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El Gobierno lanza el Bono para una Argentina Libre para que empresas cancelen deuda por importaciones

El BCRA emitió dos comunicaciones hoy en las que definió plazos más cortos para el pago de la deuda nueva de importaciones y un bono para la vieja
13/12/2023 - 16:59hs
El Gobierno lanza el Bono para una Argentina Libre para que empresas cancelen deuda por importaciones

El Banco Central creó los "Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre (BOPREAL) para que los importadores con deudas comerciales con el exterior a raíz de aplicación de las medidas económicas del anterior gobierno puedan cancelarlas.

Un comunicado de prensa del Banco Central agrega que "estos instrumentos contribuirán, al mismo tiempo, a disminuir el monto de pasivos remunerados en moneda doméstica emitidos por el BCRA"; o sea, las Leliq y pases. Pero esto quedó pendientes de futuras comunicaciones.

También emitió una norma con un nuevo cronograma en cuatro etapas para acceder a los dólares para el pago de importaciones nuevas, que empieza con 25% a los 30 días pero sólo permite completar el pago a los 120 días, con excepciones.

Qué es el nuevo bono el stock de deuda en dólares comercial

 La Comunicación BCRA "A" 7918 implementa los BOPREAL que podrán ser suscriptos solamente por importadores de bienes y servicios por hasta las importaciones que tengan pendientes de pago, en pesos argentinos conforme tipo de cambio Comunicación BCRA "A" 3500 del día hábil anterior a su licitación.

El plazo máximo de amortización será el 31 de octubre de 2027 y todo servicio será estipulado en dólares estadounidenses o dólar linked (caso de pago de opciones de rescate).

En el momento de la emisión se determinará si estos BOPREAL tendrán cotización en los mercados y si podrán ser utilizados en operaciones de REPRO.

El Banco Central creó el bono BOPREAL para la deuda comercial vieja
El Banco Central creó el bono BOPREAL para la deuda comercial vieja

Cuáles son los detalles técnicos del nuevo BOPREAL

El detalle que brinda la Comunicación es el siguiente sobre las características del nuevo Bono para una Argentina Libre son los siguientes:

  • Suscriptores: podrán participar en las suscripciones de estos instrumentos sólo importadores de bienes y servicios por hasta las importaciones que tengan pendientes de pago.
  • Plazo máximo: hasta el 31 de octubre de 2027.
  • Moneda de suscripción: pesos al tipo de cambio de referencia publicado por el BCRA al día hábil previo a la fecha de licitación.
  • Moneda de pago: dólar estadounidense a la amortización y/o con opción/es de rescate anticipado en favor de los titulares. La cancelación de dicho ejercicio de opción solo podrá ser en pesos dólar linked.
  • Amortización: dólar estadounidense, con la posibilidad de amortización íntegra al vencimiento o con esquema de amortizaciones parciales según se defina oportunamente.
  • Opción de rescate a favor del inversor: se podrá considerar la alternativa de incluir cláusulas de rescate anticipado en favor de los titulares.
  • Intereses: devengarán intereses sobre la base de un año de 360 días integrado por 12 meses de 30 días cada uno, a una tasa anual máxima del 5% a definir en el anuncio de la licitación, que podrá ser pagadera en forma trimestral o semestral en dólares estadounidenses.
  • Subastas: precio único o múltiple.
  • Integración de la suscripción y el pago de los servicios financieros: se efectuará mediante el débito o crédito según corresponda de la cuenta de la entidad financiera en este Banco Central.
  • Mercado secundario: en el anuncio de la subasta se definirá si estos instrumentos se negociarán o no en los ámbitos de BYMA/MAE, y mercados euroclearables. Al igual de que si podrán o no ser utilizadas como colaterales para operaciones de REPO.
El BCRA eliminó las SIRA pero mantuvo un cronograma para los dólares de importación
El BCRA eliminó las SIRA pero mantuvo un cronograma para los dólares de importación

Qué determinó el BCRA sobre las importaciones de ahora en adelante

La Comunicación BCRA "A" 7917 elimina el requisito de contar con una declaración realizada en el "Sistema de Importaciones de la República Argentina" (SIRA) o en el "Sistema de Importaciones de la República Argentina y Pagos de Servicios del Exterior" (SIRASE) en estado de "Salida" para acceder al mercado libre de cambios para el pago de importaciones de bienes o servicios.

Tampoco será necesario convalidar la operación en el sistema informático "Cuenta Corriente Única de Comercio Exterior".

Asimismo, fija un cronograma para incorpora el acceso al mercado libre de cambios sin necesidad de conformidad previa del BCRA, para nuevas importaciones de bienes y servicios.

1. Para el caso general de las mercaderías importadas, operará el siguiente cronograma de acceso al mercado libre de cambios a partir del ingreso aduanero de los bienes:

  • 25% desde los 30 días corridos.
  • 25% desde los 60 días corridos.
  • 25% desde los 90 días corridos.
  • 25% restante, desde los 120 días corridos.

La norma aclara que los fletes y seguros vinculados con la importación de los bienes antes referidos, podrán ser abonados totalmente a partir de la primera fecha que el importador tenga acceso al mercado libre de cambios en virtud del tipo de bien importado.

2. Desde su registro de ingreso aduanero se podrá realizar el pago del valor FOB de algunos hidrocarburos e insumos energéticos. También pago de transporte de pasajeros, viajes, servicios audiovisuales, servicios de gobierno, servicios de salud por empresas de asistencia al viajero, otros servicios de salud, retiros y consumos con tarjeta, y gastos que abonen a las entidades financieras del exterior por su operatoria habitual.

3. Desde los 30 días corridos de su registro de ingreso aduanero se podrá realizar el pago del valor FOB de productos e insumos farmacéuticos; y fertilizantes y/o productos fitosanitarios. También el pago por la prestación de todo servicio no mencionado en el punto anterior y que tampoco califique como "otros servicios personales, culturales y recreativos", siempre que el prestador sea "no vinculado".

4. A los 90 días corridos desde la fecha prestación o devengamiento de "otros servicios personales, culturales y recreativos".

5. Desde los 180 días corridos de su registro de ingreso aduanero se podrá realizar el pago del valor FOB de automotores. También servicios con contraparte "vinculada".

Se requerirá aprobación previa del BCRA para obtener dólares para pagar deuda comercial anterior
Se requerirá aprobación previa del BCRA para obtener dólares para pagar deuda comercial anterior

Cómo será desde ahora la aprobación de los dólares por el BCRA

La Comunicación BCRA "A" 7917 también incorpora un régimen de excepción en los cuales se contará con acceso al mercado libre de cambios para cancelar tales pagos de forma anticipada.

Así por ejemplo, entre tales supuesto, se incorpora el caso de financiaciones de importaciones otorgadas por parte de entidades financieras locales a partir de líneas de crédito del exterior, como así también la liquidación simultánea de fondos por anticipos o prefinanciaciones de exportaciones o endeudamientos financieros con el exterior, cuando se cumplan ciertos recaudos-.

En cuanto al acceso al mercado libre de cambios para el pago de bienes o servicios importados con anterioridad a la presente norma, es decir, bienes con registro de ingreso aduanero o servicios contratados hasta el 12 de diciembre de 2023, como regla general se requerirá la conformidad previa del BCRA.

Asimismo, se aclara que el BCRA implementará un nuevo sistema online en el cual se reportarán y convalidarán todas las operaciones de acceso al mercado libre de cambios para el pago de importaciones de bienes y servicios.