ANSES: ¿Cuánto cobra un jubilado con 30 años de aportes en marzo 2026?
Los jubilados que cumplen con los 30 años de aportes exigidos por la ley previsional acceden en marzo 2026 a un haber inicial calculado según su historial salarial. En los casos en que se superan esos años mínimos, el sistema previsional argentino reconoce un adicional por cada año trabajado de más, dentro de los límites establecidos por la normativa vigente.
El haber jubilatorio inicial se determina a partir del promedio de los últimos 120 salarios actualizados, correspondientes a los últimos 10 años de actividad laboral. En este cálculo no se incluye el aguinaldo.
Para obtener ese promedio, la ANSES suma los 120 sueldos y divide el total por 120. El resultado se actualiza mediante un índice oficial que refleja la evolución de los salarios y la movilidad previsional.
Jubilación con más de 30 años de aportes: cómo impacta en el haber
Cuando una persona acredita más de 30 años de aportes, el sistema previsional reconoce un adicional del 1% por cada año excedente, con un tope máximo del 15%. Esto equivale a un reconocimiento total de hasta 45 años de aportes.
Si el haber resultante, aun con ese adicional, queda por debajo del valor de la jubilación mínima vigente, el beneficiario cobra igualmente el haber mínimo garantizado por el Estado.
Hasta su finalización, la moratoria previsional permitió que quienes alcanzaban la edad jubilatoria sin reunir los 30 años exigidos regularizar aportes faltantes y acceder, en la mayoría de los casos, a una jubilación mínima.
Cuánto cobra un jubilado en marzo de 2026
Desde marzo de 2026, las jubilaciones y pensiones tendrán un incremento del 2,9%, conforme a la fórmula de movilidad vigente. El ajuste surge de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente a enero, informado por el INDEC.
Con esta actualización, la jubilación mínima ascenderá a $369.495,16, mientras que el haber máximo se ubicará en $2.486.347,64. El aumento también alcanzará a las Pensiones No Contributivas (PNC) y a la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), estableciendo un nuevo piso de ingresos.
Además, el Gobierno confirmó la continuidad del bono extraordinario de $70.000, destinado a reforzar los ingresos de quienes perciben haberes más bajos. Con este adicional, el ingreso mínimo garantizado en marzo rondará los $439.495,16.
El refuerzo se abonará de manera completa a quienes cobran la jubilación mínima. En tanto, quienes perciban montos superiores a la mínima pero inferiores al tope establecido recibirán un bono proporcional hasta alcanzar ese límite. Aquellos que superen los $439.495 no accederán al beneficio.
En el caso de las PNC, el ingreso total con bono será de $328.649,34, mientras que la PUAM alcanzará los $365.596,53 tras la aplicación del extra.
ANSES calendario de pago marzo 2026
Pensiones No Contributivas
- Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 9 de marzo de 2026.
- Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 10 de marzo de 2026.
- Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 11 de marzo de 2026.
- Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 12 de marzo de 2026.
- Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 13 de marzo de 2026.
Jubilados con haberes mínimos:
- Documentos terminados en 0, a partir del día 09 de marzo de 2026.
- Documentos terminados en 1, a partir del día 10 de marzo de 2026.
- Documentos terminados en 2, a partir del día 11 de marzo de 2026.
- Documentos terminados en 3, a partir del día 12 de marzo de 2026.
- Documentos terminados en 4, a partir del día 13 de marzo de 2026.
- Documentos terminados en 5, a partir del día 16 de marzo de 2026.
- Documentos terminados en 6, a partir del día 17 de marzo de 2026.
- Documentos terminados en 7, a partir del día 18 de marzo de 2026.
- Documentos terminados en 8, a partir del día 19 de marzo de 2026.
- Documentos terminados en 9, a partir del día 20 de marzo de 2026
Jubilados con haberes superiores a la mínima
- Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 23 de marzo de 2026.
- Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 25 de marzo de 2026.
- Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 26 de marzo de 2026.
- Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 27 de marzo de 2026.
- Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 30 de marzo de 2026.