Golpe a Mercado Pago: las billeteras digitales deberán retener Ingresos Brutos en la provincia de Buenos Aires
ARBA estableció un régimen de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que alcanzará a las acreditaciones efectuadas en billeteras digitales y cuentas de pago. Se trata de un golpe para los usuarios de apps como Mercado Pago u otras fintech. Los profesionales universitarios son los que tendrán la alícuota de retención más alta.
Entre las actividades comprendidas, se definen alícuotas de la retención específica para sectores como la construcción (0,1%), el transporte de pasajeros y cargas (0,5%), las profesiones liberales (0,8%), los rematadores y comisionistas (0,01%), la producción primaria e industrial (0,3%), y un tratamiento particular para entidades financieras y de seguros, que estarán eximidos.
Cómo se afectan las billeteras de profesionales
La creación del régimen de recaudación tiene importantes consecuencias para los profesionales universitarios, especialmente para aquellos que realizan cobros a través de billeteras virtuales y plataformas digitales.
La principal es que los profesionales que están inscriptos en el Impuesto a los Ingresos Brutos (ya sea de forma local o a través del Convenio Multilateral) verán retenciones automáticas sobre el dinero que reciben en sus billeteras virtuales.
Estas retenciones se aplican sobre las acreditaciones de fondos, y su porcentaje varía según la situación fiscal del contribuyente.
Esto significa que se retiene un porcentaje de los ingresos: Los montos que un profesional recibe por sus servicios en plataformas como Mercado Pago o Ualá tendrán un porcentaje descontado de forma automática por concepto de Ingresos Brutos.
Si la suma de estas retenciones supera el monto del impuesto que debe pagar el profesional, se generará un saldo a favor. En algunos casos, puede ser difícil recuperar estos fondos si son excesivos.
La retención se hará mediante el sistema unificado entre las provincias conocido como SIRCUPA, que permite a las agencias de recaudación como ARBA tener un control más exhaustivo sobre los ingresos de los contribuyentes, lo que facilita la identificación de aquellos que no están debidamente inscriptos o que subdeclaran sus ingresos.
Cómo se realizará la retención en billeteras digitales
El nuevo esquema alcanza a contribuyentes locales y de Convenio Multilateral, incorpora a los PSP como agentes de recaudación y establece alícuotas diferenciadas. Las retenciones tendrán carácter de pago a cuenta y serán computables en las declaraciones juradas, indica el Blog del Contador.
El nuevo esquema obliga a los Proveedores de Servicios de Pago (PSP) a actuar como agentes de recaudación. De esta manera, se incorpora a las billeteras virtuales al mismo sistema que ya rige para las entidades financieras tradicionales.
El régimen se aplicará desde el 1 de octubre de 2025 para los PSP que ya fueron designados en otras jurisdicciones y figuren en el listado oficial de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral. Para el resto de los prestadores, la obligación comenzará a regir el 1 de noviembre de 2025.
El alcance incluye tanto a contribuyentes locales como a aquellos sujetos al Convenio Multilateral, quienes serán incorporados en un padrón administrado por la Comisión Arbitral. La recaudación se practicará al momento de la acreditación de fondos y con la alícuota asignada según la actividad.
Qué es el SIRCUPA y cómo funciona
El SIRCUPA es un sistema creado por la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral para que las provincias adheridas puedan recaudar el Impuesto sobre los Ingresos Brutos sobre las transacciones realizadas en cuentas de pago digitales.
La Comisión Arbitral elabora y actualiza mensualmente un padrón de contribuyentes que están sujetos a retención. Este padrón se distribuye a los Proveedores de Servicios de Pago (PSP), como Mercado Pago, Ualá, Lemon, entre otros.
Cuando un contribuyente que figura en el padrón recibe un pago o una acreditación de dinero en su billetera virtual, el PSP actúa como agente de retención.
El PSP aplica una alícuota de retención que varía según la categoría del contribuyente (que va desde 0,01% hasta 5%) y la jurisdicción a la que pertenece.
El dinero retenido es transferido por el PSP a las agencias de recaudación provinciales, como ARBA.
El profesional debe computar el monto de las retenciones sufridas como un pago a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que debe declarar.
En esencia, la nueva medida de ARBA extiende el control fiscal de las transacciones bancarias tradicionales a las billeteras virtuales, asegurando que las actividades comerciales que se realizan a través de estas plataformas tributen de manera adecuada y afectando a los profesionales universitarios con la alícuota más alta.