Tributaristas coinciden en pedir más incentivos a las donaciones

El 5% de la ganancia neta del ejercicio es el tope máximo vigente para las deducciones por este concepto, pero los expertos aseguran que deberí­a aumentar
Por iProfesional
IMPUESTOS - 21 de Febrero, 2007

El 5% de la ganancia neta del ejercicio que fija el lí­mite de deducibilidad en Ganancias de las donaciones efectuadas es muy acotado, según expresan los tributaristas consultados por Infobaeprofesional.com. Los expertos apuntan a que se permita el cómputo del monto total de la donación a fin de aliviar la carga fiscal.A tal efecto, la Ley de Impuesto a las Ganancias establece en su artí­culo 81, inciso c), que se permitirán deducir, con tope en el monto antes mencionado, las donaciones dirigidas a:

  • Fiscos nacional, provinciales y municipales.
  • Partidos polí­ticos reconocidos.
  • Instituciones religiosas.
  • Asociaciones sin fines de lucro dedicadas a la asistencia médica, educación e investigación cientí­fica y tecnológica.

VocesGustavo Diez, socio del Estudio Diez apuntó que "al ver que en la entidad a la cual se dona se materializa más rápidamente el bien social buscado, los contribuyentes preferirí­an realizar donaciones que pagar impuestos".Respecto a las organizaciones que pueden receptar la donación, Diez remarcó que "el hecho que figuren los partidos polí­ticos tiene poco que ver con el bien social".A su vez, Carlos Quian, socio del estudio Harteneck, Quian & asociados expresó que "el Estado debe limitarse a controlar que los fondos vayan a entidades benéficas y deberí­a alentar las donaciones a áreas como salud y educación".Consultado sobre el tema, Néstor De Lisio, del estudio Razzetto, Rodrí­guez Córdoba & Asociados expresó que "la reglamentación establece un buen control ya que las entidades que pueden recibir la donación deben estar empadronadas y la transacción debe ser mediante depósito bancario"."Como consecuencia de una buena reglamentación deberí­a admitirse la deducción del monto completo de la donación en la medida que busque el bien público general y respete los controles establecidos", agregó el profesional.

Gustavo Director, socio encargado del Departamento de Impuestos del Estudio PKF Argentina resaltó que "la deducción por donaciones se encuentra sumamente acotada en la legislación nacional". Así­, agregó que "en otros paí­ses, las donaciones efectuadas por particulares sustituyen a los subsidios que debiera otorgar el Estado a estas entidades, por eso se habilita la deducción plena de donaciones", señaló el especialista.

ReglamentaciónEl cómputo de la deducción en Ganancias de las donaciones se encuentra reglamentado por la resolución (AFIP) 684/99.  La norma establece que las donaciones en dinero deberán ser efectuadas mediante depósito bancario a nombre de la entidad beneficiada.A su vez se menciona que se deberá presentar una nota con los datos completos de cada donación y de los donatarios alcanzados.Asimismo, las entidades e instituciones beneficiarias de las donaciones deberán presentar ante la AFIP, durante el mes de abril de cada año, la información relativa a los montos recibidos.Hernán Gilardohgilardo@infobae.com © Infobaeprofesional.com

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