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Jubilados: PAMI deberá cubrir el 100% de los medicamento por una medida cautelar

El PAMI deberá otorgar cobertura del 100% de los medicamentos a los jubilados de Córdoba, mediante una medida cautelar que ya benefició a Mendoza
29/05/2025 - 08:22hs
Jubilados: PAMI deberá cubrir el 100% de los medicamento por una medida cautelar

La Justicia determinó que el PAMI debe cubrer el 100% de los medicamentos esenciales a todos los jubilados de la provincia de Córdoba, en el marco de una causa que ya había beneficiado a los jubilados de Mendoza.

El juez Pablo Quirós, del juzgado federal 2 de Mendoza, ordenó al PAMI garantizar la cobertura total de medicamentos esenciales en Córdoba, mediante una medida cautelar dictada en el marco de un juicio colectivo, indican Rodrigo Solá Torino y Martín Guala, del estudio Marval, O’Farrell & Mairal.

La medida cautelar contra las medidas del gobierno de Javier Milei sobre los remedios de los jubilados debió empezar a cumplirse desde el pasado jueves 22, y según trascendió, el PAMI se allanaría al fallo. La apelación no suspende el efecto de la medida cautelar

Este fallo del juez Quirós llega a raíz de que el reclamo de la Mesa de Trabajo por los Derechos Humanos de Córdoba, y es parte de lo que desencadena la medida cautelar contra el PAMI.

La presentación de la ONG fue agregada a un expediente que ya estaba en el juzgado mendocino y en el que Quirós había otorgado en febrero pasado una medida cautelar similar para los jubilados de Mendoza. Estas dos presentaciones no son las únicas en el mismo trámite.

Cómo es el fallo a favor de los jubilados del PAMI

El fallo de Córdoba se agregó a la causa "Asociación de jubilados y pensionados de Mendoza (Jubypen)" que el juez Quirós resolvió con una medida cautelar el pasado 14 de febrero, explican Solá Torino y Guala, y precisan:

En el caso Jubypen, la Asociación de Jubilados y Pensionados de Mendoza promovió acción de amparo colectivo contra el PAMI, cuestionando las resoluciones 2431/2024 y 2537/2024 que modificaban el programa "Vivir Mejor" y restringían el acceso a medicamentos gratuitos al 100% para afiliados.

La ONG solicitó, además, medida cautelar de no innovar para suspender dichas modificaciones en la provincia de Mendoza.

El amparo de Córdoba fue iniciado por la Mesa de Trabajo por los Derechos Humanos de Córdoba, y es parte de lo que desencadena la medida cautelar. Este fue acumulado o unificado (como dice el propio texto) con otros trámites en marzo, y todos pasaron a tramitar bajo el expediente FMZ 27196/2024, en Mendoza.

Por eso, el juez federal Quirós termina resolviendo la medida cautelar que beneficia también a los afiliados de Córdoba.

Qué normas del PAMI se cuestionan

Solá Torino y Guala consideran que los cambios introducidos por el PAMI cuestionadas son las siguientes:

Básicamente, las Resoluciones 2431 y 2537/2024 lo que hicieron fue modificar la Resolución 12/20 (todas ellas de PAMI), estableciendo requisitos adicionales para acceder al programa "Vivir Mejor", que otorga 100% de cobertura de medicamento para afiliados de la obra social de los jubilados.

En el esquema original, solo se requería receta de profesional médico. Las nuevas resoluciones incluyeron otros requisitos adicionales, vinculados a ingresos, cobertura médica, capacidad económica, entre otros. Por ejemplo, no contar con una prepaga, tener ingresos menores a 1,5 haberes mínimos (3 si hay conviviente con CUD) o no tener más de un inmueble.

El trámite para acreditar que se cumplen los requisitos queda a cargo del beneficiario.

Cómo fue planteado el caso por la ONG

Solá Torino y Guala describen el caso en discusión, tal como lo plantea la ONG como sigue:

  • Se exige a los beneficiarios realizar trámites presenciales o virtuales, presentar documentación, acreditar ingresos y situación patrimonial, pese a que toda esa información está ya en poder del Estado, a través de ARCA, ANSES y Superintendencia de Salud.
  • Se considera irrazonable y desproporcionado imponer esas cargas burocráticas a un colectivo vulnerable que además se encuentra bajo tratamiento médico.
  • Se destaca que la reforma del programa implicaba interrupciones inmediatas de tratamientos, lo que podría afectar la integridad física e incluso la vida de los jubilados.

Qué resuelve el juez de Mendoza

El juez hace lugar a la medida cautelar y ordena suspender en Mendoza la aplicación de las resoluciones 2431/2024 y 2537/2024 del PAMI, describen Solá Torino y Guala, y puntualizan:

  • Una medida cautelar no es una sentencia definitiva. Es una decisión urgente y provisoria que toma un juez para evitar un daño mientras se resuelve un juicio.
  • Para decidir en este fallo, se sostiene que se cumplen todos los requisitos formales y de fondo para la procedencia de la medida:
  • El derecho a la salud está protegido por normativa nacional e internacional.
  • La interrupción o demora, o la espera hasta una sentencia definitiva, puede causar un daño irreparable.

Los fallos del juez federal Quirós para Mendoza y Córdoba otorgan una medida cautelar a todos los jubilados de esas provincias para que puedan acceder de manera inmediata a la cobertura del 100% de los medicamentos por parte del PAMI.

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