Reforma laboral: la versión que votará el Senado ataca a los privilegios de sindicatos y delegados
El texto definitivo de la Ley de Modernización Laboral que votarán este miércoles los senadores recorta a fondo los privilegios de los sindicatos y su capacidad de daño en la empresa, aunque la última versión con el visto bueno del Gobierno atenúa fuertemente la quita del patrimonio gremial de la reforma original.
La reforma que votará el Senado reafirma las paritarias por empresa, fija unas pocas horas por mes con salario para que los delegados realicen tareas gremiales, establece multas para sindicatos que bloqueen plantas y permite a la Secretaría de Trabajo suspender la homologación de una paritaria salarial si considerá que provocará "distorsiones económicas graves".
La última versión sobre patrimonio de los gremios
La propuesta original permitía que los empleadores actuaran como agentes de retención de las cuotas de afiliación bajo condiciones estrictas:
Consentimiento: solo puede realizarse si media conformidad expresa del trabajador y acuerdo entre las partes.
Autorización: se requería una resolución de la Secretaría de Trabajo que lo autorizara.
Revocación: el acuerdo podía ser dejado sin efecto por cualquiera de las partes avisando con 30 días de anticipación.
En la versión definitiva, esto se elimina por completo, y las empresas seguirán recaudando en favor de los sindicatos.
Qué se establece sobre cuota solidaria de no afiliados
Ahora se defienden parcialmente los ingresos de los gremios, al permitir imponer cuotas "solidarias a no afiliados por 2 años.
Dice que os aportes y contribuciones previstos en los convenios colectivos, a favor de asociaciones de trabajadores, que sean válidas para afiliados o no afiliados comprendidos en el ámbito de la convención, no podrán superar el 2% de las remuneraciones de los trabajadores.
Quedan excluidas las cláusulas que acuerden otros beneficios en función de la afiliación a la asociación profesional de trabajadores que suscribió el convenio colectivo.
Recién a partir del 1 de enero de 2028 se prohíbe imponerse el pago de cuotas, aportes o contribuciones sindicales a trabajadores sin su consentimiento individual, otorgado en forma previa y expresa.
Qué pasa con las paritarias por empresa y los convenios
En el capítulo que regula las convenciones colectivas, se prohíbe que convenios de ámbito mayor modifiquen a los de ámbito menor.
Así, establece que un convenio de ámbito menor prevalece sobre uno de ámbito mayor, sin importar cuál sea posterior.
Otro punto clave es que permite suspender la homologación si el convenio genera distorsiones económicas graves.
También regula la ultraactividad: al vencer un CCT, solo se mantienen las cláusulas de condiciones individuales y beneficios directos para el trabajador (normativas); las cláusulas obligacionales (deberes entre partes) caducan salvo acuerdo.
Faculta a la autoridad administrativa a convocar a renegociar convenios vencidos en el plazo de un año.
Sin embargo, la última versión elimina la facultad de la autoridad de actuar "de oficio" para suspender convenios por ultraactividad; ahora solo podrá hacerlo por petición de parte demostrando distorsiones económicas.
Cómo quedan las asambleas y delegados
Garantiza el derecho a realizar asambleas siempre que no afecten la actividad de la empresa ni dañen a terceros. Requieren autorización previa de la empresa, respecto del horario y lugar si son en el establecimiento; el tiempo de asamblea no devenga salario.
Fija un crédito de 10 horas mensuales retribuidas para que los delegados realicen tareas sindicales, a menos que el convenio colectivo prevea una cantidad mayor.
El ejercicio de este derecho no debe generar la interrupción de las actividades en el área de trabajo.
El juez puede suspender la prestación laboral preventivamente si el delegado pone en peligro la seguridad o el funcionamiento de la empresa.
Qué dice sobre las medidas de fuerza
Considera práctica desleal a la afiliación compulsiva, extorsión a empleadores y represalias contra no huelguistas.
Tipifica como infracciones muy graves afectar la libertad de quienes no adhieren a una medida, realizar bloqueos u ocupar establecimientos, y dañar bienes de la empresa o retenerlos.
Establece multas de hasta el 20% de los ingresos de cuotas sindicales del mes de la infracción.
Ante conductas reiteradas de bloqueo o prácticas desleales, la Justicia Nacional del Trabajo podrá revocar la personería o la inscripción gremial.
También se sancionan conductas gremiales que afecten a terceros (clientes o proveedores) en conflictos de encuadramiento, buscando evitar el abuso de derecho.
Respecto de los servicios esenciales que deben estar cubiertos durante las protestas, se incorporan a una larga lista la seguridad y el transporte de caudales, a la vez que se establece que el servicio de policía siempre debe estar cubierto en un 100%.
Así, la última versión de la Ley de Modernización Laboral que votarán este miércoles los senadores recorta fuertemente el poder de los sindicatos, aunque atenúa la quita patrimonial.