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Impuesto a las Ganancias: quiénes cobrarán una diferencia con la liquidación anual de abril 2026

Las claves para quienes cobrarán una diferencia en el Impuesto a las Ganancias con la liquidación final que realizará el empleador en abril de 2026
Por Dolores Olveira
IMPUESTOS - 18 de Agosto, 2025

El sueldo mínimo para pagar Impuesto a las Ganancias con la tabla anual es inferior al que resulta de la tabla para las retenciones mensuales del segundo semestre de 2025. Por este motivo, quienes hayan sido retenidos por encima de los mínimos correspondientes a todo el año cobrarán una diferencia por lo retenido en exceso, la que se recibirá con la liquidación final de abril de 2026.

Los mínimos para las retenciones mensuales de Impuesto a las Ganancias de julio a diciembre 2025 son $2.329.000 de sueldo bruto y $1.933.000 de bolsillo para solteros, y de $3.089.000 de salario bruto y $$2.564.000 de ingreso neto para casados con 2 hijos.

En tanto, el piso para el cierre anual que se liquida en abril 2026 es $$2.624.850 de sueldo bruto y de $2.178.620 de ingreso neto para solteros, y $3.464.730 de salario bruto y $2.889.200 de bolsillo para casados con 2 hijos.

Los salarios que estén entre estos dos mínimos, tendrán devolución de Impuesto a las Ganancias en abril de 2026, debido a que les habrán retenido de más en el recibo de sueldo de cada mes entre julio y diciembre de este año.

Claves para quienes cobrarán una diferencia en Impuesto a las Ganancias

Las 8 claves principales para entender el cobro de la devolución del Impuesto a las Ganancias en abril de 2026 son las siguientes:

Diferencia de tablas: El retroactivo surge de la diferencia entre la tabla de retenciones de Impuesto a las Ganancias aplicada durante el segundo semestre de 2025 y la tabla anual definitiva de 2025, por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que publica el INDEC

Tabla anual definitiva: la tabla anual para el período fiscal 2025 fue publicada en julio 2025. Los valores de las deducciones personales y los tramos de la escala del impuesto ya son definitivos para todo el año. Este ajuste es el que genera la diferencia a favor del trabajador.

Fecha de cobro: el pago del retroactivo se realizará en abril de 2026, coincidiendo con la liquidación anual definitiva del Impuesto a las Ganancias que realizan los empleadores.

Liquidación final: el retroactivo se sumará al sueldo de abril de 2026, y el empleador lo liquidará de manera automática. No es necesario que el trabajador realice un trámite adicional para recibirlo.

Período de cálculo: el retroactivo corresponderá a los meses de julio a diciembre de 2025, ya que es en ese período donde se aplicó una tabla de retenciones provisional que tiene cobros superiores a los anuales en el Impuesto a las Ganancias.

Liquidación automática: el cobro es un proceso automático. El empleador, al realizar la liquidación anual, calcula el impuesto total del año y lo compara con lo retenido mes a mes. Si la diferencia es a favor del trabajador, se le devuelve en el sueldo de abril de 2026

Beneficiarios: el cobro lo recibirán todos los empleados en relación de dependencia, por sus ingresos y deducciones, hayan tenido retenciones superiores a las que correspondían según la tabla definitiva de 2025.

Importancia del SIRADIG: la correcta carga de deducciones en el SIRADIG es fundamental para maximizar el monto del retroactivo. Las deducciones que no se informen de forma mensual o anual no se tendrán en cuenta en la liquidación.

Para qué sueldos habrá el pago de una diferencia

Tomando el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de junio, el índice de actualización de Impuesto a las Ganancias para enero-junio de 2025 es del 15,10%.

Así, los mínimos del Impuesto a las Ganancias mensuales para el segundo semestre de 2025, según las cargas de familia, son los siguientes:

Solteros: ingreso bruto $2.329.750 y sueldo neto $1.933.690.

Solteros 1 hijo: salario bruto $2.520.530 e ingreso de bolsillo $2.092.040.

Solteros 2 hijos: sueldo bruto $2.711.310 y salario neto $2.250.380.

Casado: ingreso bruto $2.708.050 y salario de bolsillo $2.247.680.

Casado 1 hijo: sueldo bruto $2.898.830 e ingreso neto $2.406.030.

Casado 2 hijos: ingreso bruto $3.089.610 y salario neto $2.564.380.

Estos valores se basan en una estimación promedio que incluye la parte proporcional del aguinaldo. No se consideraron otras deducciones en estos cálculos. Se tomó un promedio de retenciones del 17%.

Cómo queda el piso de Ganancias anual

Para el cierre anual final del período fiscal 2025, que se liquida en abril de 2026, quienes tributarán el impuesto según las cargas de familia, son los siguientes:

Solteros: ingreso bruto $2.624.850 y salario de bolsillo $2.178.620.

Solteros 1 hijo: sueldo bruto $2.839.790 e ingreso neto $2.357.030.

Solteros 2 hijos: ingreso bruto $3.054.740 y sueldo de bolsillo $2.535.430.

Casado: salario bruto $3.051.070 e ingreso neto $2.532.390.

Casado 1 hijo: sueldo bruto $3.266.010 y salario neto $2.710.790.

Casado 2 hijos: ingreso bruto $3.464.730 y sueldo de bolsillo $2.889.200.

Al igual que los valores mensuales, estos montos anuales también surgen de una estimación promedio que incluye el proporcional del aguinaldo, no consideran otras deducciones y asumen un promedio de retenciones del 17%.

Los sueldos que caigan entre los dos mínimos, el que rige para las retenciones mensuales de Impuesto a las Ganancias y para el cierre anual, tendrán una devolución en la liquidación de abril de 2026.

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