CABA se suma al Monotributo Unificado de ARCA: cómo será el nuevo sistema de pago
El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires formalizó su adhesión al régimen de Monotributo Unificado nacional mediante la Resolución General Conjunta 5769/25, integrándose al Sistema Único Tributario administrado por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). La medida alcanza a los monotributistas con domicilio fiscal en la Ciudad y comenzará a regir a partir del 1 de enero de 2026.
Con esta incorporación, los contribuyentes que realicen actividades en la jurisdicción porteña podrán abonar en un único pago mensual tanto el monotributo nacional como el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de CABA. El esquema elimina la necesidad de efectuar liquidaciones y cancelaciones separadas en diferentes organismos, unificando los sistemas de pago y de registración.
Hasta ahora, los pequeños contribuyentes que tributan en la Ciudad debían cumplir con obligaciones nacionales y provinciales por separado, con distintos vencimientos, plataformas y credenciales de pago. Bajo el Monotributo Unificado, ese esquema se reemplaza por una operatoria centralizada que concentra en una sola credencial el pago de los conceptos incluidos en ambos regímenes.
La administración tributaria porteña también integrará su sistema de información al SUT, lo que permitirá articular la carga y actualización de datos de los contribuyentes. De esta forma, todo el proceso de adhesión, modificación de datos y categorización pasará a gestionarse a través del portal de ARCA. La Cuenta Corriente de Monotributo y Autónomos (CCMA) funcionará como herramienta principal para la consulta de obligaciones y pagos.
Monotributo Unificado en CABA: qué cambia para los contribuyentes
A partir de la entrada en vigencia del nuevo esquema, los monotributistas radicados en CABA contarán con una credencial única de pago, identificada como Formulario F.1520. En ella se incorporará un Código Único de Revista (CUR), que incluirá los siguientes conceptos:
- impuesto integrado nacional,
- aportes previsionales al SIPA,
- contribuciones al Sistema Nacional del Seguro de Salud, cuando corresponda,
- Impuesto sobre los Ingresos Brutos del Régimen Simplificado porteño.
La adhesión al monotributo nacional requerirá que los contribuyentes con domicilio fiscal en la Ciudad declaren su condición frente al impuesto provincial, de modo que ARCA pueda encuadrarlos en el régimen simplificado local bajo un único registro.
Los contribuyentes que ya se encuentren inscriptos en el Régimen Simplificado de Ingresos Brutos de CABA serán incorporados de oficio al Sistema Único Tributario. Este traspaso no requerirá gestiones adicionales por parte del contribuyente, ya que la información será migrada automáticamente.
La administración fiscal porteña continuará ejerciendo sus facultades de control y fiscalización, pero el procesamiento operativo de inscripciones, recategorizaciones y bajas quedará integrado al SUT.
Reglas de categorización, recategorización y bajas
La normativa también establece las condiciones bajo las cuales los contribuyentes serán categorizados y recategorizados dentro del Régimen Simplificado local. Según lo dispuesto, la categoría asignada en el monotributo nacional será replicada en el régimen de Ingresos Brutos de CABA, siempre que dicha categoría exista dentro de la normativa vigente en la Ciudad.
Cada vez que un contribuyente modifique su categoría nacional, la recategorización se trasladará automáticamente al impuesto provincial. Esto implica que no será necesario realizar trámites paralelos en la administración tributaria porteña para actualizar la situación frente al impuesto local.
En materia de bajas y exclusiones, se establece que la renuncia, cese de actividades, fallecimiento o exclusión de pleno derecho del régimen nacional tendrá efecto automático sobre el Régimen Simplificado de CABA. De la misma forma, cuando la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) disponga una exclusión de oficio en la jurisdicción local, dicha situación será informada a ARCA para su evaluación en el régimen nacional.
También se prevé la baja automática del régimen ante la falta de pago, tanto a nivel nacional como provincial, siguiendo los procedimientos vigentes en el Monotributo Unificado.
Operatoria, control y gestión de obligaciones
El sistema centralizará el acceso a la información tributaria a través de la Cuenta Corriente de ARCA. Allí los contribuyentes podrán consultar el detalle de obligaciones, pagos realizados, saldos pendientes, estados de cuenta y movimientos históricos.
El uso de una plataforma digital única evitará la necesidad de gestionar regularizaciones por separado ante organismos nacionales y locales, ya que los datos administrativos y registrales se integrarán en un mismo entorno. La CCMA funcionará como fuente oficial de consulta para el contribuyente y para la administración.
La normativa también dispone que, a partir del 1 de enero de 2026, todos los trámites vinculados con adhesión, modificación de datos, consulta de categoría y emisión de credenciales deberán realizarse exclusivamente desde el portal de monotributo de ARCA. Las herramientas actuales de la administración tributaria porteña se mantendrán como soporte para gestiones complementarias, pero la operatoria principal quedará bajo la órbita del SUT.
Provincias que ya integran el Sistema Único Tributario
Con la incorporación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Monotributo Unificado se expande a una de las jurisdicciones con mayor concentración de contribuyentes del país. La Ciudad se suma así a las provincias de Entre Ríos, Mendoza, Córdoba, San Juan, Jujuy, Salta, Río Negro, Buenos Aires, Neuquén, Santa Cruz, Chaco, Catamarca y Tierra del Fuego, que ya se encuentran integradas al sistema.
En todos los casos, el esquema busca unificar en un solo pago mensual los componentes nacionales y provinciales del régimen simplificado, manteniendo las competencias fiscales de cada jurisdicción pero bajo un mecanismo de recaudación único.
Impacto administrativo y alcance del sistema
El Monotributo Unificado en CABA abarca a las personas físicas y unidades económicas encuadradas en el régimen simplificado, excluyendo a los contribuyentes inscriptos en el régimen general. Las actividades alcanzadas, topes de facturación, parámetros de superficie, energía consumida y alquileres devengados seguirán rigiéndose por la normativa vigente para el monotributo nacional y el Régimen Simplificado local.
La administración tributaria porteña continuará siendo responsable de la determinación del impuesto provincial y de la fiscalización de los contribuyentes en su jurisdicción. Sin embargo, el pago y la registración quedarán integrados al sistema nacional.
La eliminación de duplicidad de registros apunta a ordenar la información fiscal y facilitar el control de cumplimiento, reduciendo inconsistencias entre padrones y declaraciones juradas. A su vez, la migración al SUT permitirá un seguimiento unificado del historial tributario de cada contribuyente.
Entrada en vigencia y próximos pasos
La Resolución General Conjunta 5769/25 establece que el sistema comenzará a funcionar el 1 de enero de 2026. Hasta esa fecha, los contribuyentes deberán continuar utilizando los mecanismos de pago actualmente vigentes tanto para el monotributo nacional como para Ingresos Brutos.
En los meses previos al inicio del régimen, ARCA y la administración tributaria porteña implementarán tareas de adecuación técnica y actualización de padrones, a fin de completar la integración operativa y administrativa de los sistemas.
De este modo, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se incorpora formalmente al Sistema Único Tributario, avanzando en la centralización de la gestión del monotributo nacional y de los regímenes simplificados provinciales dentro de una misma plataforma de administración y pago.