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Atención Freelancers argentinos: qué billeteras virtuales internacionales controlará ARCA en 2026

Desde 2026, nuevos acuerdos fiscales permiten a ARCA recibir datos de plataformas internacionales usadas por freelancers que cobran servicios al exterior
Por L.C.
27/01/2026 - 12:35hs
Atención Freelancers argentinos: qué billeteras virtuales internacionales controlará ARCA en 2026

Desde enero de 2026, el esquema de fiscalización internacional de operaciones financieras comenzó a experimentar cambios relevantes a partir de la entrada en vigencia de nuevos mecanismos de intercambio automático de información. La combinación entre la actualización del estándar global Common Reporting Standard (CRS 2.0) y la directiva europea conocida como DAC8 introdujo modificaciones que impactan de manera directa en la operatoria de personas que perciben ingresos del exterior a través de plataformas digitales.

El nuevo escenario alcanza especialmente a freelancers, desarrolladores, diseñadores, consultores y otros profesionales argentinos que brindan servicios a clientes fuera del país y cobran mediante billeteras virtuales, bancos digitales o plataformas de pago internacionales. A diferencia de etapas anteriores, el foco de control ya no se limita al sistema bancario tradicional ni a entidades financieras locales, sino que se amplía hacia intermediarios digitales regulados en distintas jurisdicciones.

Como consecuencia de estos cambios, parte de la información vinculada a cuentas, saldos y determinadas transacciones comenzará a ser compartida con la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), en el marco de los intercambios automáticos previstos por los acuerdos internacionales suscriptos por la Argentina.

Qué son DAC8 y CRS 2.0

La Directiva DAC8 forma parte del conjunto de normas de cooperación administrativa fiscal dentro de la Unión Europea. Se trata de una actualización de directivas anteriores que amplía el alcance del intercambio automático de información entre los países miembros, incorporando de manera explícita a las plataformas digitales, proveedores de dinero electrónico y operadores vinculados a criptoactivos.

Bajo este esquema, las plataformas alcanzadas están obligadas a identificar a sus usuarios, determinar su residencia fiscal y reportar información relevante a las autoridades tributarias de los países donde se encuentran reguladas. Luego, esos datos pueden ser intercambiados con otras jurisdicciones que participen del sistema.

En paralelo, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) impulsó una actualización del Common Reporting Standard, el estándar global que rige el intercambio automático de información financiera entre países. El CRS 2.0 incorpora instrumentos financieros, cuentas digitales y estructuras que, en versiones anteriores, no estaban claramente incluidas o quedaban fuera de los reportes.

La Argentina formalizó su adhesión al CRS 2.0 en 2025. A partir de esa incorporación, ARCA quedó habilitada para recibir información fiscal proveniente de las jurisdicciones adheridas, sin necesidad de realizar pedidos individuales ni firmar acuerdos bilaterales específicos con cada país o entidad.

Qué tipo de información se intercambia

El intercambio automático de información fiscal no se limita a un dato agregado o genérico sobre montos totales. Las plataformas y entidades alcanzadas por el CRS 2.0 y la DAC8 deben reportar una serie de datos identificatorios y financieros vinculados a cada usuario considerado reportable.

Entre la información que puede ser compartida se incluyen el nombre y apellido del titular de la cuenta, el país de residencia fiscal declarado, el número de identificación fiscal correspondiente (en el caso argentino, CUIT o CUIL), el identificador de la cuenta, billetera o instrumento financiero, y los saldos existentes al cierre del año fiscal.

Además, en determinados casos, también se informan movimientos relevantes, como ingresos percibidos durante el período, pagos procesados a través de la plataforma o rendimientos generados por los fondos depositados. El alcance exacto del reporte depende del tipo de entidad, del producto financiero y de la normativa aplicable en la jurisdicción donde opera la plataforma.

Para ARCA, este flujo de información permite realizar cruces automáticos con las declaraciones juradas presentadas en el país y detectar eventuales diferencias entre los ingresos declarados y los fondos que figuran en cuentas o plataformas del exterior.

