• 5/12/2025
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RIGI: las 24 provincias eximieron a los proyectos de la percepción de Ingresos Brutos a las importaciones

Las provincias acordaron eximir a los proyectos del RIGI de la percepción de Ingresos Brutos a las importaciones, y ampararía también a los proveedores
18/03/2025 - 09:50hs
RIGI: las 24 provincias eximieron a los proyectos de la percepción de Ingresos Brutos a las importaciones

La Comisión Arbitral del Convenio Multilateral (COMARB) derogó la percepción en Aduana del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a las importaciones destinadas a proyectos del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI). La norma también aplicaría a los proveedores pymes.

Qué pasa con los proveedores pymes

La Resolución General 6/2025 de la COMARB dispone implementar la no percepción en el Sistema Informático de Recaudación anticipada de Percepciones a las Importaciones (SIRPEI) a la importación a consumo de bienes de capital nuevos, repuestos, partes y componentes destinados al proyecto de inversión del Vehículo de Proyecto Único (VPU).

Si bien la norma precisa que la exención corresponderá a VPU que cuenten con "CUIT especial", fuentes de la COMARB aseguraron que también aplica a los proveedores.

El experto Sergio Caveggia, de EY Argentina, consideró que, "si bien la redacción no es la mejor, la Resolución habla de todos las importaciones amparadas por el artículo 190 de la Ley Bases, y esto incluye a los proveedores".

De esta manera, las provincias adhieran a los beneficios del RIGI, creado por la Ley Bases para inversiones que involucran más de u$s2.000 millones.

Cuáles son las claves de la exención

Gravamen: Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Convenio Multilateral.

Beneficiario: Régimen Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI).

Importaciones: destino a consumo de bienes de capital nuevos, repuestos, partes y componentes.

Sujetos: proyectos de inversión del Vehículo de Proyecto Único (VPU).

Régimen: SIRPEI, exclusión que implica la no percepción de Ingresos Brutos en Aduana.

Requisito: VPU adherido al RIGI con CUIT especial asignada.

Cómo se relaciona la medida con la Ley Bases

La resolución explica que el sistema informático del régimen de percepciones de importaciones (SIRPEI) administrado por la Comisión Arbitral es utilizado por las jurisdicciones para implementar los regímenes de percepción establecidos por cada una de ellas.

Por la Ley Bases se crea el RIGI, a fin de proporcionar incentivos, certidumbre, seguridad jurídica y un sistema eficiente de protección de derechos adquiridos a su amparo a los VPU que, cumpliendo los requisitos previstos en el citado plexo legal, concreten inversiones.

La norma invita a las provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los municipios a adherir al RIGI en todos sus términos y condiciones.

También establece que "las importaciones de bienes de capital nuevos, repuestos, partes, componentes y mercaderías de consumo, así como las importaciones temporarias efectuadas por los VPU adheridos al RIGI, se encontrarán exentas de derechos de importación, de la tasa de estadística y comprobación de destino, y de todo régimen de percepción, recaudación, anticipo o retención de tributos nacionales y/o locales".

Cómo se concretó el beneficio

La Secretaría de Coordinación de Energía y Minería solicita a la COMARB que, como administrador del sistema informático de recaudación anticipada de percepciones a las importaciones (SIRPEI), accione los mecanismos correspondientes para que se proceda a la dispensa de dichas percepciones respecto de las importaciones contempladas en los beneficios fiscales del RIGI.

Puesta dicha solicitud bajo análisis de las jurisdicciones, en la reunión de Comisión Plenaria del día 12 de febrero pasado, por ser ellas quienes en función de su autonomía y poder tributario pueden reglar los aspectos sustanciales de los regímenes de recaudación, las mismas han resuelto no aplicar el SIRPEI a las importaciones del RIGI.

Así, las 24 jurisdicciones instruyeron a la Comisión Arbitral a realizar las adecuaciones al sistema informático y a la normativa que lo regula.

La exención de percepciones se aplicará a proyectos del RIGI a los que ARCA, una vez emitido el acto administrativo aprobatorio de la adhesión al régimen por parte de la Autoridad de Aplicación, otorgue la CUIT especial de los VPU.

Así la COMARB exime de la percepción en Aduana de Impuesto a los Ingresos Brutos sobre las importaciones destinadas a los proyectos del RIGI.

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