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Empleada doméstica: en qué casos el Gobierno no pagará más el 50% del sueldo

El anterior Gobierno pagaba una parte del salario a empleadas domésticas si eran registradas formalmente, pero llegó a muy pocos casos y fue discontinuado
15/01/2024 - 09:10hs
Empleada doméstica: en qué casos el Gobierno no pagará más el 50% del sueldo

El Gobierno dejó caer el programa Registradas por el que el Estado pagaba la mitad del salario de las empleadas domésticas blanqueadas por su empleador, el que tuvo un efecto muy limitado en sus más de dos años de vigencia.

El programa Registradas para la registración laboral de las empleadas domésticas venció el 31 de diciembre de 2023 y no será renovado, según pudo confirmar iProfesional con voceros de la AFIP.

En qué consistió el programa Registradas

Con el objetivo de sostener el empleo registrado en el empleo doméstico durante el COVID, cuando la prohibición de circular afectó duramente este sector, el Estado cubría un 50% del salario por seis meses para la empleada o el 80% para beneficiarias del Plan Acompañar; o sea, trabajadoras con discapacidad o con hijos con discapacidad, y personas trans o transgénero.

Como contraprestación, el empleador debía cumplir con el registro en la página de AFIP y transferir el porcentaje del salario restante, pago de aportes y contribuciones y la ART.

Por su parte, el Estado abría una cuenta sueldo gratuita a nombre de la trabajadora en el Banco Nación.

Quiénes empleadas domésticas se beneficiaron

Durante la vigencia del programa Registradas, se registraron unas 34.000 empleadas domésticas con los beneficios de este programa implementado en septiembre de 2021.

En más de dos años, sólo se registrador de manera formal 34.000 empleadas domésticas
En más de dos años, sólo se registrador de manera formal 34.000 empleadas domésticas

El programa era compatible con la Asignación Universal por Hijo, la Asignación Universal por Embarazo, Progresar, Tarjeta Alimentar, Potenciar Trabajo y otros.

"Venció el programa y hoy no se puede anotar nadie. La operadora de la AFIP contestando telefónicamente, sugiere que volvamos a llamar más adelante para saber si se renueva", había publicado antes de la confirmación de AFIP la Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares (UPACP), el sindicato del sector.

Qué dice el DNU desregulador sobre la no registración

El decreto desregulador del presiente Javier Milei estableció un alivio clave para empleadores de trabajadores de casas particulares, ya que derogó las multas de doble indemnización en caso de que no registren la relación laboral.

El marco regulatorio de los trabajadores de casas particulares aplica supletoriamente la Ley de Contrato de Trabajo y, por lo tanto, el cambio general en esta norma que introduce el DNU en materia de multas judiciales también se aplica a las empleadas domésticas, en caso de que se pruebe que no fueron registradas correctamente.

El DNU desregulador eliminó la doble multa judicial por no registración
El DNU desregulador eliminó la doble multa judicial por no registración

El mandato de la Ley de Contrato de Trabajo que fue derogado fue el siguiente:

Agravamiento por ausencia y/o deficiencia en la registración: la indemnización por despido se duplicará cuando se trate de una relación laboral que no estuviera registrada o lo esté de modo deficiente.

De todos modos, la empleadora de una trabajadora doméstica sigue obligada a registrarla y a generar el alta del trabajador en el registro especial que funciona a través de la página de la AFIP, así como de ingresar mensualmente los aportes y contribuciones propios del régimen, cuyos valores varían en función a la cantidad de horas semanales trabajadas.

Tampoco cambian el régimen de licencias especiales, ordinarias y por enfermedad inculpable, ni el derecho a percibir el aguinaldo y las indemnizaciones ante una situación de despido sin causa.