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Impuestos en transferencias bancarias: en qué casos se pagan en mayo 2026

Las transferencias y pagos digitales siguen creciendo en Argentina, pero algunas operaciones pueden generar impuestos y retenciones automáticas
Por IM
11/05/2026 - 09:43hs
Impuestos en transferencias bancarias: en qué casos se pagan en mayo 2026

Las transferencias bancarias y los pagos digitales siguen ganando protagonismo en Argentina. Cada vez más personas utilizan cuentas bancarias y billeteras virtuales para enviar dinero, cobrar trabajos, realizar compras o gestionar operaciones comerciales sin recurrir al efectivo.

En este contexto, también crecieron las consultas sobre los impuestos que pueden aplicarse sobre este tipo de operaciones. Si bien no todas las transferencias generan cargas fiscales, existen determinados casos en los que pueden aplicarse retenciones automáticas o surgir obligaciones impositivas según el origen de los fondos y la situación fiscal del titular de la cuenta.

Qué impuestos pueden aplicarse sobre una transferencia bancaria

El hecho de recibir una transferencia no implica automáticamente el pago de impuestos. Los impuestos dependen principalmente del tipo de operación realizada y de la actividad económica de quien recibe el dinero.

Uno de los impuestos que puede aplicarse en este tipo de movimientos es el Impuesto sobre los Ingresos Brutos. En muchas jurisdicciones, los bancos aplican retenciones automáticas sobre acreditaciones bancarias vinculadas a actividades comerciales o profesionales.

Estas retenciones suelen rondar el 2,5%, aunque el porcentaje puede variar según la provincia y la condición fiscal del contribuyente. En los casos en los que exista una diferencia pendiente, el pago puede realizarse mediante un Volante Electrónico de Pago (VEP), excepto para quienes se encuentren adheridos al monotributo unificado.

Otro tributo que puede alcanzar determinadas operaciones es el Impuesto sobre los Créditos y Débitos Bancarios, conocido como Impuesto al Cheque. Este impuesto aplica una alícuota del 0,6% sobre ciertos movimientos realizados en cuentas corrientes y otras operatorias alcanzadas por la normativa.

Además, cuando la transferencia corresponde a una actividad comercial, pueden generarse otras obligaciones fiscales. Por ejemplo, si el dinero recibido surge de la venta de productos o de la prestación de servicios, el receptor debe emitir la factura correspondiente según el régimen tributario en el que esté inscripto.

En qué casos una transferencia no paga impuestos

Existen múltiples situaciones en las que una transferencia bancaria no genera impuestos ni retenciones. Uno de los casos más habituales es el de las transferencias entre cuentas propias, siempre que ambas pertenezcan al mismo titular.

En este tipo de operaciones no existe un nuevo ingreso, sino un simple movimiento de fondos ya bancarizados. Por ese motivo, en términos generales, no se generan nuevas obligaciones fiscales vinculadas a Ingresos Brutos, IVA o Ganancias.

Sin embargo, dependiendo del tipo de cuenta y de la entidad financiera, algunas operaciones podrían quedar alcanzadas por el Impuesto al Cheque. En general, la responsabilidad fiscal recae sobre quien recibe el dinero, ya que es quien debe declarar esos ingresos dentro de su actividad económica.

Tampoco suelen generar impuestos las transferencias realizadas entre usuarios finales que no desarrollan actividades comerciales ni prestan servicios de manera habitual. En esos casos, el movimiento funciona simplemente como un envío de dinero entre particulares.

Asimismo, quedan excluidas determinadas operaciones realizadas desde o hacia cuentas judiciales y otros movimientos específicos contemplados por la normativa vigente.

Es importante resaltar que lo que verdaderamente determina si existe o no una obligación impositiva es el origen de los fondos. Es decir, el hecho imponible no depende únicamente del movimiento bancario, sino de la actividad económica que dio lugar al ingreso del dinero.

Por ese motivo, cuando las transferencias están vinculadas a ventas, servicios o actividades comerciales recurrentes, pueden generarse obligaciones tributarias para quien recibe los fondos. En cambio, cuando se trata de movimientos personales o entre cuentas propias, en general no corresponde el pago de impuestos adicionales.

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