Qué plataformas pueden reportar datos a ARCA

Un aspecto central del nuevo esquema es que el criterio determinante no es la nacionalidad del usuario ni su lugar de residencia física, sino la jurisdicción donde se encuentra regulada la plataforma o entidad que presta el servicio. Si la empresa opera bajo normas de países adheridos al CRS 2.0 o a la DAC8, queda alcanzada por las obligaciones de reporte.

Entre las plataformas más utilizadas por freelancers argentinos se encuentra Wise, anteriormente conocida como TransferWise. Si bien la compañía tiene su casa matriz en el Reino Unido, mantiene licencias y operaciones reguladas en distintos países de la Unión Europea. En ese marco, Wise cumple con los estándares de identificación y reporte previstos por el CRS, lo que implica que debe relevar la residencia fiscal de sus usuarios y reportar información a la autoridad tributaria correspondiente.

Esa información, posteriormente, puede ser intercambiada con la Argentina en el marco de los convenios multilaterales vigentes.

Otro caso frecuente es el de Payoneer. La empresa está radicada en Estados Unidos, un país que no adhiere al CRS. Sin embargo, Payoneer también opera a través de su filial europea, Payoneer Europe Limited, con base en Irlanda. Las cuentas, tarjetas y flujos de fondos que se canalizan mediante esa estructura europea pueden quedar alcanzados por el CRS 2.0 y por la DAC8, lo que habilita reportes indirectos hacia ARCA.

Además, existen otras plataformas y bancos digitales con fuerte presencia entre trabajadores remotos, como Revolut, N26 y distintos servicios que ofrecen cuentas con IBAN europeo, un identificador bancario similar al CBU argentino. Estas entidades, al estar reguladas dentro de la Unión Europea, se encuentran obligadas a cumplir con los esquemas de intercambio automático de información.

En contraste, plataformas puramente estadounidenses, como PayPal, no reportan bajo el CRS debido a la posición de Estados Unidos frente a ese estándar. No obstante, pueden quedar alcanzadas por acuerdos bilaterales específicos, como el régimen FATCA, cuyo alcance y tipo de información intercambiada es más acotado.

Cómo impacta en los freelancers argentinos

Para quienes prestan servicios al exterior, el avance del CRS 2.0 y de la DAC8 implica un cambio estructural en la relación entre el trabajo remoto y la fiscalización. Mantener fondos en cuentas o plataformas fuera del país ya no garantiza que esos ingresos queden fuera del radar de la autoridad fiscal local.

Si la plataforma utilizada para cobrar está sujeta a los nuevos estándares de reporte y el usuario figura como residente fiscal argentino, la información será incluida en los ciclos de intercambio automático. En términos operativos, los reportes correspondientes al año fiscal 2026 comenzarán a circular entre las administraciones tributarias, y los primeros cruces sistemáticos de datos se esperan a partir de 2027.

Este proceso no supone una acción puntual ni una investigación individualizada, sino un mecanismo automatizado que se ejecuta de manera periódica, con volúmenes masivos de información.

Un nuevo escenario de fiscalización internacional

El despliegue de la DAC8 y del CRS 2.0 consolida una tendencia que ya se venía desarrollando en los últimos años: la fiscalización de ingresos y activos financieros se vuelve cada vez más global, automática y apoyada en sistemas digitales de intercambio de datos.

En este contexto, las fronteras financieras tradicionales pierden relevancia, y la capacidad de los fiscos para acceder a información transnacional se amplía de manera sostenida. Para los freelancers argentinos, el escenario plantea la necesidad de comprender qué plataformas reportan información, bajo qué condiciones y con qué alcance, así como de analizar su situación fiscal en función de las normas vigentes.

El nuevo marco no introduce impuestos adicionales ni modifica por sí mismo las obligaciones tributarias locales, pero sí refuerza los mecanismos de control y verificación. En un entorno de mayor transparencia internacional, la planificación y el cumplimiento fiscal adquieren un rol central para quienes desarrollan actividades económicas vinculadas al exterior.

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