Cómo se aplica el reintegro del IVA para turistas del extranjero
La Administración Federal de Ingresos Públicos publicó en su página web una guía que sintetiza todo que necesita conocer un turista del exterior a los fines de lograr el reintegro de IVA por las compras que efectúe en el país.
Así, precisó con visión práctica los lineamientos de la resolución 3751. Entre los puntos salientes se encuentra el caso del reintegro de IVA, cuyo procedimiento surge de las resoluciones generales 380/81 y 381/99 y el decreto 1099/98.
Paricularidades del reintegroLos turistas extranjeros pueden solicitar el reintegro del IVA por las compras de bienes de producción nacional, superiores a setenta pesos efectuadas en el país.Para que la solicitud sea procedente, al momento de la compra deberá exigir al comerciante la entrega de la factura original tipo "B" o ticket factura tipo "B" y el "Cheque Global Refund" por el correspondiente reintegro.Antes de abandonar el país, deberá presentar los bienes, la factura o ticket y el cheque de reintegro, para ser sellados en la Aduana. Es importante señalar que no es suficiente presentar unicamente la factura de compra, sin adjuntar el cheque no será posible obtener ningún reintegro.Para gozar del beneficio fiscal la compras deben realizarse en los locales adheridos al sistema, cuyo listado puede chequearse en la página web www.globalrefund.com. Para solicitar el "Cheque de reintegro" junto con la factura de compra se deberá acreditar ante el vendedor la condición de turista mediante la tarjeta o comprobante que entrega la Dirección Nacional de Migraciones, y el pasaporte o documento de identidad. Al momento de salir del país, los bienes adquiridos deben ser inspeccionados por personal de aduanas junto con las facturas de compra y los cheques de reintegro. Los cheques quedarán sellados por el funcionario interviniente de la administración de aduanas. Sin realizar la inspección, la devolución del Impuesto al Valor Agregado para turistas del extranjero será improcedente.Una vez concluida la inspección, con los cheques de reintegro sellados, se puede gestionar el reembolso en los puestos de reintegro instalados en aeropuertos y terminales o como alternativa, se deberá realizar el trámite en forma postal depositando sus cheques en buzones habilitados en todos los puntos de salida del país.Se puede optar entre las siguientes formas de reembolso:
- En efectivo
- Mediante acreditación en la tarjeta de crédito
- Con un cheque bancario que será enviado al domicilio que sea indicado
- Por transferencia bancaria
El listado de puestos de reintegro con atención personalizada es el siguiente:
- Aeropuerto Internacional de Ezeiza "Ministro Pistarini" – Espigón Internacional
- Aeropuerto Internacional de Ezeiza "Ministro Pistarini" – Espigón Aerolíneas Argentinas
- Aeropuerto "Jorge Newbery"
- Terminal Portuaria "Buquebus"
- Terminal Puerto de Buenos Aires
- Aeropuerto de Bariloche
- Puente Internacional Puerto Iguazú
- Aeropuerto de Córdoba
- Aeropuerto de Mendoza
- Aeropuerto de Mar del Plata.
Por último cabe aclarar que el reintegro es el monto nominal de IVA menos una comisión administrativa. A su vez los productos importados deben ser facturados por separado, ya que no están sujetos al beneficio.
© Hernán Gilardo