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¿Cuánto tiempo puedo deber el monotributo?

Los monotributistas deben abonar la cuota del monotributo en tiempo y forma. Te contamos qué sucede si te atrasas en el pago de esta
12/11/2023 - 11:33hs
¿Cuánto tiempo puedo deber el monotributo?

El monotributo te permite abonar en una única cuota el componente impositivo nacional más el previsional, por lo que no deberás hacer una declaración jurada por cada tributo (IVA, Ganancias y, en el caso del unificado, Ingresos Brutos). Sin embargo, el no pagar en tiempo y forma no solo te generará una deuda que irá acumulando intereses, sino que podrías incurrir en problemas como perder la condición de monotributista.

¿Qué pasa si no se paga el monotributo?

En el caso de que no pagues el monotributo, empezarás a acumular deudas, por lo que los intereses se irán incrementando con el paso del tiempo. En el caso de acumular 10 meses, AFIP te dará de baja de forma automática del régimen, por lo que deberás regularizar la deuda si querés reingresar a este.

¿Qué pasa si me atraso un mes con el monotributo?

En el caso de que te atrases un mes con el monotributo, por lo general, no te generará otro inconveniente más que los intereses correspondientes a dicho atraso. Sin embargo, como mencionamos anteriormente, si acumulás deuda durante un período de tiempo prolongado es posible que acumules 10 meses y pierdas tu condición de monotributista.

¿Cómo hacer un plan de pago de deuda de monotributo?

Actualmente AFIP lanzó un plan de pagos para deudas impositivas siempre y cuando estas sean hasta el 31/08/23. La medida no solo apunta a las micro, pequeñas y medianas empresas, tramos 1 y 2, sino también a las personas humanas y sucesiones indivisas consideradas pequeños contribuyentes, a las entidades sin fines de lucro, entre otros.

AFIP lanzó un plan de pagos
AFIP lanzó un plan de pagos

En este tipo de plan de pago, las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, siendo el monto mínimo $2000 por cada una y la cantidad máxima será determinada según el tipo de contribuyentes al momento de la consolidación del plan, como también la obligación a regularizar.

En cuanto a la tasa de interés de financiación se aplicará en función del tipo de contribuyente y las obligaciones adeudadas, en el que se calculará. A través de la aplicación de un porcentaje sobre la tasa de interés resarcitorio, que podrá ser del 70%, 90% o 100%.

En cuanto al procedimiento, simplemente deberás añadir "Mis facilidades" desde el panel general y luego ingresar. Posteriormente, tendrás que validar las deudas, cargar el plan de pagos seleccionado e ir completando los datos. Es importante recordar que, debido a su complejidad, es aconsejable contar con el asesoramiento de un especialista.

¿Cómo saber si me tengo que recategorizar en el monotributo?

Para saber si debés recategorizarte simplemente deberás analizar si superaste los parámetros de tu categoría o si estos disminuyeron y dicho cambio te permite anotarte en una categoría menor. Estos son:

  • Ingresos Brutos: suele ser el principal motivo de recategorización. Cada categoría establece un límite de ingresos brutos anuales, los cuales se actualizan al momento de la recategorización, por lo que si son superados deberás anotarte en una categoría superior
  • Superficie afectada: en el caso de que haya una modificación del espacio en el que realizás tu actividad, entonces deberás observar si ese cambio no te obliga a inscribirte en una categoría superior (o inferior, en el caso de que los otros parámetros te encasillaban en una categoría más baja, pero los metros cuadrados te obligaban a inscribirte en una categoría superior)
  • Energía eléctrica consumida anualmente: en el caso de que superes los límites de energía eléctrica consumida, deberás recategorizarte. Si la energía eléctrica que consumiste disminuyó y tus parámetros corresponden a una categoría inferior, deberás descender de categoría
  • Alquileres devengados anualmente: existe un límite sobre lo que podés pagar en concepto de alquileres
  • Precio unitario por la venta de bienes muebles: en el caso de la venta de bienes muebles, AFIP estableció un límite que, al momento de redactar esta nota, es de $85.627,66
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Para saber si necesitás recategorizarte deberás analizar los distintos parámetros de tu categoría

En el caso de superar algunos de estos parámetros de la categoría máxima según el tipo de actividad ("H" para las locaciones y prestaciones de servicios y "K" para la venta de bienes muebles), perderás tu condición de monotributista.

¿Qué pasa si no hago la recategorización del monotributo?

En el caso de que no hagas la recategorización, el fisco podría recategorizarte de oficio, sumándole posibles multas y sanciones económicas. Por este motivo, siempre es aconsejable hacer tu recategorización en tiempo y forma para evitar posibles inconvenientes.

Cabe recordar que las recategorizaciones de este año ya se realizaron, por lo que la próxima será en enero del 2024. Además, si tu actividad es muy compleja, es probable que necesites el asesoramiento de un contador para hacer este trámite.