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ARCA establece cambios en el régimen de retenciones del IVA para el agro

La Agencia de Recaudación redefine los procedimientos de registración en el SISA y ajusta las reglas para la compensación de retenciones
06/05/2025 - 07:51hs
ARCA establece cambios en el régimen de retenciones del IVA para el agro

La Agencia de Recaudación (ARCA) redefine los procedimientos de registración de plantas en el SISA y ajusta las reglas para la compensación de retenciones en el sector agroindustrial

Puntualmente, ARCA a través de la reciente resolución general 5686, publicada en el Boletín Oficial este martes, introduce importantes modificaciones al régimen del Sistema de Información Simplificado Agrícola "SISA".

La normativa, que entró en vigencia este 6 de mayo, busca optimizar la gestión de la información y fortalecer los controles, especialmente en lo referente a las plantas de acopio, procesamiento e industrialización de granos y sus derivados.

La resolución dispuso la reglamentación detallada de los procedimientos para la registración de plantas dentro del SISA. En adelante, aquellos contribuyentes cuya actividad requiera el uso de estas instalaciones deberán informar las mismas de manera explícita al sistema, a través del módulo 'Planta'.

El SISA facilitará la visualización de las plantas ya habilitadas y vigentes en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial "RUCA" al 5 de mayo de 2025. Cualquier modificación o baja de estas plantas deberá gestionarse siguiendo los nuevos lineamientos establecidos.

Desde Errepar señalan que la aprobación, o el rechazo, de la registración de una nueva planta estará ahora supeditada a la decisión de la autoridad competente en un plazo de 45 días corridos desde la solicitud.

Asimismo, cualquier novedad que afecte a una planta registrada deberá ser comunicada dentro de los 10 días corridos de ocurrida, quedando su resolución sujeta al mismo procedimiento y plazos.

En cuanto a la baja de plantas, la resolución general 5686 establece que podrá ser realizada por el contribuyente sin necesidad de intervención de la Secretaría de Agricultura, aunque se deberá solicitar la baja también en caso de modificación de la actividad en la planta.

La reactivación de una planta dada de baja o inhabilitada solo será posible si no se requiere modificar la información previamente registrada, y estará sujeta a la consideración de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca.

ARCA: cambios en el régimen de retenciones de IVA

La normativa también introduce ajustes en el régimen de retenciones del impuesto al valor agregado para los agentes de retención que posean una o más plantas activas en el SISA, así como para los Mercados de Cereales a Término.

Estos sujetos deberán ingresar el importe de las retenciones practicadas mensualmente hasta el día de vencimiento fijado por la ARCA. Adicionalmente, se establecen precisiones para los exportadores en relación con la compensación de las retenciones sufridas con el IVA facturado por el cual se solicite acreditación, devolución o transferencia.

Finalmente, la resolución actualiza el Anexo II del SISA, incorporando como causal de estado 'INACTIVO' la inhabilitación realizada por la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, lo que subraya la importancia de la coordinación entre ambos organismos en el control del sector.

¿Qué es el SISA ARCA?

El sistema de información simplificado agrícola tiene como objetivo la unificación de registros y regímenes informativos (SENASA – INASE –ARCA), la simplificación de los trámites y carga de datos (incluye migración de información preexistente en los diversos Organismos), la sistematización, calificación objetiva y el mantenimiento de la capacidad de control fiscal. Es un sistema que reemplaza a los anteriores registros y regímenes informativos vinculados a la actividad de producción y comercialización de granos y semillas en proceso de certificación (cereales y oleaginosas) y legumbres secas que se detallan a continuación:

  • RFOG – Registro de Operadores de Granos (ARCA)
  • PPGM – Padrón de Productores de Granos Monotributistas (ARCA)
  • TIRE – Registro de Tierras Rurales (ARCA)
  • RENSPA Agrícola (SENASA)
  • Declaración Jurada de Siembra y Origen de Semillas" y "Declaración Jurada de Producción y Reserva de Semillas" (INASE)
  • Régimen Informativo de Capacidad Productiva y Producción" - 1 DDJJ Existencias, 2 DDJJ Superficie, 2 DDJJ Producción- (ARCA)
  • Declaración Jurada de Producción de Granos anual" (SENASA)
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