ANSES

Cómo reclamar pagos pendientes en ANSES: guía práctica

Según expertos, cerca del 80% de los jubilados puede iniciar un reclamo judicial contra ANSES por calcular mal los ajustes previsionales
Por HG
IMPUESTOS - 29 de Marzo, 2026

En el último tiempo, no son pocos los abogados previsionalistas que advierten que la fórmula utilizada por ANSES para calcular las jubilaciones es defectuosa. Puntualmente, se cree que el 80% de los jubilados actuales puede iniciar acciones judiciales por reajuste de haberes. En este artículo te brindamos una guía práctica de cómo reclamar pagos pendientes en ANSES en marzo 2026.

ANSES: cómo detectar un cobro incorrecto en la jubilación

Algunas señales de cobro incorrecto son:

  • Diferencias inexplicables en el monto mensual sin cambios en la situación del beneficiario
  • Suspensión repentina de pagos sin notificación oficial
  • Montos inferiores a lo calculado según los aportes históricos
  • Ausencia de aumentos por movilidad aplicados correctamente
  • Errores de liquidación por cálculo incorrecto de aportes
  • Fecha de pago incorrecta que genera diferencias acumuladas
  • Aplicación errónea de la fórmula de movilidad previsional
  • Falta de reconocimiento de períodos laborales válidos

Reclamo de reajuste ANSES marzo 2026: pasos para iniciar el proceso judicial

Evaluación previa: Se recomienda realizar un cálculo previo con un abogado previsionalista para determinar si el haber actual es significativamente menor a lo que correspondería (generalmente si es menos de la mitad del promedio de los últimos 120 sueldos en actividad).

Demanda judicial: Una vez habilitada la vía judicial, el abogado inicia la demanda en los juzgados de la Seguridad Social.

Juicio reajuste jubilación ANSES: requisitos y documentación

Para formalizar el reclamo se solicita generalmente:

  • DNI actualizado (frente y dorso).
  • Últimos recibos de haberes percibidos.
  • Constancia de CUIL.
  • Poder legal para que un abogado actúe en representación del jubilado.

Particularidades de los juicios de reajuste ANSES

Nuevos juicios: Aquellos que ya ganaron un juicio previo, pero sus haberes volvieron a quedar desactualizados (por ejemplo, jubilados antes de 2018), pueden iniciar un nuevo reclamo.

Plazos de cobro: Una vez obtenida la sentencia firme, la ANSES tiene un plazo legal de 120 días hábiles para efectuar el pago.

Duración estimada: El proceso completo suele demorar entre 3 y 4 años hasta llegar a la sentencia definitiva.

Consulta de estado: Puede seguir el progreso de su expediente a través de Mi ANSES en la sección "Consulta de expediente".

Calendario de pagos de abril 2026 para Pensiones no contributibas (PNC)

El orden de pago establecido por la ANSES mantiene su estructura habitual, comenzando por los beneficiarios de Pensiones No Contributivas (PNC) y por los jubilados que perciben el haber mínimo y finalizando con aquellos que superan dicha cifra. Esta segmentación estratégica permite una atención más ordenada en las entidades bancarias y evita aglomeraciones innecesarias en los cajeros automáticos de todo el país.

Para las PNC el calendario del cuarto mes del año es el siguiente:

  • DNI terminados en 0 y 1: 10 de abril
  • DNI terminados en 2 y 3: 13 de abril
  • DNI terminados en 4 y 5: 14 de abril
  • DNI terminados en 6 y 7: 15 de abril
  • DNI terminados en 8 y 9: 15 de abril

Fechas de cobros para jubilados con haberes mínimos

Para abril 2026, con el ajuste por la fórmula de movilidad del 2,9% por la inflación registrada en febrero, la mínima quedará en $380.319,31, a los que deberá sumarse el bono de $70.000 por lo que los pagos para los que menos cobren serán de $450.319,31.

  • DNI terminado en 0: 10 de abril
  • DNI terminado en 1: 13 de abril
  • DNI terminado en 2: 14 de abril
  • DNI terminado en 3: 15 de abril
  • DNI terminado en 4: 16 de abril
  • DNI terminado en 5: 17 de abril
  • DNI terminado en 6: 20 de abril
  • DNI terminado en 7: 21 de abril
  • DNI terminado en 8: 22 de abril
  • DNI terminado en 9: 23 de abril

Cronograma para jubilados que superan el haber mínimo

El orden de cobro para quienes perciben haberes superiores a la mínima quedó conformado así:

  • DNI terminados en 0 y 1: viernes 24 de abril
  • DNI terminados en 2 y 3: lunes 27 de abril
  • DNI terminados en 4 y 5: martes 28 de abril
  • DNI terminados en 6 y 7: miércoles 29 de abril
  • DNI terminados en 8 y 9: jueves 30 de abril

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