PARITARIAS UOCRA

UOCRA acordó nueva suba de sueldo y bono: cuánto cobrarán de junio a agosto

La UOCRA cerró un nuevo acuerdo paritario con CAMARCO y FAEC para el segundo tramo de la negociación salarial 2026. De cuánto es el bono
Por H.G.
IMPUESTOS - 28 de Mayo, 2026

La Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA) cerró un nuevo acuerdo paritario con la Cámara Argentina de la Construcción (CAMARCO) y la Federación Argentina de Entidades de la Construcción (FAEC) para el segundo tramo de la negociación salarial 2026.

El entendimiento abarca el período junio-agosto y fijó subas acumulativas junto con el pago de sumas no remunerativas para todas las categorías comprendidas en el CCT 76/75.

El esquema acordado prevé un aumento del 2,1% en junio sobre los salarios vigentes a mayo, un incremento adicional del 2% en julio y otro del 1,9% en agosto, todos de carácter acumulativo. Además, parte de las sumas no remunerativas otorgadas previamente serán incorporadas al salario básico, lo que impactará en futuros adicionales y liquidaciones.

En paralelo, el trato incorporó pagos extraordinarios no remunerativos durante junio y julio. Para la categoría Ayudante Zona A, por ejemplo, se fijaron montos de $50.300 en junio y $57.900 en julio, mientras que un Oficial Especializado percibirá $63.300 y $72.900 respectivamente. Estos importes también se ajustan según las distintas zonas geográficas y adicionales convencionales, reflejando las diferencias regionales dentro de la actividad.

Otro punto relevante es que las partes decidieron mantener activa la comisión de seguimiento económico del sector y fijaron una nueva reunión para el 20 de julio. Allí se evaluará la evolución de las variables económicas y la necesidad de aplicar nuevos ajustes desde septiembre.

El acuerdo también ratifica aportes solidarios y contribuciones empresarias extraordinarias durante el trimestre paritario, destinados a financiar acciones gremiales, sociales y asistenciales de la organización sindical.

Aporte solidario del 2% para trabajadores no afiliados

Los empleadores deberán retener el 2% mensual de los salarios sujetos a aportes legales, a partir de los salarios devengados en junio de 2026 y subsiguientes, y depositarlo a la orden de UOCRA, señala el consultor Ignacio Barrios.

Destino: gastos de gestión paritaria, acción social, equipos sindicales y técnicos.

Excepción: trabajadores afiliados a UOCRA: la cuota sindical absorbe este aporte (no se retiene).

Carácter extraordinario: solo durante el segundo tramo (junio, julio, agosto 2026).

Contribución patronal del 2% para acciones asistenciales

A partir del 1 de junio de 2026 y durante el segundo tramo (junio, julio, agosto), cada empleador pagará una contribución mensual del 2% sobre los salarios sujetos a aportes de cada trabajador.

Depósito: en la cuenta de UOCRA (Banco Nación, Sucursal Caballito, cuenta N° 83820/01) mediante boleta oficial en el casillero "otros conceptos".

Marco legal: artículo 9° de la Ley 23.551 y Decreto 467/88.

Vigencia y cláusula de revisión

Vigencia: hasta el 31 de agosto de 2026.

Compromiso: reunirse el 20 de julio de 2026 para definir ajustes a partir de septiembre y prórroga de contribuciones patronales y aportes solidarios.

Absorción y compensación

Los aumentos pactados absorben y/o compensan hasta su concurrencia los incrementos otorgados voluntariamente por empleadores a cuenta de futuros aumentos desde mayo de 2026, siempre que no provengan del CCT 76/75 o 577/10.

La absorción no puede reducir el ingreso total de junio 2026 respecto del mes anterior en igualdad de condiciones.

Aplicación también al CCT 577/10

Todo lo acordado para el CCT 76/75 (construcción general) será de aplicación al Convenio Colectivo N° 577/10 (otras actividades del sector), conforme las tablas del Anexo II.

Próximo paso: homologación

Las partes solicitaron a la autoridad de aplicación (Secretaría de Trabajo) que homologue el acuerdo para su aplicación y vigencia plena.

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