Monotributo mayo 2026: ARCA confirmó cuánto paga cada categoría y de cuánto son las cuotas
El monotributo es un régimen simplificado que permite a pequeños contribuyentes pagar una cuota mensual única. Esa cuota reúne el IVA, Ganancias, aportes jubilatorios y obra social.
El sistema funciona con escalas que van de la A a la K. La categoría depende de la facturación anual, la superficie del local, la energía consumida y los gastos de alquiler.
En mayo 2026, las escalas vigentes son las mismas que rigen desde febrero. Los valores se mantienen hasta julio, cuando habrá una nueva actualización semestral.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) es la encargada de administrar el régimen. La actualización tiene periodicidad semestral y se calcula según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que publica el INDEC, de acuerdo a lo establecido en la Ley 27.743.
Para el período febrero-julio 2026, los montos se ajustaron según la inflación acumulada entre julio y diciembre de 2025. Esa variación fue del 14,28%.
Cuánto se paga en cada categoría del monotributo en mayo 2026
Las escalas actuales establecen 11 categorías con límites de facturación anual y cuotas diferenciadas. Los montos incluyen el componente impositivo más los aportes obligatorios.
Categoría A: ingresos brutos anuales hasta $10.277.988,13. Cuota mensual: $42.386,74 (aplica tanto para servicios como para venta de productos).
Categoría B: facturación hasta $15.058.447,71. Cuota: $48.250,78.
Categoría C: límite de $21.113.696,52. Cuota de $56.501,85 para servicios y $55.227,06 para venta de productos.
Categoría D: tope de $26.212.853,42. Se abonan $72.414,10 mensuales en servicios y $70.661,26 en comercio.
Categoría E: máximo $30.833.964,37 de ingresos anuales. La cuota trepa a $102.537,97 para servicios y $92.658,35 para comercio.
Categoría F: hasta $38.642.048,36. Requiere pagar $129.045,32 en servicios y $111.198,27 en venta de productos.
Categoría G: facturación de hasta $46.211.109,37. Cuota: $197.108,23 (servicios) y $135.918,34 (comercio).
Categoría H: límite de $70.113.407,33. La cuota salta a $447.346,93 en servicios y $272.063,40 en comercio.
Categoría I: tope de $78.479.211,62. Se pagan $824.802,26 mensuales en servicios y $406.512,05 en venta de productos.
Categoría J: hasta $89.872.640,30 de facturación anual. Cuota: $999.007,65 para servicios y $497.059,41 para comercio.
Categoría K: la más alta, con un máximo de $108.357.084,05. La cuota alcanza $1.381.687,90 en servicios y $600.879,51 en venta de productos.
Estar en la categoría correcta es fundamental para evitar sanciones de ARCA, mantener los beneficios del régimen y cumplir con todas las obligaciones fiscales sin sobresaltos.
Qué pasa si superás los límites de tu categoría
El régimen obliga a recategorizarse dos veces al año: en enero y en julio. Si tu facturación creció, tenés que pasarte a una escala superior.
El problema viene cuando superás el tope de la Categoría K. En ese caso, ARCA te excluye automáticamente del monotributo.
Quedás afuera del régimen simplificado y pasás a ser responsable inscripto. Eso implica llevar contabilidad formal, presentar declaraciones juradas mensuales de IVA y liquidar Ganancias.
El cambio no es menor. Perdés la simplificación administrativa y los costos de cumplimiento tributario se multiplican.
Quiénes pueden adherir al monotributo
El régimen está diseñado para pequeños contribuyentes que realicen actividades específicas. ARCA detalla los casos permitidos:
- Personas que venden productos (cosas muebles)
- Quienes prestan servicios profesionales o comerciales
- Locadores de bienes muebles e inmuebles
- Integrantes de cooperativas de trabajo
- Trabajadores independientes que forman parte de emprendimientos productivos
- Sucesiones indivisas que continúan la actividad de una persona física fallecida (hasta que se dicte declaratoria de herederos, se valide el testamento o se cumpla un año del fallecimiento)
En todos los casos, la facturación anual no puede superar los $108.357.084,05. Ese es el límite máximo de la Categoría K.
Quiénes NO pueden ser monotributistas
ARCA establece restricciones claras. Quedan excluidos del régimen:
- Quienes facturan más de $108.357.084,05 al año
- Contribuyentes que importaron productos o servicios para comercializar en los últimos 12 meses
- Personas con más de 3 actividades simultáneas o más de 3 unidades de explotación
- Comerciantes cuyos productos tienen un precio unitario superior a $536.767,47
Si integrás una sociedad anónima, SRL, sociedad colectiva o similar, o te desempeñás en la dirección o administración de esas entidades, debés inscribirte en el régimen general como exento en IVA por esa actividad.
La prohibición aplica incluso si tu participación es minoritaria. El solo hecho de formar parte de una sociedad de ese tipo te excluye.
El monotributo seguirá con estos valores hasta julio 2026. En ese mes habrá una nueva actualización basada en la inflación del primer semestre del año.