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ARCA: últimos días para la recategorización en el monotributo

El organismo recaudador recordó la fecha límite para cumplir con el trámite obligatorio de actualización de escalas. Quiénes deben realizarlo
Por P.L
04/02/2026 - 07:44hs
ARCA: últimos días para la recategorización en el monotributo

El calendario fiscal de 2026 ya puso en marcha uno de los hitos más importantes para los trabajadores independientes en Argentina. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), el organismo que reemplazó a la antigua AFIP, recordó que nos encontramos en la recta final para completar la primera recategorización del monotributo del año. Este proceso es clave para que cada contribuyente se ubique en el escalafón que realmente le corresponde según su actividad económica reciente.

En esta oportunidad, el trámite adquiere una relevancia particular debido al contexto inflacionario y a las actualizaciones de los topes de facturación. No realizar el ajuste a tiempo o declarar datos inexactos puede derivar en multas o, en el peor de los casos, en la exclusión de oficio del Régimen Simplificado, lo que obligaría al trabajador a pasar al Régimen General (Responsable Inscripto), con el consecuente aumento en la carga tributaria y administrativa.

Cuándo vence el plazo y quiénes deben hacer el trámite

De acuerdo al cronograma oficial dispuesto por ARCA, los monotributistas tienen tiempo hasta el próximo 5 de febrero de 2026 para realizar la recategorización. El sistema analiza los movimientos de los últimos 12 meses para determinar si el contribuyente debe subir de categoría, bajar o permanecer en la misma. Es fundamental recordar que, si los parámetros de facturación, superficie afectada o energía eléctrica consumida no sufrieron cambios que obliguen a un salto de escala, no es necesario realizar ninguna acción en la web.

Sin embargo, para quienes hayan facturado por encima de su tope actual o hayan tenido variaciones en el monto de sus alquileres devengados, el trámite es obligatorio. Los nuevos valores de las cuotas y los topes de ingresos brutos anuales ya reflejan la actualización por el Índice de Precios al Consumidor (IPC), buscando que el salto entre categorías no sea tan abrupto para el bolsillo del trabajador. Aquellos que se inscribieron hace menos de seis meses no están obligados a participar de este proceso semestral.

Cómo realizar la recategorización paso a paso

El procedimiento se realiza de manera 100% virtual a través del portal oficial de ARCA. Para comenzar, el usuario debe ingresar con su CUIT y Clave Fiscal. Una vez dentro del sistema, hay que dirigirse a la opción "Monotributo" y buscar el ítem de "Recategorización". Allí, el sistema mostrará los datos que el organismo ya posee sobre la facturación electrónica del contribuyente, lo que facilita enormemente el cruce de información para evitar errores.

Es vital revisar con lupa los ingresos brutos percibidos entre enero y diciembre del año anterior. Si la suma total supera el límite de la categoría actual, se debe seleccionar la nueva escala que corresponda. Una vez confirmado el cambio, el sistema emitirá un nuevo comprobante (Formulario 184) y la nueva credencial de pago, la cual comenzará a regir con los valores actualizados a partir del mes siguiente.

Mantenerse al día con este trámite no solo evita dolores de cabeza con el fisco, sino que también permite a los monotributistas acceder a beneficios crediticios y mantener una situación administrativa transparente, algo fundamental para operar comercialmente en el país sin interrupciones.

Escalas del Monotributo 2026: los nuevos topes de facturación

Con la actualización del 14,32% basada en el índice de movilidad, los límites de ingresos brutos anuales para cada categoría quedaron conformados de la siguiente manera:

  • Categoría A: hasta $10.278.539,03

  • Categoría B: hasta $11.474.024,65

  • Categoría C: hasta $13.367.436,25

  • Categoría D: hasta $15.562.133,97

  • Categoría E: hasta $17.656.965,39

  • Categoría F: hasta $20.724.843,21

  • Categoría G: hasta $23.792.721,03

  • Categoría H (Límite para servicios): hasta $28.529.537,73

  • Categoría I: hasta $31.815.719,77

  • Categoría J: hasta $35.158.490,44

  • Categoría K (Límite para venta de bienes muebles): hasta $39.273.109,24

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