  • 70% durante el primer año
  • 45% durante el segundo año
  • 20% durante el tercer año

No podrán acceder a los beneficios los empleadores que se encuentren incorporados en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL), reincorporen empleados que se hubieran desvinculado en los últimos 12 meses o realicen sustituciones de personal para encuadrar como beneficiarios.

Condonación de deudas

Más de 133 mil contribuyentes ya accedieron a la condonación de deudas prevista en la ley de Alivio Fiscal. A través de la herramienta implementada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) monotributistas, clubes de barrio, cooperativas, bomberos voluntarios, microempresas y bibliotecas populares, lograron la condonación de $1700 millones en deudas tributarias, previsionales y aduaneras. El beneficio puede solicitarse a través del sitio web de la AFIP hasta el 2 de marzo.

La condonación de deudas parte de las medidas dispuestas por el Gobierno para acompañar a los contribuyentes en el proceso de recuperación económica. La herramienta está disponible desde el 20 de diciembre para entidades y organizaciones sin fines de lucro como clubes de barrio, cooperativas de trabajo y escolares, bibliotecas populares y organizaciones comunitarias. También alcanza deudas inferiores a $100.000 de monotributistas y otros pequeños contribuyentes, y de micro y pequeñas empresas que cuentan con el Certificado MiPME.

La mayor parte de las deudas condonadas hasta el momento por la AFIP corresponde a monotributistas. Alrededor de 101.000 contribuyentes adheridos al régimen simplificado ya accedieron a la condonación de deudas por un monto total de $992 millones.

El universo de quienes solicitaron en forma exitosa la condonación de sus deudas por hasta $100.000 se completa con unos 32 mil contribuyentes que obtuvieron el beneficio del perdón fiscal por unos $702 millones. Entre los beneficiarios se destacan 24 mil microempresas. A su vez, unas 100 cooperativas, 71 clubes de barrio y 10 bibliotecas populares también solicitaron y accedieron a la condonación de deudas por más de $56 millones.

¿Hasta cuándo está disponible el beneficio?
¿Hasta cuándo está disponible el beneficio?

La ley de alivio fiscal incluyó además la moratoria para obligaciones vencidas al 31 de agosto y un mecanismo para rehabilitar planes de pago caducos, ambos ya vigentes. Asimismo incorpora beneficios para contribuyentes cumplidores y la implementación de procedimientos para facilitar el cumplimiento de las obligaciones resultantes de los procesos de fiscalización.

¿Hasta cuándo está disponible el beneficio?

Los contribuyentes podrán realizar la solicitud hasta el 2 de marzo de 2022 a través de la página web de la AFIP, dentro del servicio "Condonación de deudas - Título I - Ley 27.653" con clave fiscal nivel de seguridad 3.

¿Qué requisitos se deben cumplir para pedir la condonación de deudas?

Los beneficiarios de la condonación de deudas deberán contar:

  • Inscripción en los respectivos registros para las cooperativas de trabajo y escolares, bibliotecas populares, clubes de barrio, asociaciones de pueblos originarios, bomberos voluntarios y fomento rural.
  • Las demás entidades sin fines de lucro deberán presentar un certificado de exención en el impuesto a las Ganancias.
  • Contar con "Certificado MiPyME".
  • Domicilio Fiscal Electrónico, registrado y confirmado.
  • Declaraciones juradas presentadas desde enero de 2016.
  • Tener actualizado el código de la actividad desarrollada de acuerdo con el "Clasificador de Actividades Económicas (CLAE)"
  • Los pequeños contribuyentes deben registrar inscripción en los impuestos a las ganancias, bienes personales o en el régimen de monotributo.

¿Quiénes se consideran pequeños contribuyentes?

Las personas que durante 2020 y al 11 de noviembre de 2021 hayan estado inscriptas en alguno de los siguientes: Impuestos a las Ganancias, Impuesto sobre los Bienes Personales o Monotributo.

¿Qué deudas se pueden incluir?

El beneficio alcanza a obligaciones líquidas y exigibles vencidas al 31 de agosto de 2021 que no hayan sido canceladas o regularizadas.

Claves del alivio fiscal

Moratoria Fiscal

  • Permite abonar obligaciones impagas hasta el 31 de agosto de 2021, incluidos los planes de pago vigentes y deudas de planes que hayan caducado antes de fin de agosto.
  • La adhesión al plan de regularización estará habilitada entre el 29 de noviembre de 2021 y el 15 de marzo de 2022 y se podrán incluir deudas impositivas, aduaneras y de seguridad social en planes de pago de hasta 120 cuotas, según el tipo de contribuyente.
  • La primera cuota vencerá el 16 de abril de 2022 y las cuotas subsiguientes vencerán el día 16 de cada mes, las que se cancelarán mediante el procedimiento de débito directo en cuenta bancaria.
Ley de Alivio Fiscal: claves de la reglamentación
Ley de Alivio Fiscal: claves de la reglamentación

Condonación de deudas

  • Incluye deudas tributarias, aduaneras y de seguridad social vencidas al 31 de agosto.
  • Alivio fiscal a entidades como bomberos voluntarios, clubes de barrios, fundaciones, organizaciones comunitarias, y a pymes y monotributistas por hasta $100.000.
  • Se podrá realizar la solicitud desde el 20 de diciembre de 2021 hasta el 2 de marzo de 2022 a través de la página web de la AFIP.
  • Deberán ingresar al servicio denominado "Condonación de Deudas - Título I - Ley 27.653" mediante la utilización de su Clave Fiscal habilitada con nivel de seguridad 3 como mínimo.

Beneficio para contribuyentes cumplidores

  • Para monotributistas: eximición del componente impositivo a partir de abril de 2021.
  • Para el resto de personas humanas: deducción, por un período fiscal, de las ganancias netas de un importe adicional equivalente al 50% del mínimo no imponible.

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