Jubilados y pensionados: cómo designar un apoderado para trámites y cobro de haberes en ANSES
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) ofrece la posibilidad de que jubilados y pensionados nombren a un apoderado que los represente tanto en la realización de trámites como en el cobro de haberes. El procedimiento requiere tener los datos personales y familiares actualizados en mi ANSES y solicitar un turno para presentarse en la oficina más cercana con el DNI correspondiente.
Quiénes pueden cobrar en nombre del beneficiario de ANSES
La normativa contempla un abanico amplio de familiares directos y cercanos que pueden asumir ese rol. Entre ellos se encuentran: cónyuge, conviviente previsional, madre o padre, abuelos y bisabuelos, hijos, nietos, bisnietos, tíos, primos, hermanos, sobrinos, yernos, nueras, padrastros, madrastras, suegros, hijastros y cuñados.
También puede nombrarse un tutor o curador, así como un representante especial en situaciones donde la persona no pueda movilizarse por razones de salud o discapacidad. Asimismo, abogados y gestores registrados en ANSES pueden ser autorizados para actuar en nombre del beneficiario. En casos específicos, se aceptan representantes diplomáticos o consulares para quienes residen en el exterior.
Bancos, entidades y abogados: cómo cobrar una jubilación por apoderado
El beneficiario puede optar por designar no solo a un familiar, sino también a distintas entidades o profesionales para que perciban la prestación en su nombre. Las opciones incluyen:
- Entidades públicas nacionales, provinciales o municipales.
- Mutualidades e instituciones de asistencia social.
- Directores o administradores de hospitales, sanatorios, asilos o instituciones similares, cuando la persona se encuentra internada.
- Abogados y procuradores con poder certificado por escribano.
En el caso de quienes viven fuera del país, el cobro puede realizarse a través de bancos con la modalidad de "giro al exterior". Algunas de las entidades habilitadas son:
- Banco de la Nación Argentina
- Banco Ciudad
- Banco Patagonia
- Banco Credicoop
- Banco Piano
- Banco Comafi
- Banco Macro
Papeles en regla: lo que exige ANSES para nombrar un apoderado
El apoderado debe ser mayor de 18 años, salvo que esté legalmente emancipado. Para cada situación se solicita documentación específica:
- Familiar: DNI y certificado que acredite el vínculo.
- Conviviente previsional: constancia de relación registrada en ANSES.
- Tutor o curador: sentencia judicial original y copia que acredite el nombramiento.
- Abogado: credencial profesional vigente.
- Banco: Carta Poder (PS 6.4) firmada y sellada por la entidad.
En todos los casos, los documentos deben presentarse en buen estado y, de ser necesario, acompañados por copias certificadas.
Paso a paso para hacer el trámite
El procedimiento se desarrolla en dos instancias:
De esta manera, jubilados y pensionados cuentan con una herramienta que facilita gestiones y asegura que puedan percibir sus haberes de ANSES aun cuando no puedan hacerlo personalmente.
Cuánto cobran los jubilados y pensionados en octubre
Los haberes de jubilados, pensionados y beneficiarios de asignaciones familiares vuelven a actualizarse en función de la inflación. Según lo establecido por el Decreto 274/24, las prestaciones se ajustan de manera mensual tomando como referencia el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que publica el Indec. En esta oportunidad, el indicador correspondiente a agosto mostró una suba de 1,9%. Esa cifra será la que impacte en los pagos de octubre, trasladándose directamente a los montos que percibirán los beneficiarios.
A la par de esta actualización automática, se mantiene sin cambios el bono extraordinario de $70.000 que rige desde marzo. Este refuerzo, que busca aliviar el poder adquisitivo de quienes cobran jubilaciones y pensiones mínimas, permanece congelado en ese valor y se suma al haber mensual.
De esta manera, los ingresos de los adultos mayores y de los titulares de asignaciones continúan sujetos al movimiento de los precios, con incrementos que reflejan las variaciones del IPC difundidas por el organismo estadístico nacional.
Con la suba de octubre, la jubilación mínima tendrá un leve incremento: pasará de $390.277,18 a $396.298,38. Ese monto surge de $326.298,38 de haber básico más el bono extraordinario de $70.000, que continúa vigente. En el extremo opuesto, quienes perciben la jubilación máxima verán una mejora que llevará sus ingresos de $2.154.562,04 a $2.195.498,72. En este caso, el bono no se aplica, ya que está reservado únicamente para quienes cobran las prestaciones más bajas. Además:
- Los beneficiarios de la Prestación Universal para el Adulto Mayor (PUAM) cobrarán en octubre $256.221,74. Con el bono adicional de $70.000, el total asciende a $326.221,74.
- Los titulares de Pensiones No Contributivas (PNC) por invalidez o vejez recibirán $224.194,02. Al incorporar el bono extraordinario, el ingreso se eleva a $294.194,02.