EN LA LARGADA

Reforma laboral: las 19 pistas del anteproyecto oficial más polémico que versiones anteriores

La reforma laboral entró en etapa final, con el anteproyecto que circula entre los diputados y senadores, con cambios audaces de versiones anteriores
Por Dolores Olveira
IMPUESTOS - 05 de Diciembre, 2025

El anteproyecto de "Ley de Modernización laboral" ya circula entre los diputados y senadores oficialistas y aliados, e incorpora cambios más polémicos que los esperados en salario, indemnización por despido, y democracia y financiamiento de los sindicatos, así como límites a las huelgas.

En el texto de 182 artículos hay fuertes rebajas de contribuciones patronales y de Impuesto a las Ganancias para el trabajador y la renta financiera, así como desaparición del impuesto al lujo de los autos y el impuesto interno a los celulares, entre otros.

También cambia el régimen de empleo doméstico, el régimen de la Justicia del Trabajo y crea un Fondo de Asistencia Laboral (FAL), que es un fondo de cese laboral de administración estatal, pero con cuentas de los empleadores y con un aporte de 3% de la empresa, donde el Gobierno baja las contribuciones patronales en la misma proporción a quienes adhieren.

Qué dice el anteproyecto sobre salario

Salario

El salario puede fijarse por tiempo o por rendimiento del trabajo, y en este último caso por unidad de obra, comisión individual o colectiva.

Podrán incorporarse, por encima de los salarios y/o conceptos de pago de carácter obligatorio, otros componentes retributivos dinámicos adicionales, sin que puedan resultar de aplicación a su respecto la continuidad tácita, la ultraactividad ni la costumbre.

El salario debe ser satisfecho en dinero, ya sea en moneda nacional o extranjera, especie, habitación o alimentos.

El depósito puede ser depositado en Proveedores de Servicios de Pago como Mercado Pago, o en otras categorías de entidades que la autoridad de aplicació,n autorice y considere apta. Esto insiste en el proyecto inicial, en contra de las críticas de los bancos.

Qué se establece sobre jornada y vacaciones

Jornada laboral

El empleador y el trabajador podrán acordar voluntariamente un régimen de compensación de horas extraordinarias de trabajo.

A tal efecto, se podrá disponer de un régimen de horas extras, banco de horas, francos compensatorios, entre otros institutos relativos a la jornada laboral. El acuerdo del sindicato es optativo.

La jornada puede ser de 12 horas y 35 semanales cuando diversas necesidades empresarias lo justifiquen.

"Cuando se trate de los trabajos, se efectúen por equipos, la duración del trabajo podrá ser prolongada más allá de las 8 horas por día y de 48 semanales", afirma.

Vacaciones

Las vacaciones pueden ser partidas en semanas de 7 días y solo es necesario otorgarlas en tiempo veraniego cada 3 años.

Qué dice sobre beneficios sociales

Beneficios sociales

El otorgamiento de carácter no remunerativos, o sea, sin contribuciones ni aportes, a pagos no salariales del empleador, es más limitado de lo que se esperaba.

Los ticket o vales alimentarios quedan a decisión de la autoridad de aplicación, ya que se prevé que sean no remunerativos los beneficios de pago alimentario en establecimientos gastronómicos cercanos a la empresa sujetos a esa condición.

Se incluyen los reintegros de medicamentos y cuota de la medicina prepaga en los beneficios no remunerativos .

Aunque no en este capítulo, también se otorga la posibilidad de no pagar aportes y contribuciones sobre el reintegro de gastos de automóviles y celular en beneficio de la empresa.

Fuertes límites a la Indemnización por despido

Indemnización

El anteproyecto fija fuertes límites al cálculo de la indemnización por despido por antigüedad sin justa causa.

La base salarial de remuneración normal y habitual se define con recortes, y se establece que dicha base salarial no podrá exceder el equivalente a tres veces el importe del salario mensual promedio de las remuneraciones previstas en el convenio colectivo de trabajo aplicable al trabajador al momento del despido, por la jornada legal o convencional, excluida la antigüedad.

Mediante convenio colectivo de trabajo, las partes podrán sustituir el presente régimen indemnizatorio por un fondo o sistema de cese laboral cuyo costo estará a cargo del empleador

Cómo es la reforma impositiva en Ganancias e Impuestos Internos

Impuesto a las Ganancias

El anteproyecto disminuye el Impuesto a las Ganancias para las empresas, al bajar la alícuota de los tramos más altos de la escala desde 1 de enero de 2026 de 30% a 27% y de 35% a 31,5%.

También exime de Ganancias las derivadas del alquiler de inmuebles con destino a casa habitación y el valor locativo de la casa habitación.

Asimismo, también se encuentra exento el resultado derivado de la enajenación de ciertos inmuebles y de la transferencia de derechos de los mismos.

Rentas financieras

De igual manera, desaparece la imposición a Renta Financiera para acciones que no cotizan en bolsa y otros instrumentos, salvo criptomonedas.

Impuestos Internos

En cuanto a gravámenes que inciden en el consumo, desaparecen el impuesto al lujo sobre automóviles y los internos a celulares.

Qué otras normas se incluyen

Límites a las huelgas: prestación de servicios esenciales.

Modificaciones al Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.

Régimen de los Servicios Personales de Reparto y Mensajería que utilizan plataformas tecnológicas.

Modificaciones a la Ley de Organización y Procedimiento de la Justicia Nacional de Trabajo y de la ley de Honorarios Profesionales de abogados y peritos.

Modificaciones al Régimen de la Pequeña y Mediana Empresa.

Convenciones colectivas, ley de asociaciones sindicales, asambleas y delegados, tutela sindical.

Se crea el Programa de Formación Laboral Básica.

Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL) por un año.

Riesgos del Trabajo

Beneficios al trabajo ya registrado, con baja de las contribuciones patronales en algunos caso

Promoción del Empleo Registrado (PER), con un blanqueo que insiste con fórmulas anteriores no muy exitosas.

Este anteproyecto anticipa fuertes discusiones, especialmente con la CGT, ya que incluye cláusulas más polémicas que versiones que se fueron conociendo anteriormente.

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