No pagan Impuesto sobre Bienes Personales en 2025 y deben darse de baja con este paso a paso
El primer anticipo del Impuesto sobre los Bienes Personales del año 2025 vence desde este martes 13 y hasta el 18, según el CUIT. Sin embargo, quienes no llegaron al mínimo no imponible durante el período 2024, a raíz de la actualización automática de los parámetros, pueden pedir la baja en lugar de pagarlo.
Este es el mecanismo y los plazos que brinda el Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño (CPCECABA) para obtener la baja automática en Bienes Personales y no pagar los anticipos ni el saldo en junio de 2025, cuando vence la liquidación anual.
Quiénes pueden solicitar la baja de Bienes Personales
Quienes no se encuentren obligados a la presentación de la Declaración Jurada determinativa correspondiente al período fiscal 2025, podrán tramitar la baja del impuesto siempre que la soliciten hasta el 31/12/2025.
Para ello, el CPCECABA detalla los pasos a seguir para formalizarla como sigue:
Los contribuyentes y responsables del impuesto sobre los Bienes Personales tienen la obligación de presentar la declaración jurada determinativa e ingresar el saldo correspondiente, en los siguientes casos:
- Se encuentran inscriptos en el impuesto.
- Cuando, aun no estando inscriptos, deban liquidarlo por verificarse alguna de las condiciones de gravabilidad, independientemente de haber solicitado el alta con anterioridad al vencimiento previsto para la obligación.
En virtud del mecanismo de ajuste automático previsto la ley, el mínimo no imponible aplicable al período fiscal 2024 se elevó a $292.994.964,89.
En el caso de inmuebles destinados a casa habitación del contribuyente o del causante en el supuesto de sucesiones indivisas, estarán exentos del gravamen cuando su valor resulte igual o inferior a $1.025.482.377,13.
Como resultado de esta actualización, algunos contribuyentes podrían no determinar impuesto en el período fiscal 2024.
En esos casos, los sujetos que no se encuentren obligados a la presentación de la declaración jurada determinativa correspondiente al período fiscal 2025 y podrán tramitar la baja siempre que se solicite hasta el 31/12/2025.
Cuáles son los pasos a seguir para la baja en el impuesto
A continuación, se detallan los pasos a seguir para formalizar la baja en el Impuesto sobre los Bienes Personales a través de la página web de ARCA:
- Presentar la declaración jurada del periodo 2024 donde no se supere el mínimo no imponible.
- Solicitar la baja al 31/12/2024, para lo cual hay que:
1. Ingresar con clave fiscal al servicio "Sistema Registral" y en la pantalla principal del sistema deberá seleccionar "Registro Tributario".
2. Seleccionar "F 420/T Baja de Impuestos/Regímenes".
3. El sistema mostrará un desplegable donde se deberá seleccionar el motivo de baja y la fecha en la que se produjo.
De esta manera, quien no llegue al mínimo para quedar gravado en el Impuesto sobre los Bienes Personales por el período 2024 podrá darse de baja en la página de ARCA.