• 5/12/2025
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ANSES relanza un beneficio para jubilados

El procedimiento también beneficia a pensionados. El mismo sirve para agilizar el cobro del haber mensual, entre otras cuestiones
Por P.L.
05/12/2025 - 10:20hs
ANSES relanza este beneficio para jubilados y pensionados

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) se mantiene en el centro de la escena informativa por los constantes anuncios y actualizaciones que impactan de lleno en el bolsillo y la calidad de vida de millones de argentinos. En un contexto de alta complejidad económica y la búsqueda constante de simplificación en la administración pública, el organismo previsional puso el foco en un trámite que, si bien existe desde hace tiempo, ahora se relanza buscando aliviar las gestiones diarias de la población de la tercera edad: la designación de un apoderado.

Esta nueva noticia, que en realidad es un recordatorio de un derecho adquirido, se convierte en un beneficio fundamental para jubilados y pensionados que enfrentan dificultades de movilidad, problemas de salud o que simplemente residen lejos de los centros de cobro o de las oficinas de atención. La posibilidad de delegar en una persona de confianza la responsabilidad de tramitar y percibir los haberes no es solo una cuestión burocrática, sino un mecanismo clave para garantizar la puntualidad en el cobro y, sobre todo, la tranquilidad y seguridad de los beneficiarios.

El relanzamiento de esta opción por parte de ANSES responde a la necesidad de asegurar que los titulares puedan acceder a sus prestaciones de manera digna y sin depender de terceros que, a veces, se aprovechan de la vulnerabilidad. Este mecanismo, que también alcanza a aquellos beneficiarios que se encuentran internados o fuera del país, actúa como un escudo protector y un acelerador de procesos administrativos, facilitando la vida de la familia del adulto mayor. Conocer los detalles de cómo funciona y a quién se puede nombrar es el primer paso para activarlo de inmediato.

Jubilaciones: Cómo designar a un apoderado para ANSES y agilizar el cobro mensual

El trámite de designación de apoderado permite que una persona o institución actúe en representación del titular de la jubilación o pensión ante el organismo previsional y las entidades bancarias. La gran ventaja de este sistema es que simplifica la gestión de la fe de vida (en aquellos casos donde aún no está completamente digitalizada) y elimina la obligación de movilizarse para realizar trámites o recibir el dinero.

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ANSES relanzó el trámite para un derecho clave.

¿Quiénes pueden ser designados como apoderados para jubilados y pensionados?

ANSES especifica que cualquier persona mayor de 18 años puede ser apoderada. Sin embargo, la gestión se simplifica drásticamente si se trata de un familiar directo del jubilado o pensionado. Las categorías son amplias e incluyen:

  1. Familiar: Cónyuge, conviviente previsional, hijo, nieto o cualquier otro pariente cercano.

  2. Abogados o procuradores: Deben contar con la credencial vigente.

  3. Representantes institucionales: Directores o administradores de hospitales, sanatorios, o asilos donde el titular se encuentre internado.

  4. Entidades oinancieras: Bancos con acuerdo con ANSES (como el Banco Ciudad o el Banco Nación) o entidades públicas, provinciales o municipales.

El principal beneficio de elegir a un familiar es que no es necesario solicitar turno previo para realizar la gestión. Esto contrasta con otros trámites de ANSES que requieren la asignación de día y hora, agilizando enormemente el proceso y permitiendo que la designación sea casi inmediata.

Jubilaciones: Pasos y documentación clave para activar el derecho a designar un apoderado

El procedimiento es sencillo, pero requiere de documentación específica para acreditar la identidad del titular y el vínculo con el futuro apoderado:

  • Verificación de datos: Antes de presentarse en la oficina, es fundamental verificar que tanto los datos del titular, como los datos del grupo familiar estén actualizados en la plataforma mi ANSES.

  • Documentación requerida:

    DNI original y copia del jubilado/pensionado y del apoderado.

    Documentación que acredite el parentesco (acta de matrimonio, partida de nacimiento, etc.) si el apoderado es un familiar.

    Conviviente previsional: Debe tener la relación acreditada previamente ante el organismo.

    Representante Legal (Curador/Tutor): Se exige la sentencia judicial original y una copia que certifique el nombramiento y la autorización para el cobro.

  • Finalización: Con toda la documentación, el interesado debe concurrir a la oficina de ANSES más cercana a su domicilio. En el caso de designar a un banco, se utiliza el formulario específico "Carta Poder (PS 6.4)" firmado y sellado por la autoridad bancaria.

La importancia del relanzamiento: seguridad y control familiar

El énfasis de ANSES en recordar esta opción de designación es una medida que busca garantizar la seguridad financiera de los adultos mayores, una población que, lamentablemente, es blanco frecuente de estafas relacionadas con el cobro de haberes. Al nombrar a un apoderado de confianza, se minimiza la exposición del titular a situaciones de riesgo al tener que manejar grandes sumas de dinero o acudir a cajeros automáticos.

Además, el sistema de apoderado asegura que, ante cualquier situación imprevista (un viaje, una internación o una emergencia), el flujo de cobro de la prestación no se interrumpa. La continuidad en la recepción del haber mensual es crítica para cubrir gastos esenciales, y el apoderado se convierte en el puente legal para mantener esa estabilidad.

En el caso de jubilados y pensionados que residen en el exterior, la designación de un banco que opere con giros al extranjero es la única vía oficial para garantizar el cobro regular, demostrando la versatilidad de este derecho. De esta manera, ANSES no solo simplifica una gestión, sino que también refuerza el derecho fundamental a percibir la prestación en tiempo y forma, sin que la edad, la salud o la ubicación geográfica sean un obstáculo.

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