Transferencias bancarias bajo la lupa: el límite que hace saltar las alarmas en ARCA
Los límites de movimientos bancarios que activan reportes automáticos de ARCA siguen vigentes en marzo de 2026. El organismo mantiene topes de $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas, que obligan a bancos y billeteras virtuales a informar flujos de fondos mensuales, incluso cuando se trata de transferencias entre cuentas de un mismo titular.
Transferir dinero entre cuentas propias es una operación cotidiana. Pagás una tarjeta, movés tus ahorros de un banco a una billetera digital, organizás tus finanzas. Pero pocos saben que estos movimientos tienen un tope de vigilancia.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) no prohíbe mover el dinero. Pero sí obliga a las entidades financieras a reportar cuando los montos superan ciertos valores. El objetivo: garantizar transparencia en el sistema y detectar flujos sospechosos.
Para este mes, las reglas siguen igual. Las entidades deben presentar reportes mensuales cada vez que un cliente iguala o supera las cifras establecidas. Y esos números están lejos de ser inalcanzables.
Cuánto dinero podés mover sin que ARCA active el reporte
Los topes de reporte varían según el tipo de contribuyente. Para personas físicas, el límite se ubica en $50.000.000 mensuales. Esto incluye la suma total de ingresos y egresos registrados en todas tus cuentas durante el mes.
Las personas jurídicas tienen un umbral más bajo. El tope para empresas es de $30.000.000 por mes. Este valor responde a que las compañías suelen operar con volúmenes mayores de dinero.
Estos montos no se refieren a una sola transferencia. Se calcula el acumulado de todos los movimientos del mes. Si al sumar ingresos y egresos superás la cifra, tu banco o billetera virtual debe informar a ARCA.
Además, existe otro control: el saldo final del mes. Si al cierre del último día hábil tu cuenta tiene un saldo superior a los topes mencionados, también se genera el reporte. La entidad comunica entonces tus datos, número de cuenta, CBU o CVU, y los montos totales operados.
El régimen informativo contempla el conjunto de ingresos y egresos registrados durante todo el mes calendario, no operaciones aisladas, por lo que un solo movimiento grande no necesariamente activa el control si el acumulado mensual queda por debajo del límite.
Cómo se calculan las operaciones en dólares y criptomonedas
Muchos ahorristas operan en moneda extranjera o criptoactivos. ¿Cómo entran estos movimientos en el cálculo? La normativa es clara: todo debe convertirse a pesos.
Para las operaciones en dólares u otra moneda extranjera, se utiliza la cotización tipo comprador del Banco de la Nación Argentina. El valor que cuenta es el del cierre del último día hábil del mes informado.
Con las criptomonedas, el criterio es similar. Se toma el último valor de cotización disponible al finalizar el período. Ese precio se convierte a pesos para determinar si superaste el tope de reporte.
Supongamos que tenés u$s10.000 en una cuenta. Si la cotización oficial del BNA cierra el mes en $1.100, esos dólares equivalen a $11.000.000. Si además operaste otros $40.000.000 en pesos durante el mes, el total acumulado sería $51.000.000. En ese caso, habrías superado el límite de personas físicas.
El mismo razonamiento aplica para Bitcoin, Ethereum o cualquier criptoactivo. El valor en pesos al cierre del mes define si entrás o no en el radar de ARCA.
Qué recaudos tomar para evitar inconvenientes con ARCA
Que ARCA reciba un reporte no significa que estés en problemas. El organismo revisa esa información de manera rutinaria. Pero si detecta inconsistencias entre tus ingresos declarados y los movimientos bancarios, puede iniciar una fiscalización.
Por eso, es clave poder justificar el origen de tus fondos. Aun cuando muevas plata entre cuentas propias, los bancos pueden pedirte documentación respaldatoria. Ante movimientos de gran magnitud, las entidades tienen la facultad de solicitar comprobantes que expliquen el origen de los fondos, y si no los presentás, la situación podría derivar en un reporte de operación sospechosa a la Unidad de Información Financiera.
¿Qué tipo de documentación? Depende del caso. Puede ser un recibo de sueldo, escritura de venta de un inmueble, contrato de trabajo, facturación de servicios profesionales. Cualquier papel que demuestre que ese dinero tiene un origen lícito y declarado.
Si sos monotributista y movés $50.000.000 en un mes, pero tu categoría máxima te permite facturar apenas una fracción de eso, vas a tener que explicar de dónde salió el resto. Lo mismo aplica si sos empleado en relación de dependencia y tus movimientos superan ampliamente tu salario.
La clave está en la coherencia. Tus movimientos bancarios deben tener correlato con tu situación fiscal. Si hay diferencias importantes, ARCA puede citarte para que las aclares. Y si no lográs justificarlas, podés enfrentar ajustes impositivos o sanciones.