• 14/1/2026
ALERTA

Impuesto a las Ganancias 2026: desde qué sueldo se paga y cuáles son las escalas tras conocerse la inflación

Los empleados en relación de dependencia tendrán que ajustar los importes a partir de los cuales las empresas están obligadas a descontar el impuesto
Por A.L.
13/01/2026 - 21:35hs
impuesto a las ganancias

El INDEC informó que la inflación de diciembre pasado fue del 2,8%, de manera que el 2025 cerró con una inflación acumulada de 31,5%, el nivel más bajo para el IPC en los últimos ocho años. Con este dato, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) debe actualizar los parámetros y escalas de los trabajadores independientes y de los que están en relación de dependencia, es decir, de los que están en el monotributo y de los que son alcanzados por el Impuesto a las Ganancias.

Empleados: a partir de qué salario serán alcanzados por el Impuesto a las Ganancias

Los empleados en relación de dependencia tendrán que ajustar los importes a partir de los cuales las empresas están obligadas a descontar el impuesto.

Estas nuevas tablas, que saldrán en forma oficial los días posteriores al dato de la inflación, rigen para todo el primer semestre de 2026.

Entre enero y junio de 2026, las nuevas escalas son las siguientes: 

  • Un trabajador soltero en relación de dependencia tendrá como piso una remuneración bruta de $2.998.725, lo que equivale a un neto de $2.488.942. 
  • Si tiene un hijo, el neto de base asciende a $2.692.757 y con dos hijos llega a $2.896.573.
  • Mientras que si está casado y tiene dos hijos, pagará Ganancias a partir de un neto de $3.300.726.

Estos números fueron dados a conocer por Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios.

Hay que tener en cuenta que los nuevos valores rigen a partir del 1º de enero. Por eso, quienes cobraron sueldos desde el 1º de enero y en estos días, hasta tanto se modifiquen los sistemas, las empresas van a estar haciendo la retención con las tablas del año pasado. Una vez que la empresa pueda hacer la liquidación con las nuevas tablas, tendrá que devolver al trabajador lo retenido de más o a compensarlo con lo que deba retener en el siguiente pago.

Paso a paso: cómo cargar las deducciones en el formulario para Impuesto a las Ganancias

Para el período fiscal 2025, la fecha límite para presentar o rectificar el formulario 572 web es el 31 de marzo. Hasta ese momento, los empleados pueden cargar deducciones, percepciones y retenciones, incluso si no lo hicieron durante el año. Pasado ese plazo, cualquier omisión puede derivar en una mayor carga tributaria o en demoras para recuperar montos retenidos de más.

El trámite para informar deducciones se realiza de manera digital y es relativamente sencillo. El procedimiento es el siguiente:

  • Ingresar a la página web de ARCA con clave fiscal.
  • Buscar el servicio Siradig – Trabajador.
  • Seleccionar la opción "Crear un borrador".
  • Cargar los datos personales del empleado.
  • Informar las cargas de familia, que incluyen cónyuge e hijos deducibles.
  • Registrar el empleador o empleadores, que actuarán como agentes de retención.
  • Ingresar a la opción "Carga de formulario".
  • Seleccionar "Deducciones y desgravaciones", donde se despliegan los distintos conceptos habilitados. Dentro de esta sección, el sistema permite cargar gastos como alquiler, educación, medicina prepaga, seguros y donaciones, entre otros. Una vez enviada la información, el empleador la toma como base para calcular la retención mensual del impuesto.

Qué deducciones pueden cargar para pagar menos Impuesto a las Ganancias

Existen múltiples gastos que pueden descontarse de la base imponible antes de calcular el impuesto, lo que reduce el monto final a pagar. Entre los principales se encuentran:

Alquileres:

-Los inquilinos pueden deducir el 40% del monto pagado, siempre que no sean propietarios de ningún inmueble.

-También existe una deducción del 10% del alquiler sin tope, que rige incluso para propietarios que alquilan una vivienda.

Empleados de casas particulares:

-Se pueden deducir las remuneraciones y las contribuciones abonadas al personal doméstico.

Cuotas de medicina prepaga:

-Incluye planes de salud privados y aportes complementarios a obras sociales del empleado y su grupo familiar. El límite es el 5% del salario neto anual.

Donaciones:

-A instituciones habilitadas, con un tope del 5% del ingreso neto anual.

Gastos en educación:

-Cuotas de colegios, compra de útiles y herramientas educativas para hijos de hasta 24 años.

-Primas de seguros de vida o de retiro.

Gastos con tarjeta en el exterior:

-Permiten recuperar percepciones aplicadas por consumos fuera del país.

La correcta y oportuna carga de estas deducciones resulta clave para reducir el impacto del Impuesto a las Ganancias en el salario mensual y evitar ajustes posteriores. En un contexto de alta inflación y presión impositiva, el formulario 572 se convierte en una herramienta central para cuidar el ingreso de los trabajadores alcanzados por el tributo.