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Impuesto a las Ganancias 2026: los errores más comunes que te pueden hacer pagar de más

A la hora de confeccionar la declaración jurada de Ganancias, hay varias cuestiones que se deben tener presente para evitar errores
Por IM
28/12/2025 - 18:21hs
impuesto a las ganancias

Al momento de confeccionar la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias, tanto empleados como autónomos suelen incurrir en errores de carga de datos que elevan la base imponible. Por ejemplo, duplicar conceptos o no rectificar informaciones previas obliga a presentar formularios rectificativos y dificulta la liquidación final. Estas omisiones pueden deberse a desinformación o a plazos ajustados, pero terminan generando que se pague más impuesto del debido.

Deducciones omitidas o mal cargadas

Uno de los errores más costosos consiste en no informar todas las deducciones permitidas. Por lo tanto, el contribuyente debe asegurarse que se hayan cargado las deducciones de familia, gastos médicos, primas de seguro de vida, gastos de educación, alquileres y/o intereses hipotecarios, de corresponder. Las mismas pueden reducir notablemente el impuesto.

Sin embargo, muchos asalariados o autónomos no cargan estos datos en SIRADIG ni los incluyen en su declaración jurada anual. También ocurre la situación inversa: algunos declaran gastos no admisibles y reciben notificaciones de ARCA por inconsistencias en los importes declarados.

Tanto omitir deducciones legales como pretender computar las indebidas suele derivar en pagos extra o sanciones. Por último, es importante tener presente que los aportes jubilatorios y obra social obligatorios ya se incluyen automáticamente, por lo que no deben duplicarse en el F.572.

En cambio, sí se deben cargar gastos por salud de familiares a cargo o descuentos de otras relaciones laborales, para que sean deducidos correctamente.

Datos desactualizados y SIRADIG

Otro motivo frecuente de sobrepago es la falta de actualización de datos personales o laborales. Por ejemplo, la cantidad de hijos o ingresos por trabajos extra (pluriempleo) impactan directamente en Ganancias.

Quienes trabajan en más de un empleo deben designar un solo empleador como agente de retención principal y luego informar los ingresos adicionales mediante el formulario F.572 web (Siradig). Si no lo hacen, el empleador principal liquida Ganancias sin considerar esos montos extra, quedando al final del año un débito impositivo.

Uso inadecuado de deducciones especiales

En el caso de los trabajadores autónomos o profesionales independientes, es clave aprovechar correctamente las deducciones específicas de la Ley de Ganancias. Un ejemplo es la deducción especial para empleados asalariados versus la de autónomos, la cual cada año tiene un tope distinto.

Si un autónomo no aplica su deducción especial o intenta usar la de asalariado, terminará pagando más. Además, el alquiler de vivienda ofrece una deducción del 10%, sin límite de monto, que ni locatarios ni propietarios deben omitir al calcular Ganancias.

Recomendaciones prácticas

Para evitar estos errores, los especialistas tributarios aconsejan mantener actualizados los datos personales y familiares en el sistema AFIP/ARCA. Si hay modificaciones en el estado civil o en la composición de la familia, se debe actualizar. La falta de estos datos puede impedir que se apliquen correctamente los mínimos exentos y deducciones personales.

Otra cuestión a tener en cuenta es cargar todas las deducciones y percepciones al menos hasta marzo. Es de suma importancia no dejarlo para último momento ni omitirse en el proceso. Quien no presente Siradig debe presentar la DJ anual y reclamar devoluciones, un trámite largo.

Asimismo, es importante revisar la liquidación anual del empleador. El trabajador debe verificar que se aplicaron los mínimos imponibles y deducciones correctos. Cualquier error de carga obliga a pedir la rectificativa correspondiente.

Tal como se mencionó, también se debe informar pluriempleo, designar el agente de retención principal y comunicar todos los ingresos adicionales mediante el F.572 web, como exige la normativa.

Por último, es clave guardar la documentación de respaldo. Facturas, recibos y comprobantes de gastos deducibles deben estar en orden ante una posible solicitud de ARCA.

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