Ya rigen las nuevas pautas de la AFIP para operaciones de granos
Ya entraron en vigencia las nuevas pautas que indica la resolución general (AFIP) 2205 y, a partir de ello, las personas físicas y jurídicas que realicen operaciones de compraventa, prestaciones de servicios e industrialización de granos deben atenerse a las mismas.
Así, el Código de Autorización de Compra (CAC) es obligatorio para la emisión de los formularios involucrados en el comercio de granos. También rigen la nueva solicitud de pedido de cartas de porte, que deberá presentarse por duplicado, y demás formularios.
La medida se enmarca en el plan llevado a cabo conjuntamente por la Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario (ONCCA), junto a la Secretaría de transporte y a la AFIP, que apunta a ajustar los controles con respecto al transporte y comercio de granos.
Se deberá confeccionar una solicitud por cada tipo de carta de porte y por cada formulario C. 1116.En el portal web infocampo.com difundieron la opinión de la Sociedad Gremial de Acopiadores de granos sobre el tema que indica "no se recibirá ninguna solicitud con el formato anterior, ya que no reúne lo exigido por la Resolución 2205 de la AFIP. Hasta que no comience a regir el "CHC" (código de habilitación de compra), las solicitudes deberán tener firma certificada, firmar el titular en ventanilla o abonar con cheque del titular (igual que hasta la fecha)".
Por otra parte, agregaron que la sociedad gremial comenzará a recepcionar solicitudes de compra a partir de mañana viernes 23 de febrero, de 9 a 17 horas.
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Samanta Linaresslinares@infobae.com