INEQUIDADES

Impuesto a las Ganancias: por qué empleados con sueldos altos cobrarán menos de bolsillo

El Gobierno anunció una suba del piso para pagar Impuesto a las Ganancias sobre los salarios, pero habrá inequidades: quiénes cobran menos de bolsillo
IMPUESTOS - 04 de Agosto, 2023

El Ministerio de Economía anunció una suba del mínimo a partir del cual los trabajadores pasan a tributar el Impuesto a las Ganancias a $700.875, así como de la escala con la que se aplica el impuesto. Pero el beneficio no es parejo y algunos empleados con sueldos altos cobrarán menos de bolsillo que otros con sueldos más bajos.

Bajo el esquema actual existe un grupo extenso de trabajadores que no sufren retención alguna sobre sus salarios, en tanto que los restantes se dividen entre aquellos que gozan de una deducción especial incrementada fija y aquellos que no tienen tal beneficio por percibir salarios mayores, recordó Andrés Tellado, de KPMG Argentina.

Si bien esta actualización está prevista en la normativa en forma automática a partir de que comienza un nuevo período fiscal en enero de cada año, el Poder Ejecutivo ha venido anticipando los importes para acceder al beneficio en razón del contexto inflacionario, comentó.

Cuáles son las nuevas escalas del Impuesto a las Gananacias

 

Aunque la resolución de AFIP todavía no está publicada, se espera un aumento interanual del  141,43% de los límites para ser alcanzados por cada nuevo porcentaje, respecto de las escalas del 2022, indicó Ariel Bassanetti, jefe de Payroll de Banco Supervielle.

De todas formas, esto pareciera no alcanzar para evitar situaciones negativas en sueldos altos, afirmó, y puso un ejemplo con un sueldo fijo de $820.000 a partir de agosto.

Este trabajador con un salario alto percibe menos sueldo de bolsillo que un empleado con una remuneración establecida en $700.000, debido a que éste no tributará Impuesto a las Ganancias y el sueldo de $820.000 pagará al 35% directamente.

Cómo se dividen los trabajadores con relación al Impuesto a las Ganancias

 

Considerando los valores que se dejaron trascender desde el Gobierno y aún no publicados, podemos identificar los siguientes grupos de trabajadores, aseguró Tellado:

Grupo 1

Aquellos empleados cuya remuneración no supere $ 700.875 mensuales, los cuales no pagarán impuesto alguno.

A fin de aplicar este beneficio la norma contempla el incremento de la deducción especial en el mes, de manera tal que la ganancia neta sujeta a impuesto debe arrojar resultado "cero".

Grupo 2

Aquellos cuya remuneración resulte superior a $ 700.875 pero sea menor o igual a $ 808.101 mensuales, los cuales gozarán de una disminución de su carga fiscal.

En este caso, se establece una deducción especial incrementada limitada, de forma tal de crear pequeños "escalones" entre aquellos que no tributarán impuesto alguno y aquellos que continúan abonando el tributo sin tener beneficios adicionales.

Grupo 3

Aquellos trabajadores que no gozarán de este beneficio ya que perciben remuneraciones superiores a $ 808.101 mensuales.

Cuando la escala llega al 35%, un empleado puede cobrar menos de bolsillo que otro con salario inferior

Por qué habrá una devolución de Impuesto a las Ganancias

El Ministerio de Economía anunció que el incremento de las escalas es retroactivo a enero de 2023. Lo retenido de más de enero a julio se devuelve al empleado en dos cuotas mensuales, con los salarios de agosto y septiembre de 2023.

Esta modificación implicará el recálculo de la retención del impuesto, aplicando los importes actualizados desde enero 2023, lo cual resultaría en una devolución de dinero para los trabajadores que hubieran sufrido retención los meses anteriores, subrayó Tellado.

Sin embargo, Bassanetti precisó que la devolución no tendrá demasiado valor y será inferior a lo que correspondió al aguinaldo en el beneficio anteriormente otorgado.

En concreto, a un ingreso de $850.000 le da a devolver $72.000 que se devuelven en dos cuotas de $36.000, calculó.

Si bien en casos de devolución del impuesto a los empleados, los trabajadores estarían percibiendo tales importes con el pago de sus próximas remuneraciones y no tendrían que esperar a abril/mayo del año 2024, cuando los empleadores deben practicar la liquidación anual del impuesto, aseguró Tellado.

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