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Vence el plazo para renovar el Certificado Pyme: claves para no perder los beneficios fiscales

El Certificado Pyme debe ser renovado este mes para cierres al 31 de diciembre, ya que tiene beneficios en IVA, impuesto al cheque y contribuciones
Por Dolores Olveira
IMPUESTOS - 15 de Abril, 2026

La renovación del Certificado Pyme vence el próximo lunes 20 y, si bien es un proceso automático, ARCA pone a disponibilidad de las empresas y contribuyentes un formulario con toda la información necesaria, que puede ser revisado hasta esa fecha.

Cómo se renueva el Certificado Pyme

El Estudio Policella se informa que la renovación del Certificado Pyme se realiza en forma automática, en base a la información disponible en ARCA.

A tal efecto, el organismo ya se encuentra enviando notificaciones al Domicilio Fiscal Electrónico (DFE), especialmente para personas humanas y empresas con cierre de ejercicio al 31 de diciembre.

Los contribuyentes deben seguir los siguientes pasos para renovar el Certificado Pyme:

  • Ingresar al servicio "Pymes Solicitud de categorización y/o beneficios".
  • Verificar la información del F.1272 confeccionado por ARCA.
  • Controlar que los datos que incluye el mismo sean correctos.
  • El plazo para revisar la información es hasta el día 20 del mes de abril, en caso de cierres de ejercicio el 31 de diciembre.

    Qué hacer en caso de inconsistencias

    Si se detectan diferencias, los contribuyentes deberán realizar las siguientes acciones:

    • Presentar declaraciones juradas rectificativas (IVA y/o Seguridad Social).
    • Corregir la información antes del vencimiento del plazo.

    Finalizado ese plazo, la información será remitida a la Secretaría PYme para la renovación automática del certificado.

    Un dato importante es que la presentación del F.1272 implica autorizar el intercambio de información con la Secretaría Pyme. En caso de no querer compartir los datos, debe indicarse expresamente en el sistema

    Cuáles son los beneficios del Certificado Pyme

    Las personas con certificado vigente pueden acceder, entre otros beneficios, a los siguientes, entre otros:

  • Cómputo del Impuesto al cheque como pago a cuenta de Ganancias: se puede computar el 100% del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias para Micro y Pequeñas empresas. Las Medianas Tramo 1 pueden computar el 60%.
  • IVA diferido: permite a las Micro y Pequeñas empresas diferir el pago del Impuesto al Valor Agregado, cancelándolo a los 90 días de la fecha de vencimiento original
  • Reducción de contribuciones patronales: pymes y entidades civiles pagan una alícuota del 18%, mientras que el resto de empresa tributa a una alícuota del 20,4%.
  • Exclusión o reducción de retenciones (IVA y Ganancias).
  • Acceso a financiamiento y créditos, como los del Banco Nación.
  • El Estudio Policella sugiere revisar el Domicilio Fiscal Electrónico y validar la información del F.1272, a fin de evitar inconsistencias que puedan afectar la renovación del certificado y sus beneficios asociados.

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