Monotributistas: el Gobierno lanza un plan para garantizar la atención médica ante el cierre de Obras Sociales en crisis
A través de la Resolución 492/2026, publicada este jueves en el Boletín Oficial, la Superintendencia de Servicios de Salud, ha dado un paso estratégico para mitigar la incertidumbre de miles de beneficiarios del régimen de Monotributo.
La medida establece la creación de una sección especial dentro del registro de entidades habilitadas para atender a pequeños contribuyentes. El objetivo es identificar de antemano qué Obras Sociales están dispuestas y en condiciones técnicas de absorber a los afiliados que queden 'a la deriva' tras el cierre o la liquidación de sus agentes de salud originales por situaciones de crisis, señalan desde Errepar.
La decisión se enmarca en un contexto de creciente preocupación por la sustentabilidad del sistema de salud para monotributistas. En los últimos días, la Obra Social de Empleados de Comercio y Actividades Civiles (OSECAC) planteó formalmente ante el Ministerio de Salud la existencia de una brecha cada vez mayor entre los aportes del régimen simplificado y el costo real de las prestaciones médicas.
Según datos presentados en ese encuentro, el costo del Programa Médico Obligatorio supera los $100.000 mensuales por adulto y alcanza entre $160.000 y $170.000 en adultos mayores, mientras que el componente de obra social dentro del Monotributo se ubica en $21.990,11 mensuales desde febrero de 2026. Esta diferencia, sostienen desde el sector, genera un desfasaje estructural que compromete el equilibrio económico de las obras sociales.
Desde OSECAC señalaron que, de no introducirse correcciones, existe el riesgo de que los monotributistas queden progresivamente fuera del sistema de obras sociales y se traslade la demanda hacia el sistema público de salud. No obstante, aclararon que el planteo no apunta a excluir afiliados, sino a revisar el esquema de aportes para sostener la cobertura.
¿Por qué es importante esta medida?
Históricamente, cuando una Obra Social entra en un proceso de quiebra o baja definitiva, la reubicación de sus afiliados suele ser un proceso complejo. En el caso de los monotributistas, la situación es más sensible debido a las restricciones de elección que rigen para este sector.
Con esta resolución, la SSS busca:
- Garantizar la continuidad: Evitar que los pacientes pierdan tratamientos o cobertura médica durante la transición.
- Previsibilidad: Tener un listado depurado de 'entidades receptoras' que voluntariamente acepten a esta población.
- Control de calidad: Solo podrán inscribirse las Obras Sociales que estén activas, que ya operen con monotributistas y que, fundamentalmente, no estén ellas mismas en un procedimiento de crisis.
Requisitos para las Obras Sociales
No cualquier entidad podrá recibir a estos afiliados. Para inscribirse en esta nueva sección, las Obras Sociales deberán cumplir tres condiciones estrictas:
- Estar operativas en el Sistema Nacional del Seguro de Salud
- Estar previamente inscriptas en el registro específico para Monotributistas (Decreto 1/2010)
- Gozar de buena salud financiera (no estar sujetas a planes de crisis)
Implementación tecnológica
La resolución también instruye a la Gerencia de Sistemas de Información para que desarrolle las herramientas digitales necesarias para que este registro sea dinámico, consultable y eficiente.
Cuáles son las 44 obras sociales habilitadas para monotributistas en marzo
EHasta el momento, el listado oficial publicado por la Superintendencia incluye a las siguientes entidades:
Cada una de estas entidades cumplió con los requisitos establecidos por la Superintendencia. Los monotributistas pueden elegir libremente entre cualquiera de ellas, siempre que la obra social brinde cobertura en su zona de residencia.