Rige el Monotributo unificado: a quiénes beneficia y qué pautas deben cumplir
A partir de enero de 2026, los monotributistas con domicilio fiscal en la Ciudad de Buenos Aires podrán abonar el monotributo nacional y el impuesto sobre los ingresos brutos en una sola operación, gracias a la adhesión de CABA al Sistema Único Tributario de ARCA.
La medida alcanza a quienes tributan en el Régimen Simplificado de Ingresos Brutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, a su vez, tienen monotributo en ARCA. Es una iniciativa que ahorra tiempo, esfuerzo y gestiones: implica menos trámites y declaraciones, centraliza la información y control de vencimientos, y se realiza un sólo pago mensual. Beneficiará a más de 200 mil contribuyentes, señala el consultor tributario Ignacio Barrios.
Beneficios clave del Monotributo Unificado para monotributistas de CABA
¿Cómo funciona la integración a partir de enero 2026?
- Adhesión y modificación de datos: se realizarán exclusivamente a través del portal monotributo de ARCA.
- Declaración obligatoria: al adherir al monotributo nacional, se debe declarar la condición frente al Impuesto sobre los Ingresos Brutos para el encuadre en el Régimen Simplificado CABA.
Credencial única: se emitirá el Formulario F. 1520 con un Código Único de Revista (CUR) que incluye:
Impuesto Integrado
- Aportes al SIPA y al Sistema Nacional de Salud (si corresponde)
- Impuesto sobre los Ingresos Brutos (Régimen Simplificado CABA)
- Reglas de categorización, recategorización y baja
Pago excepcional (Enero)
Por única vez, en el mes de enero, el contribuyente deberá abonar la suma devengada correspondiente a noviembre y diciembre de 2025 (por la parte del Régimen Simplificado de Ingresos Brutos de CABA) más el importe correspondiente al mes de Enero 2026 por parte del Monotributo Unificado (AGIP-ARCA).
En el caso de los contribuyentes que se encuentren adheridos al débito automático, el importe correspondiente a la cuota 6/2025 (noviembre y diciembre) del Régimen Simplificado de Ingresos Brutos se debitará de la cuenta bancaria asociada a AGIP. Por su parte, el importe correspondiente al mes de enero de 2026 (cuota 1/2026) del Monotributo Unificado se debitará de la cuenta bancaria asociada a ARCA, conforme a las adhesiones vigentes.
Casos especiales
Los contribuyentes que registren alguna actividad exenta en AGIP y necesiten excluirse de la modalidad unificada podrán iniciar un Expediente Electrónico desde el servicio de Trámites a Distancia (TAD) para solicitar el pase al Régimen General de Ingresos Brutos.
También pueden realizar el procedimiento de manera autogestionada, inscribiéndose en el Régimen General a través del Portal del Contribuyente, al que pueden ingresar con su usuario.
Exclusiones
-Sociedades no constituidas regularmente, condominios, consorcios de propiedad horizontal y, en general, todas las sociedades incluidas en la Sección IV del Código Civil y Comercial de la Nación. Esto se debe a que la normativa del Monotributo ARCA excluye a determinadas formas jurídicas.
-Quienes revistan la condición de responsables inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) a nivel nacional y estén inscriptos en el Régimen Simplificado de CABA.
-Quienes no posean un domicilio fiscal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
-Todas aquellas actividades excluidas en el Código Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en la normativa vigente de ARCA.
En todos estos casos, se los excluirá de oficio del Régimen Simplificado de CABA y serán dados de alta en el Régimen General de Ingresos Brutos, en la categoría de Contribuyentes Locales.