ARCA CERTIFICADO LABORAL

ARCA reglamenta la emisión del certificado de trabajo digital: cómo se obtiene

El Fisco instrumenta el procedimiento para confeccionar y poner a disposición el certificado de trabajo previsto por la Ley de Contrato de Trabajo
Por H.G.
IMPUESTOS - 18 de Mayo, 2026

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), a través de la resolución general 5848, reglamenta las modificaciones introducidas por la Ley de Modernización Laboral 27.802 al artículo 80 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT).

La nueva norma tiene por objeto adaptar la reglamentación a los entornos digitales vigentes, facilitando tanto el cumplimiento de las obligaciones de los empleadores como el acceso a la información por parte de los dependientes. A tales fines, se abroga la histórica RG 2316 y se reordena el entramado normativo aplicable.

Confección del certificado (F. 984) y datos base

El certificado previsto por el artículo 80 de la LCT se continuará identificando como el Formulario F. 984 'Certificado de Trabajo Artículo 80 - LCT', señala Errepar.

El empleador deberá confeccionarlo a través del sistema 'Simplificación Registral', disponible en el sitio web de ARCA, ingresando con Clave Fiscal (nivel de seguridad 2 o superior).

Para la generación del documento, el sistema de la agencia utilizará de manera automática la información registral y sistémica preexistente en sus bases de datos respecto de:

  • Relaciones laborales: Altas, bajas y/o modificaciones registradas.
  • Remuneraciones: Liquidaciones de sueldos debidamente informadas.
  • Seguridad Social: Declaraciones juradas determinativas y nominativas de aportes y contribuciones (F. 931).

La norma aclara que si la certificación abarca períodos previos al mes de julio de 1994, el certificado del sistema deberá complementarse obligatoriamente con una constancia de iguales características confeccionada por el empleador según sus libros de sueldos y jornales de la época.

Formatos alternativos de puesta a disposición

En consonancia con la Ley 27.802, la resolución general 5848 establece dos vías válidas para dar por cumplida la obligación de entrega:

Formato digital

Se emite de manera electrónica a través de la plataforma. El sistema valida la identidad del empleador mediante su acceso con clave fiscal, por lo que no se requiere incorporar firma digital en el documento.

Por su parte, el trabajador podrá visualizar y descargar el certificado directamente ingresando al servicio 'Trabajo en Blanco' en la web de ARCA.

Formato físico

En caso de optar por esta vía, el sistema generará el certificado y este deberá imprimirse por duplicado.

Para que sea válido, deberá contar con la firma hológrafa del empleador (o apoderado) y del trabajador. El original se entrega al trabajador y el duplicado queda en poder de la empresa.

Asimismo, el empleador mantiene el deber de ponerlo a disposición en la sede del establecimiento.

Modificaciones al servicio 'Trabajo en Blanco' y CDIL

La resolución también introduce modificaciones directas a la RG 3676 para adecuar las herramientas informáticas de los trabajadores, agregan desde Errepar.

Desde el servicio 'Trabajo en Blanco', los dependientes bajo el SIPA ahora pueden:

  • Consultar su situación registral e imprimir la 'Constancia del Trabajador'.
  • Descargar el Certificado Digital de Ingresos Laborales (CDIL), el cual expone de forma detallada las remuneraciones declaradas y los aportes de seguridad social y obra social de los últimos seis (6) períodos fiscales mensuales. Este certificado cuenta con un código QR para verificar su validez mediante dispositivos móviles.
  • Obtener el mencionado 'Certificado de Trabajo Artículo 80 - LCT' emitido digitalmente por el empleador.
  • Radicar denuncias o reportar inconsistencias mediante el 'Buzón de Observaciones'.

Para ingresar a estas opciones, el trabajador podrá hacerlo con su CUIL y Clave Fiscal, o bien mediante la plataforma de Home Banking de su entidad financiera habitual, siempre que la misma se encuentre homologada ante ARCA.

Certificado de servicios y remuneraciones (ANSES)

Finalmente, el texto normativo ratifica que el Certificado de Servicios y Remuneraciones (artículo 12, inciso g de la Ley 24.241) se confeccionará mediante el servicio informático provisto por la ANSES, al cual se puede acceder de forma integrada mediante el sistema 'Simplificación Registral' de ARCA, nutriéndose de las bases de datos de ambos organismos.

Las disposiciones de la resolución 5848 entran en vigencia a partir del 18 de mayo de 2026.

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