• 5/12/2025
ALERTA

Proyecto oficial de la reforma laboral: cómo será el sueldo variable y qué beneficios suma

La versión oficial de la reforma laboral establece el salario con componentes variables por productividad y suma muchos beneficios no remunerativos
05/12/2025 - 15:28hs
Proyecto oficial de la reforma laboral: cómo será el sueldo variable y qué beneficios suma

En el anteproyecto oficial de "Ley de Modernización laboral", el salario puede fijarse por tiempo o por rendimiento del trabajo, y en este último caso por unidad de obra, comisión individual o colectiva.

Afirma que en ningún caso las propinas podrán ser consideradas como remuneración, aun cuando por los usos y costumbres de determinadas actividades sean habituales.

Qué componentes remunerativos prevé el Gobierno

El anteproyecto establece que, mediante la negociación colectiva de actividad por sindicato, acuerdo de empresa o individual, o incluso por decisión unilateral del empleador, podrán incorporarse, por encima de los salarios y/o conceptos de pago de carácter obligatorio otros componentes retributivos dinámicos adicionales.

Esos componentes dinámicos pueden ser transitorios o definitivos, fijos o variables, considerando para ello tanto el mérito personal del trabajador como aspectos propios de la organización.

La incorporación, modificación y conservación de dichos componentes transitorios y variables podrá ser realizada por las partes, o decisión individual del empleador, con la frecuencia que ellas determinen, sin que puedan resultar de aplicación a su respecto la continuidad tácita, la ultraactividad ni la costumbre.

Reforma laboral: cómo será el pago del sueldo

El salario debe ser satisfecho en dinero, ya sea en moneda nacional o extranjera, especie, habitación o alimentos. Una gran duda que tendrá que despejar la reglamentación es si, entre los pagos en especie, se pueden contar las criptomonedas.

Las remuneraciones en dinero debidas al trabajador deberán pagarse, bajo pena de nulidad, únicamente mediante la acreditación en cuenta abierta a su nombre.

Sin embargo, acá aparece un gran cambio rechazado por los bancos: no solo podrá hacerse el depósito del sueldo en entidades bancarias, sino en Proveedores de Servicios de Pago como Mercado Pago, o en otras categorías de entidades que la autoridad de aplicación autorice y considere apta. Esto también puede abrir una puerta a los Exchange cripto.

El recibo podrá ser entregado al empleado mediante el sistema que permita su firma de manera digital o electrónica como constancia de entrega."

Cuáles son los beneficios sociales no remunerativos

El anteproyecto de reforma laboral establece que, en ningún caso, corresponderá el pago de aportes ni contribuciones a la seguridad social, ni la aplicación de contribuciones patronales o aportes del trabajador para beneficios sociales, entre los que se cuentan:

  • Servicios de comedor y alimentación del trabajador, dentro del establecimiento del empleador o en establecimientos gastronómicos cercanos durante la jornada laboral contratados por el empleador. Los límites del beneficio y, por lo tanto, si podrán ser sufragados con Restaurant Card u otros vales alimentarios, lo definirá la Secretaría de Trabajo.
  • Los reintegros de gastos médicos, odontológicos y farmacéuticos del trabajador y su grupo familiar, asumidos por el empleador, previa presentación de comprobantes.
  • También se incluyen los planes médicos integrales otorgados en especie o las diferencias de pago de las cuotas de la medicina prepaga
  • La provisión de equipamiento necesario para el desempeño de las tareas del trabajador, lo que podrá incluir computadoras, por ejemplo, y no solo la ropa de trabajo.
  • Los reintegros documentados de gastos de guardería y/o sala maternal, utilizados por los trabajadores con hijos de hasta 6 años de edad, cuando la empresa no cuente con esas instalaciones.

Qué otras prestaciones no aportan a la seguridad social

Al definir el salario, el anteproyecto agrega prestaciones complementarias que no pagan contribuciones ni aportes, entre otras:

  • Reintegros de gastos por el uso del automóvil de propiedad de la empresa o del empleado, calculado sobre la base de kilómetro recorrido, de acuerdo a lo que establezca ARCA.
  • Viáticos acreditados con comprobantes.
  • Reintegro por el uso por parte del trabajador del transporte público de pasajeros correspondientes por el traslado desde y hacia el lugar de trabajo.
  • Gastos derivados del uso de telefonía celular e internet con fines laborales, totales o parciales, conforme a los límites que establezca la Secretaría de Trabajo.

De esta manera, el salario puede ser variable, dependerá del rendimiento y estará conformado por componentes retributivos y no distributivos.

Temas relacionados