Cuándo realizar la recategorización del Régimen Simplificado de Ingresos Brutos en CABA
La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece que los contribuyentes del Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (RSIB) deben realizar la recategorización semestral hasta el próximo 31 de agosto. Este trámite es fundamental para evitar sanciones.
La ciudad de Buenos Aires no adhiere al Monotributo unificado que rige en muchas provincias y que hace que los vencimientos recaigan en esas jurisdicciones junto con los de AFIP.
Quiénes deben recategorizarse en el Monotributo porteño
El Régimen Simplificado de Ingresos Brutos es un sistema tributario diseñado para simplificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los pequeños contribuyentes en la Ciudad de Buenos Aires.
Al igual que el Monotributo nacional, unifica el pago del impuesto en una cuota fija, en este caso, bimestral. Así reempleza la presentación de declaraciones juradas mensuales.
Para determinar la categoría a la que pertenece cada contribuyente, se toman en cuenta parámetros como los ingresos brutos obtenidos, la superficie afectada y el consumo de energía eléctrica.
La recategorización es un trámite obligatorio para todos los contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado que hayan experimentado cambios en sus parámetros de encuadre durante el semestre calendario anterior: del 1 de enero al 30 de junio de 2025.
Esto implica que quienes hayan modificado su facturación, la superficie de su local o el consumo de energía eléctrica, deben revisar su situación y, si corresponde, cambiar de categoría.
No tienen la obligación de recategorizarse aquellos contribuyentes que se mantengan en la misma categoría o que tengan una antigüedad en el régimen inferior a un semestre calendario completo.
La recategorización se realiza de manera semestral, en los meses de febrero y agosto.
Cómo se realiza el trámite
El proceso de recategorización se lleva a cabo de forma completamente online a través de la página web de la AGIP. Para ello, los contribuyentes deben ingresar con su CUIT y Clave Ciudad.
Una vez dentro del servicio de Ingresos Brutos, se debe seleccionar la opción correspondiente a la recategorización del Régimen Simplificado y completar los datos con la información actualizada.
El sistema mostrará la nueva categoría resultante y el importe de la cuota bimestral a pagar.
Nuevas categorías y cuotas a partir de julio de 2024
Los nuevos valores establecidos para el Régimen Simplificado de CABA entraron en vigencia el 1 de julio de 2024. La recategorización de agosto se realiza en base a estos parámetros:
Categoría A: Ingresos hasta $6.450.000. La Cuota Bimestral es de $32.250.
Categoría B: Ingresos Brutos hasta $9.450.000. La Cuota Bimestral es de $47.250.
Categoría C: Ingresos Brutos hasta $13.250.000. La Cuota Bimestral es de $66.250.
Categoría D: Ingresos Brutos hasta $16.450.000. La Cuota Bimestral es de $82.250.
Categoría E: Ingresos Brutos hasta $19.350.000. La Cuota Bimestral es de $96.750.
Categoría F: Ingresos Brutos hasta $24.250.000. La Cuota Bimestral es de $121.250.
Categoría G: Ingresos Brutos hasta $29.000.000. La Cuota Bimestral es de $145.000.
Categoría H: Ingresos Brutos hasta $44.000.000. La Cuota Bimestral es de $220.000.
Categoría I: Ingresos Brutos hasta $49.250.000. La Cuota Bimestral es de $246.250.
Categoría J: Ingresos Brutos hasta $56.400.000. La Cuota Bimestral es de $282.000.
Categoría K: Ingresos Brutos hasta $68.000.000. La Cuota Bimestral es de $340.000.
Estos nuevos valores rigen a partir del 1 de julio de 2024, según la Resolución AGIP 291/2024.
Una vez finalizado el trámite de recategorización en agosto, el nuevo importe de la cuota bimestral del Monotributo porteño deberá ser abonado a partir del mes de septiembre. Es importante tener en cuenta que el pago de la cuota correspondiente a la nueva categoría debe realizarse en las fechas de vencimiento establecidas por la AGIP.