Discapacidad laboral permanente: qué indemnización mínima regirá de marzo a agosto de 2026
La Superintendencia de Riesgos del Trabajo estableció la actualización de los montos indemnizatorios para el sistema de seguridad laboral en Argentina, al fijar los nuevos valores de las compensaciones adicionales y los pisos mínimos de pago único que regirán entre marzo y agosto de 2026, con pisos indemnizatorios que llegan a $97 millones.
El nuevo piso indemnizatorio para enfermedad laboral permanente llega a $97 millones más un adicional compensatorio de hasta $54 millones.
Estos ajustes se calculan mediante el índice RIPTE, garantizando que las prestaciones por incapacidad o fallecimiento mantengan su valor frente a los cambios económicos.
La normativa busca brindar seguridad jurídica a los trabajadores y empleadores al fijar cifras claras basadas en la evolución salarial promedio.
Cómo se actualizan los mínimos indemnizatorios
La Resolución 15/2026 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (S.R.T.), emitida el 3 de marzo de 2026, establece los nuevos valores de las compensaciones y pisos mínimos para el Sistema de Riesgos del Trabajo en Argentina.
La norma tiene como finalidad actualizar los montos de las prestaciones dinerarias por incapacidad y fallecimiento para dotar al sistema de seguridad jurídica. Los valores establecidos rigen para el período comprendido entre el 1° de marzo de 2026 y el 31 de agosto de 2026 inclusive.
La actualización se basa en la variación del índice Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE). Para este cálculo, se tomó la variación semestral comparando el valor de junio de 2025 respecto a diciembre de 2025, aplicada sobre los montos vigentes hasta febrero de 2026.
Compensaciones por incapacidad permanente
Se establecen tres niveles de compensación adicional que se suman a la prestación principal:
$43.334.414: para casos de incapacidad laboral permanente parcial.
$54.168.018: para casos de incapacidad laboral permanente total o gran invalidez.
$65.001.602: en caso de fallecimiento del trabajador.
Son sumas de dinero fijas que se suman a la indemnización principal cuando el trabajador queda con una incapacidad laboral permanente (parcial o total) o en caso de fallecimiento.
Se llaman "de pago único" porque se abonan de una sola vez y su objetivo es mitigar el impacto del daño sufrido. Existen tres niveles según la gravedad del cuadro:
Incapacidad permanente parcial: superior al 50% e inferior al 66%.
Incapacidad Permanente total: (66% o más, en la que se presume que el trabajador no podrá reinsertarse fácilmente en el mercado laboral.
Fallecimiento: se abona a los derechohabientes (viudo/a, hijos, etc.) además de la indemnización base.
Cuáles son los pisos mínimos indemnizatorios
La norma fija montos por debajo de los cuales no se puede calcular la indemnización:
Incapacidad laboral permanente: el cálculo no podrá ser inferior a $97.502.420 multiplicado por el porcentaje de incapacidad resultante.
Incapacidad total: el piso mínimo para las indemnizaciones se establece en $97.502.420.
Indemnización adicional por muerte por muerte o incapcidad total: se fija un piso mínimo de $18.464.833.
El cálculo estándar de una indemnización por accidente de trabajo utiliza una fórmula matemática que contempla: edad del trabajador, salario y grado de Incapacidad.Así, en trabajadores con salarios bajos o de edad avanzada, el resultado de esa fórmula podría ser una cifra insignificante.
Para evitar esto, la ley establece los pisos mínimos que se calcula multiplicando un valor de referencia fijado por resolución de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, por el porcentaje de incapacidad determinado.
La resolución entró en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.