Ya está operativa la baja de contribuciones patronales para nuevos empleos: qué informar ante ARCA
ARCA publicó la Guía 56 del Libro de Sueldos Digital (LSD) con precisiones operativas sobre la implementación del Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL) previsto en la Ley 27.802, reglamentado por el Decreto 315/2026 y la Resolución General 5844/2026.
El régimen establece un esquema de reducción de contribuciones patronales destinado a empleadores del sector privado que incorporen nuevos trabajadores y cumplan las condiciones previstas en el Título XX de la Ley de Modernización Laboral.
La guía recuerda que el beneficio alcanza a las contribuciones patronales con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP), el Fondo Nacional de Empleo (FNE) y el Régimen Nacional de Asignaciones Familiares (RNAF), señala el consultor tributario Marcos Felice.
En ese marco, el artículo 159 de la Ley 27.802 fijó una alícuota total del 2% para las contribuciones destinadas al SIPA, FNE y asignaciones familiares, junto con una alícuota del 3% correspondiente al INSSJP. Ambas reducciones podrán aplicarse durante los primeros 48 meses contados desde el inicio de la nueva relación laboral.
La normativa también aclara que quedan excluidas del beneficio las alícuotas adicionales correspondientes a regímenes previsionales diferenciales y/o especiales de la seguridad social.
Para acceder al régimen, las altas laborales deberán haberse producido entre el 1 de mayo de 2026 y el 30 de abril de 2027, inclusive, y registrarse mediante el servicio con clave fiscal "Simplificación Registral".
Asimismo, ARCA precisó que el empleador deberá informar en el F. 931 el código de modalidad de contratación "710 – Régimen de Incentivo para la Formalización Laboral – Ley 27.802" para cada relación laboral alcanzada. El código ya se encuentra disponible dentro del perfil del trabajador en Declaración en Línea.
Respecto de los requisitos subjetivos, el artículo 157 de la Ley 27.802 establece que el beneficio procederá cuando el trabajador incorporado cumpla alguna de las siguientes condiciones: no haber tenido una relación laboral registrada al 10 de diciembre de 2025, haber estado desempleado durante los últimos seis meses previos al alta, haber estado inscripto en el Monotributo o provenir del sector público nacional, provincial, municipal o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La publicación de esta guía complementa las adecuaciones incorporadas recientemente en la versión 47.7 de Declaración en Línea, mediante la cual ARCA habilitó operativamente el uso del código 710 para liquidar las contribuciones patronales reducidas directamente desde el F. 931.