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Monotributo: qué asignaciones familiares cobran profesionales independientes y trabajadores precarizados

El Gobierno paga beneficios familiares a empleados en relación de dependencia y también a monotributistas que muchas veces son trabajadores precarizados
IMPUESTOS - 28 de Noviembre, 2022

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) ofrece a los trabajadores en relación de dependencia el beneficio de las asignaciones familiares, y también las extendió a los contribuyentes inscriptos en el Monotributo, que muchas veces son profesionales independientes o trabajadores precarizados.

"El Estado provee, a través del ANSeS, programas de asistencia con ayudas económicas para acompañar a las personas en determinados acontecimientos de la vida como nacimiento de sus hijos, comienzo de la escolaridad de ellos, entre otros, que se pueden cobrar por única vez o mensualmente", indicó Agustín S. Sosa, CEO de Tributo Simple.

Cuáles son las asignaciones familiares para monotributistas

Sosa precisó que los monotributistas, según la categoría en la cual estén inscriptos, pueden acceder a diferentes programas:

1. Categorías: A, B, C, D, E, F, G, H:

  • Asignación Familiar por Prenatal.
  • Asignación Familiar por Hijo e Hijo con Discapacidad (mensual).
  • Asignación Familiar por Ayuda Escolar (anual).
Los monotributistas de las primeras categorías pueden cobrar la ayuda escolar

2. Categorías I, J y K:

Asignación Familiar Hijo con Discapacidad.

Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual por hijo con Discapacidad.

En el caso de la Asignación Familiar por Prenatal, el Estado busca acompañar a la embarazada durante su período de gestación, explicó.

Qué requisitos se exigen al monotributista

Las condiciones que debe reunir el monotributista para poder acceder a las asignaciones familiares son las siguientes, remarcó Sosa:

Se requieren 3 meses anteriores de aportes para gozar de las asignaciones familiares

1. Contar con 3 meses de aportes consecutivos y anteriores a la fecha de concepción. Si no tiene la antigüedad, se va a acceder al cobro una vez cumplido este plazo.

2. Si el otro progenitor trabaja en relación de dependencia, esta persona va a ser quien tenga que realizar el trámite.

3. Tener 12 semanas de gestación o más.

4. Los ingresos individuales y los del grupo familiar no deben superar los topes máximos vigentes. Es decir, si el grupo familiar tiene ingresos superiores al tope, no corresponde el cobro de la asignación.

La Asignación Familiar por Hijo, tiene como objetivo garantizar los derechos a la salud y educación de cada niña, niño y adolescente. Para el cobro de esta asignación, el menor tiene que ser residente del país, estar soltero y ser menor de 18 años, puntualizó.

En el caso de la Asignación Familiar de la hijo con discapacidad, no hay límite de edad, aclaró.

Si los dos padres son monotributistas, corresponden a la categoría más alta

Si ambos padres son monotributistas, quien tenga la categoría más alta determinará el cobro de la asignación, subrayó.

Qué refuerzo económico rige para las categorías más bajas

Para los monotributistas de las categorías A, B, C y D que cobren la Asignación Familiar, existe un complemento mensual para el salario familiar, que es un refuerzo económico mensual, que se suma a la Asignación Familiar, consideró Sosa.

Respecto a la Ayuda Escolar Anual, que tiene como fin acompañar a las familias en el inicio del ciclo lectivo de sus hijos, el apoyo económico que reciben es una vez al año, sostuvo.

Esta Ayuda es para los titulares de las asignaciones familiares de cada niña o niño en edad escolar hasta los 17 años inclusive, que asistan a establecimientos educativos incorporados a la enseñanza oficial, manifestó.

En el caso de la Ayuda Escolar Anual de la hija/o con discapacidad, es sin límite de edad, agregó.

Qué otros beneficios se otorgan al Monotributo Social

También existen 4 programas de asistencia para los contribuyentes al Monotributo social, afirmó Sosa, y los enumeró como sigue:

Los monotributistas sociales pueden contar con Tarjeta Alimentar y AUH
  • Tarjeta Alimentar, es un refuerzo económico mensual que busca garantizar el acceso a la canasta básica alimentaria.
  • Asignación Universal por Hija e Hijo: es una asignación mensual por cada hija e hijo menor de 18 años o hija e hijo con discapacidad, sin límite de edad. La cobra uno solo de los padres, priorizando a la madre.
  • Asignación por Embarazo para Protección Social: es una asignación para acompañar a las personas gestantes durante todo su embarazo.
  • Ayuda Escolar Anual: es para acompañar a las familias en el inicio del ciclo lectivo. Es un apoyo económico que reciben una vez al año por cada hija o hijo en edad escolar hasta los 17 años inclusive o sin límite de edad cuando presenta una discapacidad.

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