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Monotributo: contadores reportan más fallas en los sistemas de AFIP para la recategorización

Sumas invertidas para el saldo a pagar, categorías desaparecidas y exclusiones incorrectas impiden la recategorización en el Monotributo
13/07/2022 - 09:25hs
Monotributo: contadores reportan más fallas en los sistemas de AFIP para la recategorización

Los contadores reportan más fallas en los sistemas de la AFIP cuando se intenta realizar la recategorización en el Monotributo, lo que está perjudicando a muchos contribuyentes.

Por esos errores sistémicos y recurrentes de AFIP, los profesionales vienen aconsejando no apurarse a realizar la recategorización en el Monotributo.

Errores más comunes en la recategorización del Monotributo

Algunos profesionales venían alertando que en la opción "Recategorizarme" del portal web del Monotributo incluso aparecen números invertidos al informar la cifra final a pagar, por ejemplo.

A esto se sumó durante toda la tarde de ayer martes que parecía haber "desaparecido" la categoría D, ya que los sistemas no permitían sobre todo bajar de la E a la D.

Además, hubo muchas publicaciones en Twitter con quejas porque cualquier monotributista que hubiera sido excluido en algún momento de su historia y después volvió al Monotributo los sistemas no lo dejan recategorizar porque "estás excluido".

En algunos casos, los contadores le encontraron la vuelta a este error, luego de insistir varias veces, pero no siempre. A veces sólo se logró en las sucesivas recategorizaciones de otros clientes en la misma situación, según reportaron.

Los monotributistas que algunas vez fueron excluidos pero volvieron no se pueden recategorizar
Los monotributistas que algunas vez fueron excluidos pero volvieron no se pueden recategorizar

Una recategorización excepcional por el Alivio Fiscal

Excepcionalmente, la recategorización correspondiente al semestre enero/junio de 2022 se encuentra disponible a partir del 11 y hasta el 29 de julio de 2022, ambas fechas inclusive, informó el ABC de preguntas frecuentes de la AFIP en los últimos días.

Esto se debió a la necesidad de acomodar los sistemas para que los monotributistas pudieran beneficiarse de la suba de los límites en los ingresos brutos para cada categoría que aprobó el Congreso con la Ley de Alivio Fiscal.

La nueva categoría tendrá efectos a partir del primer día del mes siguiente y hasta el último día del mes en que deba efectuarse la próxima recategorización, y el pago del Monotributo con el monto de la nueva categoría se realizará a partir del primer día del mes siguiente al de la recategorización.

Por lo tanto, la nueva recategorización del Monotributo que está venciendo estos días tendrá efectos a partir del 1 de agosto de 2022.

Cuándo se pagará más y cuándo menos por la recategorización

Se pueden dar tres situaciones respecto de los ingresos de los contribuyentes con esta categorización del Monotributo, donde los parámetros y montos a pagar no cambiar de forma pareja, según comentó el períodico tributario Tributum.news:

Con la recategorización se puede dar una baja en la categoría y que se pague menos, y menos casos puede pasar lo contrario
Con la recategorización lo más frecuente será baja en la categoría y que se pague menos

Que corresponda la misma categoría

Esto sucedería si por ejemplo los ingresos durante los últimos 12 meses se mantuvieron en el mínimo y máximo de la categoría. Con la nueva Tabla del segundo semestre del 2022, tampoco habrá cambio de categoría si se encontraban aproximadamente un 10% inferior al tope de aquellos máximos por cada categoría y su incremento fuere aproximadamente hasta el 50% ya que al incremento se le adiciona aquel diferencial y progresivo según cada categoría del 12% al 62%.

Efectos:

• Recategorizarse: no

• Monto a pagar: valores vigentes a partir de julio 2022.

• No se debe "Confirmar los datos", ya que la presente opera a modo de conformación tácita.

Que corresponda al menos una categoría inferior

Si los ingresos de los últimos 12 meses han disminuido, por ejemplo, por pérdida de clientes o incorporación de actividad en relación de dependencia, o bien se encontraban distantes a aquellos máximos de la categoría siguiente o cercanos al piso de aquella categorizada o incluso si han sido menores a los dos ajustes de la Tabla en enero y julio 2022.

Efectos:

• Recategorizarse: sí

Monto a pagar: considerando que los efectos son a partir del mes siguiente, nos encontremos con dos situaciones:

1. En julio 2022, conforme anterior categoría y su respectivo monto a abonar aplicando la Tabla del segundo semestre 2022.

2. A partir agosto 2022: conforme nueva categoría (inferior) y su respectivo monto a abonar (inferior) aplicando la misma tabla (segundo semestre 2022).

Que corresponda una categoría superior

Serán los casos de menor frecuencia, excepto que haya tenido ingresos significativamente superiores en el segundo semestre del año 2021 o bien ya se encontraban próximos al monto máximo de dicha categoría y por la suba general del nivel de precios así lo hayan trasladado a la prestación de sus servicios o venta de bienes.

Efectos:

• Recategorizarse: sí

Monto a pagar: considerando que los efectos, serán a partir del mes siguiente, nos encontremos nuevamente con dos situaciones:

1. En Julio 2022: conforme anterior categoría y su respectivo monto a abonar aplicando la Tabla del segundo semestre 2022.

2. A partir Agosto 2022: conforme nueva categoría (superior) y su respectivo monto a abonar (superior) aplicando la misma tabla del segundo semestre 2022.

Si corresponde una nueva categoría asignada: ¿se debe hacer algo más?. La respuesta es que sí, se debe reimprimir el nuevo F. 960 D Data Fiscal puesto que una de las causales de reimpresión es que se haya modificado la categoría del Monotributo.