• 5/12/2025
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ARCA confirmó que no habrá prórroga para las DDJJ anuales de Ganancias y Bienes Personales

ARCA confirmó que el 23 de junio vence el plazo para la presentación de las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales del período fiscal 2024
Por HG
20/06/2025 - 08:40hs
ARCA confirmó que no habrá prórroga para las DDJJ anuales de Ganancias y Bienes Personales

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) confirmó que el próximo lunes 23 de junio vence el plazo para la presentación de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales del período fiscal 2024.

Mediante una publicación en su cuenta oficial de X, ARCA recordó a los contribuyentes que el plazo para la presentación de la declaración jurada determinativa opera el lunes 23. El mensaje ratifica que, al día de la fecha, no habrá una prórroga adicional para este vencimiento clave del calendario fiscal argentino.

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ARCA confirmó que no habrá prórroga para las DDJJ anuales de Ganancias y Bienes Personales

Cabe destacar que el plazo para el pago del saldo resultante de las declaraciones vence el martes 24 de junio, de acuerdo a la Resolución General (ARCA) 5702/2025, que estableció una prórroga excepcional a fines de mayo.

"El tuit publicado por ARCA funciona como una señal oficial clara de que no habrá nuevos movimientos en el calendario fiscal de este mes. De esta forma, los profesionales y contribuyentes deberán presentar sus declaraciones y realizar los pagos dentro de los plazos ya previstos", señala Marcos Felice desde el Blog del Contador.

"Como manifestamos públicamente a través de nuestras redes, los últimos años han dejado en claro que los vencimientos de las declaraciones juradas anuales deberían pasar al mes de julio, permitiendo preparar y presentar los formularios sin estar sometidos a la presión de vencimientos apretados ni a la incertidumbre de prórrogas de último momento", agregó Felice.

"Naturalmente, para que este cambio sea viable, ARCA deberá habilitar los aplicativos de liquidación con antelación suficiente, idealmente desde comienzos o mediados de marzo. Confiamos en que las autoridades tomen nota de esta necesidad que compartimos con la gran mayoría de los profesionales dedicados a la liquidación de impuestos, concluyó.

Una prórroga previa, pero acotada

La actual fecha límite del 23 de junio fue establecida mediante la Resolución General (ARCA) 5702/2025, publicada a fines de mayo. Esta resolución otorgó una prórroga excepcional respecto de los vencimientos originalmente previstos para los días 11, 12 y 13 de junio según terminación de CUIT, tras el reclamo de entidades profesionales.

Si bien la medida fue bienvenida por los contadores, fue ampliamente criticada por su escasa utilidad práctica: debido a los feriados del 17 y 20 de junio, el alivio real terminó siendo de entre 3 y 5 días hábiles.

Además, en muchos casos las tareas se vieron duplicadas por las dificultades que representa el uso de los aplicativos web para la confección de las declaraciones juradas.

ARCA: nuevo plan de pagos

Por otra parte, ARCA oficializó un nuevo plan de pagos para las personas humanas, sucesiones indivisas, micro, pequeñas y medianas empresas (tramos 1 y 2), entidades sin fines de lucro, empresas del sector salud y el resto de los contribuyentes.

Lo hizo a través de la Resolución General 5711/2025 publicada en el Boletín Oficial.

En el flamante plan de pagos se podrán regularizar deudas impositivas, de la Seguridad social, retenciones y percepciones y tributos aduaneros, incluyendo multas, vencidos al 30 de abril de 2025.

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