ANÁLISIS

Expertos advierten inconvenientes ante el fisco porteño

El inconveniente surge con un contribuyente que poseía una deuda con el fisco de la ciudad de Buenos Aires y que se acogió años atrás a una moratoria
IMPUESTOS - 05 de Enero, 2024

Parto de una historia real que sucede en estos precisos momentos. Un contribuyente que poseía una deuda con el fisco de la ciudad de Buenos Aires y que se acogió años atrás a una moratoria.

Abonó el saldo total adeudado en un pago fijado por el ente recaudador y se liberó de la deuda conforme la normativa legal que así lo habilitaba.

Durante el transcurso del año anterior, recibe una cédula judicial notificándolo que la propia AGIP le inició una ejecución fiscal por esos períodos abonados, los cuales se encontrarían supuestamente impagos a pesar de que fueron cancelados íntegramente en la moratoria.

Lo antedicho motivó que, mediante la intervención de un abogado, ese contribuyente se presente en el expediente a fin de informar a la justicia que había cancelado en su totalidad la deuda que estaba siendo reclamada.

Cuando la justicia le corre traslado a la AGIP respecto de la documentación que acreditaba el pago total de lo reclamado, su representante manifiesta que a él no le consta que ese contribuyente se haya adherido a la moratoria, desconociendo ese pago total realizado.

A su vez, expuso en nombre de la AGIP que, como ese pago total no se encontraba discriminado por períodos, el mismo no se podría imputar como pago de las posiciones mensuales supuestamente adeudadas, sin perjuicio de existir un comprobante del órgano recaudador que dice textualmente que se liberó la deuda con el Organismo hasta el mes de acogimiento a esa moratoria.

Por lo tanto, la AGIP está desconociendo el pago total realizado oportunamente y obligando al contribuyente a realizar otro adicional, más intereses y costas del proceso, toda vez que así se lo solicita al Juez interviniente.

Como el abogado que le tomó el caso a este contribuyente es extremadamente puntilloso, obsesivo y posee los medios idóneos para hacerse de documentación adicional en tiempo express, conjuntamente con su equipo, originaron un expediente administrativo (el cual corrió por otra vía diferente al juicio iniciado por el Órgano) para que sea el mismo ente recaudador quien informe si esas posiciones que estaban siendo reclamadas judicialmente se encontraban pagas o impagas.

Expertos advierten inconvenientes ante el fisco porteño

La respuesta de la AGIP fue que:

"Debería suspenderse el proceso judicial dado que las posiciones reclamadas se encuentran abonadas".

No contento con ello, el juicio prosigue dado que el representante del fisco a pesar de la existencia de esa documentación expedida por su representada AGIP, el mismo la desconoce en el proceso judicial.

Señores lectores, el contribuyente soy yo.

Mi abogado es el Dr. Tomás Gómez Fernández quien con su equipo técnico de mi firma legal logró que la AGIP reconozca administrativamente el pago, lo cual fue presentado ante la justicia, pero aún no lo reconoce su representante, por lo cual el juicio prosigue.

El expediente es el 396853/2022 que tramita ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nro. 20 Secretaría 39.

Ahora bien:

Nosotros tenemos costo hundido dado que somos abogados y sabemos defendernos ante un atropello institucional como el que estamos padeciendo.

Pero:

¿Qué sucede con los innumerables contribuyentes que se encuentran en idéntica situación y en estado de indefensión?

¿Deberán pagar doblemente lo abonado?

A su vez, deberán contratar asistencia letrada para que los defienda con el costo que ello implica.

Y, por último:

¿Tomaron en cuenta la molestia, la frustración y el enojo que representan estos hechos para el ciudadano que cumplió con la ley?

Entonces, desde esta columna hago un llamado a la autoridad política, en este caso al Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para que, por su intermedio, instruya a al Administrador a fin de que sean empáticos con el contribuyente, que tengan respeto por el que abona sus impuestos, que persigan al verdadero evasor y no a ciudadanos que pagan, a pesar del enorme sacrificio que ello implica.

Reitero, desearía aportar valor con esta columna para que las autoridades, a partir de este caso concreto, revean la metodología que utilizarán de ahora en más para hacernos más fácil la existencia a los sobrevivientes de este país y terminen con los obstáculos, los palos en la rueda y en hacer más difícil la vida a los que somos del sector privado.

Aquí, elevo este ejemplo que puede o no ser tomado en cuenta a futuro.

Si es tomado en cuenta a futuro para cambiar las metodologías imperantes en la actualidad, allí se manifestará el cambio que tanto mencionaron en la campaña y lo cual es nuestro mayor anhelo que se concrete de una vez por todas.

Si persisten en su accionar, será más de lo mismo y la desilusión y decepción cada día se profundizará.

Los privados no somos el último orejón del tarro, sino el motor que necesita la Argentina para salir a flote.

Por lo tanto, mínimamente, lo que exigimos es RESPETO.

Marcelo Echevarría 

Abogado (UBA)- Especialista en Derecho Penal (UB)- Autor e Investigador de Derecho Penal en Argentina y en España- Socio de la Fundación Internacional de Ciencias Penales (España).

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