MONOTRIBUTO DIGITAL

Quiénes podrán acceder al Monotributo Digital y qué requisitos evalúa el Gobierno

Un proyecto presentado en la Cámara de Diputados propone crear un subrégimen dentro del Monotributo dirigido a trabajadores digitales
Por HG
IMPUESTOS - 02 de Enero, 2026

Un proyecto presentado en la Cámara de Diputados propone crear un subrégimen dentro del Monotributo dirigido a trabajadores que desarrollan actividades económicas en entornos digitales. Se trata del proyecto de Monotributo Digital. El Gobierno mira con buenos ojos la iniciativa y evalúa cómo sería su implementación. Vale tener presente que para que el Monotributo Digital se pueda poner en marcha, la iniciativa debe ser aprobada por ambas Cámaras (Diputados y Senadores) y reglamentada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

Puntualmente, la iniciativa busca establecer un marco específico que contemple ingresos variables, facturación internacional, cobertura previsional, acceso al crédito, protección de datos y trazabilidad fiscal para quienes operan en plataformas o prestan servicios digitales de manera independiente.

La propuesta, presentada por la diputada mendocina Lourdes Arrieta (monobloque Fuerzas del Cielo), plantea la creación del "Monotributo Digital Autónomo", una figura incorporada al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes. El objetivo es establecer un esquema que unifique la actividad económica digital bajo un régimen tributario y previsional específico.

Monotributo digital: las claves del proyecto

El proyecto está orientado a trabajadores que operan en plataformas como Uber, Rappi, Fiverr o Upwork, así como a quienes prestan servicios digitales para clientes del exterior. Según los fundamentos, se trata de actividades que en muchos casos se realizan por fuera de los sistemas actuales de aportes y fiscalización, lo que genera una falta de integración al esquema formal.

Monotributo digital: requisitos que evalúa el Gobierno

El texto del proyecto define como trabajador digital autónomo a toda persona física que realice actividades económicas a través de plataformas o medios digitales, siempre que lo haga sin relación laboral de dependencia. La definición incluye tanto la oferta de servicios como la producción y comercialización de bienes intangibles en entornos digitales.

El Monotributo Digital Autónomo se aplicaría únicamente a personas con residencia fiscal en Argentina que desarrollen tareas económicas dentro del ecosistema digital, independientemente del tipo de plataforma utilizada o de si trabajan para clientes del país o del exterior.

El proyecto establece cinco grandes modalidades de trabajo incluidas dentro del nuevo régimen:

  • Plataformas de intermediación: comprende actividades desarrolladas mediante aplicaciones que conectan a prestadores y usuarios, como transporte, reparto, comercio electrónico o servicios bajo demanda.
  • Aplicaciones o entornos digitales propios: abarca a quienes comercializan productos o servicios digitales a través de sitios web personales, redes sociales o tiendas virtuales sin intermediación.
  • Teletrabajo independiente y trabajo remoto digital: incluye actividades efectuadas a distancia sin relación laboral formal, con prestación autónoma a clientes o empresas.
  • Servicios y contenidos digitales independientes: incorpora tareas de diseño, edición audiovisual, docencia virtual, desarrollo de software, marketing digital, producción para redes sociales o plataformas de streaming.
  • Exportación de servicios digitales: contempla la prestación de servicios a clientes extranjeros, siempre que el trabajador mantenga residencia fiscal en el país.

Con este esquema, el proyecto abarca tanto actividades vinculadas a plataformas globales como trabajos digitales desarrollados en forma directa.

Monotributo digital: obligaciones

En tanto, los trabajadores digitales autónomos que se incorporen al subrégimen quedarían obligados a:

  • Emitir factura electrónica por cada operación comercial.
  • Utilizar su CUIT para todas las operaciones.
  • Realizar los aportes previsionales correspondientes de acuerdo con su categoría en el régimen.
  • Mantener actualizada su información fiscal.

El proyecto indica que el Monotributo Digital Autónomo puede coexistir con otras fuentes de ingresos, siempre que no impliquen una relación laboral de dependencia. También establece que el régimen busca adaptarse a ingresos que pueden variar por hora trabajada, por proyecto o por demanda dentro de plataformas.

El texto también incorpora una serie de derechos específicos para quienes se inscriban en este régimen, con el objetivo de equiparar condiciones básicas de trabajo autónomo en entornos digitales. Entre ellos se detalla:

  • Organización libre de horarios.
  • Posibilidad de trabajar simultáneamente con múltiples plataformas o clientes.
  • Acceso a cobertura previsional y de salud, en línea con el Régimen Simplificado.

Uno de los puntos centrales del proyecto es la exigencia de Transparencia Algorítmica para las plataformas digitales. Esta obligación incluye brindar información clara sobre:

  • Criterios utilizados para asignar tareas.
  • Términos y condiciones de uso del servicio.
  • Métodos de cálculo de la remuneración.
  • Algoritmos de evaluación de desempeño.
  • Procesos de suspensión, baja o restricción de cuentas.

El objetivo de estas disposiciones es que los trabajadores conozcan las reglas de funcionamiento de las plataformas con las que operan.

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