ARCA GANANCIAS

ARCA ordenó a sus abogados que no apelen más en juicios de jubilados por Ganancias

ARCA dictó una nueva Instrucción General que fija un cambio relevante en la estrategia judicial del Estado frente a los reclamos
Por H.G.
IMPUESTOS - 19 de Mayo, 2026

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dictó una nueva Instrucción General que fija un cambio relevante en la estrategia judicial del Estado frente a los reclamos por el Impuesto a las Ganancias aplicado a haberes jubilatorios. La norma consolida el criterio jurisprudencial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, inaugurado en el emblemático fallo "García, María Isabel c/ AFIP", y ordena adecuar la actuación de los representantes fiscales en este tipo de procesos.

El antecedente judicial que marca el rumbo

El punto de partida es la sentencia dictada por la Corte Suprema el 26 de marzo de 2019, que declaró la inconstitucionalidad de diversos artículos de la Ley del Impuesto a las Ganancias en tanto gravaban jubilaciones de personas en situación de vulnerabilidad por edad avanzada o enfermedad.

En el caso concreto, el Tribunal entendió que el envejecimiento y la discapacidad generan mayores necesidades económicas y, por lo tanto, exigen un tratamiento diferenciado compatible con el principio de capacidad contributiva. Además, ordenó el reintegro de las sumas retenidas y dispuso que, hasta tanto el Congreso legisle sobre la materia, no se practiquen descuentos por Ganancias sobre prestaciones previsionales, señala Errepar

Jurisprudencia consolidada contra el Fisco

Tras el precedente "García", la CSJN extendió el criterio a numerosos casos colectivos, rechazando de manera sistemática los recursos del Estado, incluso luego de las modificaciones introducidas por la Ley 27.617, por considerarlas insuficientes para proteger a jubilados vulnerables.

Fallos posteriores - como Godoy, Piccoli, Alazraki, Luna, Castro y Cantu - ratificaron esta línea, al punto de que el Máximo Tribunal desestimó los planteos fiscales mediante el artículo 280 del CPCCN, cerrando la discusión judicial.

Qué ordena la nueva Instrucción General

La norma instruye a todas las áreas jurídicas competentes a alinear su gestión judicial con la doctrina de la Corte. En concreto, dispone que:

  • No se interpongan recursos extraordinarios ni de queja contra sentencias que apliquen el criterio "García".
  • Se desistan los recursos ya presentados cuando aún no hayan sido sustanciados.
  • Se consientan las sentencias de fondo adversas, limitando eventuales apelaciones solo a honorarios y costas, para evitar mayores erogaciones al Estado.

La directiva busca reducir litigios innecesarios y costos fiscales derivados de recursos considerados improcedentes.

Excepciones y margen de actuación

La Instrucción aclara que esta estrategia no se aplica cuando el actor carece de legitimación activa - por ejemplo, asociaciones o colegios profesionales -. Asimismo, deja abierta la posibilidad de recurrir si existen circunstancias fácticas excepcionales que permitan revertir el criterio judicial, siempre con aval de la jefatura correspondiente.

Vigencia e impacto práctico

La medida rige desde el día siguiente a su dictado y representa un paso más en la consolidación de un enfoque judicial que reconoce la protección reforzada de los jubilados en situación de vulnerabilidad, mientras traslada al Congreso la responsabilidad de dictar una solución legislativa definitiva.

En la práctica, implica un cambio de paradigma en la defensa fiscal y aporta mayor previsibilidad a los reclamos previsionales vinculados al Impuesto a las Ganancias.

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