Cambios en ARCA: los contadores opinan si son el fin del "gran hermano fiscal" o una apuesta arriesgada
Con una batería de nuevas normativas, ARCA busca dejar atrás el modelo de control total y avanzar hacia una relación de confianza con los contribuyentes. Los contadores dicen que esto pone tensión entre el "gran hermano fiscal" que regía hasta ahora y la libertad contributiva, y se preguntan si es un cambio de época o una apuesta arriesgada.
Asimismo, la Ley de Procedimiento Fiscal aplica para la relación del fisco con los contribuyentes en principio de "realidad económica" que mira con lupa las declaraciones juradas de los contribuyentes y pone en ellos la carga de la prueba, al no tomar en cuenta el "estado de inocencia".
"Al reducir la complejidad de algunas declaraciones juradas, el Estado propone, al menos en teoría, dar un paso atrás en su rol de "gran hermano" tributario —una imagen que, por momentos, parecía salida directamente de la célebre película 1984", afirma Mariano Caminos, gerente de Global Mobility Services-Impuestos & Legales de KPMG Argentina.
"Al contribuyente se le aplicará el "estado de inocencia", como sucede en materia penal, y el ARCA deberá, en todo caso, demostrar el actuar incorrecto del contribuyente. Esto significa adoptar el criterio de fraude de ley, en lugar del desplazamiento típico del principio de realidad económica, el que fue inveteradamente usado a favor del fisco", explica Daniel Pérez, del estudio Pérez & Fiocco.
El fin del "Gran Hermano" tributario
En los últimos días, el Poder Ejecutivo y ARCA avanzaron con una serie de medidas orientadas a flexibilizar el sistema de control tributario, que impactan tanto en las operaciones de los sujetos obligados (como bancos, inmobiliarias o aseguradoras) como en la experiencia de los contribuyentes, afirma Caminos.
El gobierno apunta a lograr más eficiencia en los controles, limitando sus esfuerzos en el universo de los "11.000 CUIT que representan el 70% de la recaudación", según el Ministerio de Economía, recuerda el experto.
"Más allá de la coyuntura, este movimiento normativo podría estar sentando las bases para una próxima reforma fiscal integral. De hecho, ya se anticipa el envío de un proyecto de ley que buscaría consolidar estos avances y darle mayor seguridad jurídica al contribuyente", sostiene.
"Si la simplificación llega con reglas claras y estabilidad normativa, no solo se ganará en eficiencia: también en confianza. ¿Será este el primer paso hacia un sistema tributario más simple y confiable, o un mayor espacio para la economía informal que podría crecer en un ambiente de menores controles o solo enfocados en grandes movimientos?", se pregunta.
"Respecto a las nuevas normas de ARCA, se enfocaron en la derogación o modificación de umbrales de regímenes de información que implicaban una elevada carga administrativa para quienes actuaban como agentes de información (bancos, comercios, escribanos, entre otros)", enumera.
"Estos cambios, en parte celebrados, también despiertan dudas sobre su impacto en la capacidad de fiscalización del Estado. El objetivo apunta a desburocratizar procesos sin comprometer la recaudación y, al mismo tiempo, evitar que la flexibilización sea aprovechada por actividades ilícitas o economías informales", remarca.
"En este contexto, se espera un rol activo de la UIF, que junto con los reportes de operaciones inusuales o sospechosas (conocidos como ROS) por parte de entidades financieras y otros sujetos obligados, se volverán herramientas claves para este control", advierte.
Qué se espera en la aplicación de realidad económica
"Tal vez, lo más trascendente sea un cambio de paradigmas. Tanto el Ministro de Economía como el titular de ARCA, expresaron que se cambia un criterio fundamental. Al contribuyente se le aplicará el "estado de inocencia", como sucede en materia penal y el organismo deberá –en todo caso- demostrar el actuar incorrecto del contribuyente", dice Pérez.
"Esto significa adoptar el criterio de fraude de ley, en lugar del desplazamiento típico del principio de realidad económica, el que fue inveteradamente usado a favor del fisco", subraya.
"En la Ley de Procedimiento Fiscal, se encuentran los dos institutos que rigen y modelan el derecho tributario; por un lado, la interpretación de la norma tributaria y por el otro el principio de realidad económica que, se basa en que para determinar la verdadera naturaleza del hecho imponible se atiende a los actos, situaciones y relaciones económicas que efectivamente realicen, persigan o establezcan los contribuyentes", precisa Pérez.
"La ley sigue diciendo que cuando estos sometan esos actos, situaciones o relaciones a formas o estructuras jurídicas que no sean manifiestamente las que el derecho privado ofrezca o autorice para configurar adecuadamente la cabal intención económica y efectiva de los contribuyentes se considerará la situación económica real", apunta.
"Esto se llama comúnmente "correr el velo" e interpretar directamente que el negocio jurídico seguido por las partes puede ser catalogado como en contra del principio: o sea, siempre el contribuyente es culpable y debe demostrar su inocencia o su correcto accionar", enfatiza.
"Que esto cambie es sustancial en la relación jurídica tributaria. A partir del momento que se genere el cambio, deberá modificarse la Ley de Procedimiento Tributario para orientarse al principio del "fraude de ley" y supera un problema muy concreto en la relación jurídica", concluye.